Hilo Oficial de ¿qué puede valer esto?

Buenas:

Pues he hecho una postura en una adjudicación directa. Lo que realmente me interesaba era comprobar la operativa on-line y la verdad es que me ha sorprendido por sencilla e intuitiva.

https://www2.agenciatributaria.gob....judicacionDirectaBienes.faces?idLiclote=50927

Adjunto el pantallazo del comprobante.

Me sorprende que siendo la fecha límite de presentación de ofertas el 21/01 no se vean las ofertas hasta como mínimo el 14/05 (entiendo eso al poder modificarse las ofertas hasta el 13/05). Es mucho tiempo ¿no?.

En principio el garaje en sí no me interesa demasiado, aunque si me lo dan por lo ofertado no le iba a hacer ascos :fiufiu:

Salu2

A lo que marco en negrita te respondo yo:
No es no se vean las ofertas hasta el 14/05, sino que tu oferta tiene validez hasta esa fecha, lo que quiere decir que si la subasta se queda desierta y vuelve a salir más adelante pero dentro de la validez de tu oferta, ésta sigue en vigor, aunque la puedes modificar.
Pego un extracto de la "guía" de la AEAT.

"La aplicación permite también presentar ofertas por INTERNET en el
procedimiento de adjudicación directa, cuando en la subasta ha resultado algún lote desierto. En este caso y accediendo al lote por el que se está interesado, únicamente es necesario introducir el importe de la oferta que se presenta y la fecha de validez de la misma. El plazo de presentación de ofertas será de un mes a contar desde el día de celebración de la subasta.
Si no se presentan ofertas o si las presentadas no se consideran suficientes, la Mesa podrá acordar la apertura de un nuevo plazo mensual de presentación
hasta el límite de 6 meses.
Si las ofertas presentadas durante el plazo mensual anterior tuvieran un plazo máximo de vigencia que al menos llegue hasta la nueva fecha límite de presentación de ofertas, mantendrán su vigencia, sin perjuicio de que puedan ser retiradas o mejoradas por su titular en cualquier momento previo a la conclusión del nuevo plazo de presentación."
 
Última edición:
Veo que vais poniendo en práctica las lecciones. :Aplauso: Yo lo único que he hecho ha sido pedir la nota simple sobre un chalet, que no ponía en Hacienda que tuviera hipoteca, y me he encontrado que sí tenía y bastante, además de estar alquilado por 15 años. Como puse más atrás, no importaba porque era buena renta para lo que pensaba ofrecer, pero ya con la hipoteca no me salen las cuentas y he abandonado la idea.

Desde luego, para entrar en este mundillo, creo que vendrían bien unos conocimientos básicos de Derecho, porque algunas cosas dan bastante miedo.

Lamento no encontrar el artículo de la ley ni el enlace, pero prometo seguir buscando. El caso es que leí que el adjudicatario, al convertirse en nuevo arrendador, puede extinguir unilateralmente el contrato de alquiler a los 5 años.

Edito, está aquí:
artículo 13.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos
Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos
 
Última edición:
Hola a todos , acabo de pedir una nota simple y es realmente una locura a ver si me podéis ayudar .
subasta de hacienda , bien con cargas 84000 eur

nota simple : Cargas

Inscripcion 2ª ...... hipoteca caja rural 88000 eur
Inscripcion 4ª....... hipoteca caja rural 17300 eur
inscripcion 6ª ...... hipoteca cajamar 50000 eur

23/nov/2009 ... Anotacion preventiva de embargo letra A Seguridad social 4800eur

4/ dic /2009 .... " " " " letra B Hacienda 30358,47 eur

1/jun/2010 ...... " " " " letra C B.Santander 93955,83 eur

9/jun/2010....... " " " " letra D actualizacion de la anotacion A , seguridad social 28696 eur

24/jun/2010...... " " " " letra E fontaneria y calefaccion 8215e

Ahora aqui mis preguntas.
1- ¿Por que hacienda solo pone 84000 eur de cargas?
2-Las hipotecas son cargas preferentes , estas despues de salir la subasta de hacienda gravarian sobre el bien , pero estan todas ellas vigentes ?
3-Las cargas posteriores a la de hacienda despues de la subasta quedarian extintas?
 
Última edición:
Buenas:

Pues he hecho una postura en una adjudicación directa. Lo que realmente me interesaba era comprobar la operativa on-line y la verdad es que me ha sorprendido por sencilla e intuitiva.

https://www2.agenciatributaria.gob....judicacionDirectaBienes.faces?idLiclote=50927

Adjunto el pantallazo del comprobante.

Me sorprende que siendo la fecha límite de presentación de ofertas el 21/01 no se vean las ofertas hasta como mínimo el 14/05 (entiendo eso al poder modificarse las ofertas hasta el 13/05). Es mucho tiempo ¿no?.

En principio el garaje en sí no me interesa demasiado, aunque si me lo dan por lo ofertado no le iba a hacer ascos :fiufiu:

Salu2


En el último paso de la operativa online (adjudicación directa) me pide un "NRC", y cuando pone algo así como "pidiendo autorización a la entidad bancaria" se me queda esperando horas y horas...
¿Es que tengo que notificar antes a mi banco que Hacienda va a hacer un cargo en mi cuenta?
¿Cómo has conseguido solventar el tema del NRC?
Gracias.

