Iniesta derrota a Hacienda: el Supremo libra al futbolista de pagar 4,3 millones al fisco

Iniesta desplazó rentas del IRPF al Impuesto de Sociedades ...

Como comenta otro forero yo todavía sigo sin entender por que las rentas del trabajo (personas) tienen que pagar más que las rentas del Impuesto de Sociedad (empresas). Vamos, que el que tiene pasta paga menos que el que no la tiene.
Tienes que entender algo básico: los impuestos solo los pagan quien no puede evitarlos. Los remeros tienen muy pocas maneras de evitar pagar impuestos por eso soportan la mayor carga fiscal. Las empresas al ser entes jurídicas tienen muchas más maneras de evitar pagar impuestos por eso le imponen mucho menos impuestos porque saben q si les aprietan demasiado las tuercas se van o buscar maneras para pagar menos impuestos. A los ladrones que nos mal gobiernan les encantarían subir aun más los impuestos a todos (empresas incluidas) pero no lo hacen porque saben que les saldría el tiro por la culata.
 
Nulidad de actuaciones de toda la vida. Sólo que cuando se las hacen a un remero (registros ilegales, rupturas de cadenas de custodia, diligencias atentatorias contra derechos fundamentales generadoras de indefensión...) NO se anulan. Sólo a ricachones.
 
A mí lo que me llama la atención es que ahora salga la sentencia de los datos de 2014-2015. ¿Qué pasa que nunca prescribe un procedimiento o qué?. Prescribe antes un delito de asesinato múltiple, que supuestamente deberle dinero a hacienda.
 
Normal, el jefe del jefe del jefe del inspector de hacienda que valora si investigar o no a Calviño se sienta al lado de ella en el consejo de ministros

Eso no quita que Iniesta haya sido un auténtico caradura y que las depresiones y movidas mentales chungas que tiene se las tiene más que merecidas, parecía orate el sin sangre
puñetero ladrón y chupapishas del sistema,saco de cosa
 
Es decir que evadió impuestos pero los de hacienda son unos chapuzas en el procedimiento y protocolos de acuerdo a la legislación vigente, así que el veredicto es defecto de forma y el alopécico depresivo suicida que tanta pena nos tiene que dar se ahorra 4,3 milloncejos de euros
No es así. Lo que pasa es que el tribunal no se quiere meter en ese berenjenal porque en tal caso me da que hacienda tendrían que devolver una burrada de pasta a cantidad de gente.
La decisión que ahora toma el Alto Tribunal no entra a fondo en el asunto, puesto que considera que los errores cometidos por la inspección son suficientes para zanjar el procedimiento.

No es normal que el estado ponga unas leyes fiscales para ahorrarte pasta y si te acoges a ellas luego te dicen que lo que has hecho es ilícito.

El tío claro que cedió los derechos para ahorrarse pasta. Pero es que eso no es ilegal. Sin embargo hacienda dice que como si no lo hubiera hecho pagaría más, eso no les gusta.

¿Dónde esta el delito?
 
Ante hacienda pierdes tus derechos como ciudadano y pasas a ser un siervo que tiene que entregar mas de la mitad de lo que produce a mamá heztado, para que el tito Berni se pueda meter unos tiritos con pilingues y demás, después de un tour turístico por el congreso.

Que la justicia les pare os pies a los chicos de Hacendado y les diga que no pueden saltarse los derechos del ciudadano a la torera, es una buena noticia para todos. De las últimas que vamos a ver, mientras Antonio termina de eliminar la poca independencia judicial que queda. ¿De quién dependen los jueces, eh? Pues eso.

Y mírese usted la definición de evasión fiscal, que es muy distinta a la elusion fiscal. Dudo mucho que Iniesta y sus asesores se lanzaran por el camino de la evasión fiscal.

Es decir que evadió impuestos pero los de hacienda son unos chapuzas en el procedimiento y protocolos de acuerdo a la legislación vigente, así que el veredicto es defecto de forma y el alopécico depresivo suicida que tanta pena nos tiene que dar se ahorra 4,3 milloncejos de euros
 
El abc de hacienda, ayuntamientos y demás estamentos oficiales. ¿Qué prefieres, pagar sin motivo justificado o 10 años sufriendo?

La mayoría prefiere lo primero y llegar a un acuerdo injusto. Sobre todo si son cantidades más modestas, en ese caso ganar significa pagar a los abogados y poco más.

Más bien ganar = perder menos. Lo dicen los etnianos desde siempre "pleitos tengas y los ganes" la administración actualmente practica terrorismo , Al Capone es una hermanita de la caridad al lado, cuando la administración te toma la matrícula te persiguen hasta que te hunden, es mejor ceder al chantaje pronto.

De suerte que los funcivagos son cada día más funcivagos y hay más errores y olvidos que nunca pese a la era de la informática pero cuando te llega una sancíón como empresa o particular lo mejor suele ser recurrir a la ficción esa de "pronto pago" con descuento y sin recurso, sabes que vas a pagar X y que te van a dejar en paz un tiempo porque cobraron su presa.

Sino a batallar contra una administración que tiene presupuesto casi ilimitado cortesía de tus impuestos, un procedimiento que le favorece en todos los aspectos y que quien decidirá será un miembro de la propia administración.

