Hic Svnt Leones
Madmaxista
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Sin entrar en su inanidad y su deriva socialista, me llaman mucho la atención las contradicciones del carlismo sobre la cuestión sucesoria, que pseudointelectuales como Fco. Polo o Elías de Tejada jamás explicaron:
a) Cómo es que la agnación rigurosa de origen frances que introduce Felipe V en el Reglamento sucesorio de 1713 es un uso más tradicional que la sucesión determinada por Alfonso X, de gloriosa memoria, en las Siete Partidas, siguiendo la Tradición Hispánica, observada durante 500 años y restaurada por Carlos IV. Va a resultar que Francia, donde ni siquiera había fueros, es el modelo carlista.
b) Cómo se puede afirmar que la Pragmática Sanción de 1789, aprobada por las Cortes y el Rey, y ratificada en 1830, era ilegítima. ¿Desde cuándo la opinión de una camarilla de intrigantes pesa más que lo decidido por los dos reyes por derecho divino y las Cortes?
c) Cómo es que el infante Carlos nunca fue Príncipe de Asturias, si era el heredero natural, y por qué aceptó inicialmente la Pragmática Sanción en 1830.
d) Ya que piensan que Felipe II era un carlista sixtino abanderado de la Tradición, ¿por qué se quedó con el trono de Portugal atropellando los derechos de Ranuccio Farnesio, reconoció a reinas gobernantes, etc.?
e) ¿Cómo es que el segundón "regente" Sixto Enrique se atribuye los derechos de su hermano y sobrinos, sin contar el atropello de los del legítimo rey D. Felipe Nuestro Señor, VI de su nombre, q.D.g., y de los de D. Pedro de Borbón-Dos Sicilias? Vamos, que el parmesano afincado en la República Masónica es usurpador de los derechos de una dinastía usurpadora, que a su vez reclama los derechos imaginarios de la línea de usurpadores fenecida con Alfonso Carlos en 1936.
d) Si se atribuye a la "rebelión" y otras excusas fariseas la pérdida de los derechos sucesorios, ¿cómo es D. Carlos no perdió los suyos cuando se rebeló contra su hermano y fue excluido de la sucesión por Real Decreto confirmado por las Cortes?
a) Cómo es que la agnación rigurosa de origen frances que introduce Felipe V en el Reglamento sucesorio de 1713 es un uso más tradicional que la sucesión determinada por Alfonso X, de gloriosa memoria, en las Siete Partidas, siguiendo la Tradición Hispánica, observada durante 500 años y restaurada por Carlos IV. Va a resultar que Francia, donde ni siquiera había fueros, es el modelo carlista.
b) Cómo se puede afirmar que la Pragmática Sanción de 1789, aprobada por las Cortes y el Rey, y ratificada en 1830, era ilegítima. ¿Desde cuándo la opinión de una camarilla de intrigantes pesa más que lo decidido por los dos reyes por derecho divino y las Cortes?
c) Cómo es que el infante Carlos nunca fue Príncipe de Asturias, si era el heredero natural, y por qué aceptó inicialmente la Pragmática Sanción en 1830.
d) Ya que piensan que Felipe II era un carlista sixtino abanderado de la Tradición, ¿por qué se quedó con el trono de Portugal atropellando los derechos de Ranuccio Farnesio, reconoció a reinas gobernantes, etc.?
e) ¿Cómo es que el segundón "regente" Sixto Enrique se atribuye los derechos de su hermano y sobrinos, sin contar el atropello de los del legítimo rey D. Felipe Nuestro Señor, VI de su nombre, q.D.g., y de los de D. Pedro de Borbón-Dos Sicilias? Vamos, que el parmesano afincado en la República Masónica es usurpador de los derechos de una dinastía usurpadora, que a su vez reclama los derechos imaginarios de la línea de usurpadores fenecida con Alfonso Carlos en 1936.
d) Si se atribuye a la "rebelión" y otras excusas fariseas la pérdida de los derechos sucesorios, ¿cómo es D. Carlos no perdió los suyos cuando se rebeló contra su hermano y fue excluido de la sucesión por Real Decreto confirmado por las Cortes?
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