Hoy no he firmado este contrato de alquiler. Que opináis

Si al de la inmo le pides el contrato por adelantado para revisarlo y te lo envía 2 horas antes de la firma, eso ya denota trilerismo y que por algún lado te quieren bombachar. Con esos antecedentes aunque leas el contrato y todo te parezca correcto ya sabes que a la mínima te van a dar problemas y se van a intentar escaquear. Es una mala señal.
Creo que lo que menciona aquí el compañero es el tema central de la cuestión.
A una firma se va a firmar lo que ya se pactó, no a que te "asalten" con condiciones que ni conoces, sea por desconocimiento de la Ley o por lo que sea.
Eso es la clave de este lío.
Por lo demás, como puedes ver contrastado con la LAU salvo posibles problemas de interpretación que la misma LAU deja abierta como ser lo que es pequeñas reparaciones y demás, está todo en línea con el contrato.
Lo de dejar pasar al arrendador para reparaciones no lo estipula la LAU, pero es de lógica operativa. Si no dejas pasar, como esperas que te realicen las reparaciones? Es lógico ponerlo porque se han dado casos en que no dejan pasar para usar el argumento como excusa de que no se repara x cosa y luego entrar en conflicto durante un par de años de juzgado sin pagar rentas justificado un incumplimiento por parte del arrendador en no conservar la vivienda, cosas que demandan muchas pruebas por parte del arrendador y además costosas de conseguir ya que entran profesionales, testimonios y demás. Lo cierto es que a ese enunciado lo que sería correcto es agregarle que tienen que coordinar con un par de días de antelación la reparación y pactar horarios adecuados.
No conozco ningún arrendador que le interese pasear por un piso arrendado por pasear, normalmente la gente vive su vida y lo que les interesa es cobrar la renta y dejarse de historias. Otra cosa es si por ejemplo estás subarrendando y no tienes la opción y el arrendador se entera y quisiera confirmarlo, pero en ese caso ya es el arrendatario que incumple y trata de ocultar el incumplimiento, como también si usa el piso de patera o plantación de marihuana, que se da más seguido de lo que se piensa.
En el contrato no veo ninguna brecha por la que te la puedan "colar" importes que no esten claros ni te puedan quitar derechos y además el riesgo considerando que es para uso vacacional no es mayor, la verdad entiendo el mosqueo de no tener el contrato con tiempo para leer, pero por lo demás no veo problemas salvo de ajustes menores y más considerando que ninguna de las cláusulas puede generar variables importantes que desconozca el arrendatario.
Si dejaría claro de quién es la responsabilidad de pago del IBI y comunidad, así como de los seguros tanto de contenido como continente para terminar de enmarcar las condiciones, aunque si no dice que lo pagas tú, obviamente no te toca pagarlo.


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Te pongo un ejemplo y entenderás el planteo.
Promedio de duración de un alquiler: 18 meses en provincia.
Si hacemos la cuenta con tu caso dá una renta de 6.750 € para ese período, de los cuales se van para la inmobiliaria 375 + IVA, de IBI y comunidad en 18 meses probablemente unos 1.500 € y sin contar derramas. Si consideras que al salir el inquilino hay que pintar y meter una cuadrilla de limpieza súmale otros 1.000 pavos, ya estás 3.000 € más un par de meses perdidos buscando otro inquilino pasas a 3.800 €.
Lo que se come Hacienda es otros 1.400 € si se hace declarado, lo que te deja de beneficio por toda la movida unos 1.500 €.
Si sumas desgaste de mobiliario y electrodomésticos (cada 5 años hay que reponer todo de media) al propietario le merece más la peña quedarse quieto que alquilar, o vender y meter la pasta en bolsa. Me olvidé de sumar seguros de hogar y de arrendamiento que entre ambos te puede subir a otros 400 € en los 18 meses.
Y eso sí sale todo bien y no se topa con un arrendatario que haya que deshauciar por impago, que la broma entre abogados y rentas perdidas puede subir a 6.000 € como mínimo.
Estos motivos hacen que nadie quiera poner propiedades en renta y no haya oferta y el afectado es ell que busca vivienda en alquiler.
Como siempre, el estado es el catalizador y en vez de favorecer el mercado con leyes acordes, hace que se retraiga la oferta. Si la Ley permitiera un pacto más libre entre las partes se autorregularia el mercado incrementándose la oferta de forma natural, y haría que al sentirse más seguro el arrendador se disparara la oferta generando competencia y bajando precios.
En este caso la Ley protege al arrendatario de forma falsa, porque retrae la oferta y genera carencia haciendo que sea muy difícil conseguir una vivienda digna en alquiler.


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La agencia me comentó que lo querían vender, pero pedirán tanto.
Buen ejemplo pero conmigo los gastos de limpieza y la pintura de pared se la estaban ahorrando
 
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