Por el camino diversos recursos, abogados, periciales, dolores de cabeza para que de los 10.000€ que te decían que tenías que pagar injustamente al final pagues 0 y te gastes 5000€ en estas historias, total la broma -5000€. Podías haber hincado rodilla con el mismo resultado.

Lo saben bien y por eso se dedican a mandar cartitas y sanciones ya apenas sin fundamentar, ¿qué más da si tumban la sanción? otros pagarán. La condena en costas casi inexistente o limitadísima a la administración (no al revés) y los jueces la toman con los remeros que recurren y les dan trabajo, no con la administración que dispara sin preguntar.
 

Iniesta derrota a Hacienda: el Supremo libra al futbolista de pagar 4,3 millones al fisco
Tras su victoria en la Audiencia Nacional, el ex jugador del FC Barcelona logra al fin una esperada victoria ante el fisco.

Ver archivo adjunto 1735489


El Tribunal Supremo ha tumbado el último recurso presentado por Hacienda en el marco de su disputa contcona el futbolista Andrés Iniesta. Los magistrados han considerado que los argumentos empleados por la Agencia Tributaria "carecen de todo efecto útil" y "no tienen trascendencia", puesto que el proceso debe ser "invalidado debido al método aplicado por la inspección". Esta sentencia abre la puerta a que el centrocampista ponga punto y final a un proceso vinculado a sus declaraciones de IRPF correspondientes a los ejercicios 2014 y 2015.

Andrés Iniesta cedió la explotación de sus derechos de imagen a una empresa de su propiedad denominada Maresyterey. Esta mercantil gestiona también los negocios inmobiliarios del deportista, amén de sus inversiones en el ámbito del vino, a través de la bodega que lleva su nombre. El fisco puso la lupa sobre Maresyterey en 2017, cuando arrancó una investigación que ahora parece llegar a su fin.

La tesis de la Agencia Tributaria era preocupante para Iniesta. Los inspectores consideraban que, al ceder los derechos de imagen a Maresyterey, Iniesta desplazó rentas del IRPF al Impuesto de Sociedades. Al recalcular el resultado de estas operaciones, Hacienda consideró que el centrocampista se había ahorrado de forma indebida unos 4,3 millones de euros.


Aunque el Tribunal Económico Administrativo falló en contra de Iniesta, el futbolista se negó a darse por vecido y decidió pelear en los tribunales. Obtuvo una primera victoria en marzo de 2022, cuando la Audiencia Nacional se pronunció al respecto y respaldó la tesis de los abogados de Iniesta, que consideraban que la inspección realizada por Hacienda no había seguido los procesos establecidos.


La Agencia Tributaria no se rindió y recurrió la decisión judicial en febrero de 2023. Once meses después, en diciembre del pasado año, el Tribunal Supremo emitió su esperado fallo, que respalda los argumentos esgrimidos por el jugador y vuelve a certificar que la inspección fue inapropiada.

La decisión que ahora toma el Alto Tribunal no entra a fondo en el asunto, puesto que considera que los errores cometidos por la inspección son suficientes para zanjar el procedimiento. Por lo tanto, el TS no sienta jurisprudencia sobre la manera en que deben asignarse los derechos de imagen derivados a sociedades mercantiles – es decir, la sentencia no se pronuncia sobre la manera en que se deben canalizar los derechos de imagen cedidos a empresas patrimoniales. En cambio, el Supremo sí establece un criterio claro sobre los límites que no deben rebasar los inspectores fiscales.

Algunos jugadores con los que Iniesta compartió vestuario, caso de Xavi Hernández o Carles Puyol, pueden salir beneficiados por la decisión del TS, puesto que también están librando pleitos muy similares con Hacienda. Por otro lado, recientemente se conoció la sentencia que absolvió definitivamente a Xabi Alonso tras una larga batalla con las autoridades tributarias.



El tiene dinero para poder pagar un juicio asi.

El.remero medio acaba en la soga ademas de forma literal.

Habra alguna penalizacion a los inspectores por sus ilegalidades?
 
Lo que ha hecho la AEAT en este caso es saltarse a la torera el régimen especial de valoración de operaciones vinculadas . Porque ellos lo valen.
Y meter en la categoría de operación vinculada una relación jurídica que no es operación vinculada, como es la relación laboral entre Iniesta y el Barcelona. Porque yo lo valgo nuevamente, por mis huevones y por mi bonus.

Un análisis estupendo de la sentencia inicial, no de esta que no dice gran cosa, de la que se recurrió ahora, que es la que entra al fondo:

Análisis de la sentencia de la Audiencia Nacional de 25 de febrero de 2022 - Caso Iniesta
 
El problema es que muchas veces, en Penal, las leyes son "interpretables" y te condenen por considerar delito algo que manifiestamente NO encaja en el tipo. La jurisprumierda es un arma PELIGROSÍSIMA.
 
A mí lo que me llama la atención es que ahora salga la sentencia de los datos de 2014-2015. ¿Qué pasa que nunca prescribe un procedimiento o qué?. Prescribe antes un delito de asesinato múltiple, que supuestamente deberle dinero a hacienda.
Hay diversos trámites que interrumpen la prescripción.

En los asuntos penales también.
 
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