Edito:
* Solicitud de contitucion de depositos a traves de la AEAT
** ( https://www1.agenciatributaria.gob.es/pymes1/padeposf.html?mov=01&mod=960 )
*
** Espere, Por favor
** Conectando con la Entidad Financiera (ahi se queda)
 
Última edición:
Hola a todos , acabo de pedir una nota simple y es realmente una locura a ver si me podéis ayudar .
subasta de hacienda , bien con cargas 84000 eur

nota simple : Cargas

Inscripcion 2ª ...... hipoteca caja rural 88000 eur
Inscripcion 4ª....... hipoteca caja rural 17300 eur
inscripcion 6ª ...... hipoteca cajamar 50000 eur

23/nov/2009 ... Anotacion preventiva de embargo letra A Seguridad social 4800eur

4/ dic /2010 .... " " " " letra B Hacienda 30358,47 eur

1/jun/2010 ...... " " " " letra C B.Santander 93955,83 eur

9/jun/2010....... " " " " letra D actualizacion de la anotacion A , seguridad social 28696 eur

24/jun/2010...... " " " " letra E fontaneria y calefaccion 8215e

Ahora aqui mis preguntas.
1- ¿Por que hacienda solo pone 84000 eur de cargas?
2-Las hipotecas son cargas preferentes , estas despues de salir la subasta de hacienda gravarian sobre el bien , pero estan todas ellas vigentes ?
3-Las cargas posteriores a la de hacienda despues de la subasta quedarian extintas?

LA VIRGEN!!!! :8:

1.- Ni puñetera idea, sin todos los datos de la Nota es un poco complicado saberlo, y aun así no te garantizo nada.
2.- Tendrías que preguntar en las respectivas cajas si están vigentes o no. Si están canceladas pendientes de cancelación registral o qué.
3.- Si, las cargas posteriores a la que origina la subasta quedan extintas, peeeeero, esa anotación con letra D que actualiza la letra anotación con letra A, que es anterior al embargo de Hacienda no se si queda extinta.

A ver si aparece alguien que sepa más y arrojamos luz al asunto.
 
Muy bien por vuestra parte :Aplauso:

Yo utilicé la web de milanuncios, para ver las ofertas y precios de la zona. Mi sorpresa fue la misma que explicáis, por lo que pensé en eso, que sería un subastero. Pero no imaginaba que funcionaran así, se me antoja muy "arriesgado" confiar tu dinero a un subastero. Me explico, indagando por milanuncios vi, que esta persona, o ese nick, tenía repartido diferentes anuncios por España con el mismo método, por lo que veo inviable esa confianza, al menos por mi parte.

Yo aún me lo tomo como caso práctico, aunque no dejo de reconocer que pudiera ser una buena opción. Es un sitio muy demadando por una capital relativamente grande como Sevilla. (así que si alguno os animáis, os ayudaría en cuanto pudiera).

Otra cuestión, en tema de garajes. He visto alguno interesante pero ya fuera de plazo. ¿hay forma de verlo por dentro a través de hacienda? porque en caso contrario veo difícil llegar a poder verlo. Y es de vital importancia.

Un saludo!!

Hombre, yo creo que tratándose de un garaje no deberías tener excesivas dificultades en "colarte" en el mismo para echar un vistazo.
 
Hola de nuevo, a ver, os expongo un caso práctico para que aprendamos.

Esta vivienda por ejemplo:

https://www2.agenciatributaria.gob....nDirectaBienes.faces?idLiclote=48776&idBien=0

Nº adjudicación directa:S2012R417600103701
Presentación de ofertas:Delegacion Provincial AEAT Sevilla
Fecha límite de presentación de ofertas:15-feb-2013 a las 23:59
Precio mínimo de adjudicación:No hay precio mínimo de adjudicación
Importe del depósito:5.933,66 €



Inmueble
Valoración: 129.415,50 €
Cargas: 10.742,26 €

Huelva


Tipo de bien:Vivienda
Título Jurídico:pleno dominio
Localización:CN/ TORRE DOÑANA, S/N
21750 ALMONTE HUELVA
Inscripción:Registro número 0 de ALMONTE
Tomo: 1527 Libro: 413
Folio: 71 Finca: 21946 Inscripción: 9
Descripción: URBANA: 11. PISO O APARTAMENTO, TIPO A, SEÑALADO CON EL Nº 105, DEL EDIFICIO QUE FORMA PARTE DEL CONJUNTO DENOMINADO "TORRE DOÑANA", ENCLAVADO EN LA PARCELA DE TERRENO Nº 10, DEL SECTOR 0, EN LA URBANIZACIÓN PLAYA DE MATALASCAÑAS, TÉRMINO MUNICIPAL DE ALMONTE.

Imágenes:5

A simple vista no veo nada anómalo en la descripción. Está situada en costa, segunda residencia para el verano es la tónica general en ese lugar.

Ya he visto, que hay que ver si existe físicamente, intentar saber si está habitada, y por último ir a registro a pedir una nota simple. (entiendo entonces, que la información que nos proporciona la Web de hacienda en cuanto a las cargas puede no coincidir con las que nos den en registro).

Supongamos, por ejemplo, que se oferta por 8000 (depósito 5933) y supongamos que ganemos.

Entonces se paga la diferencia entre lo ofertado y el depósito (2000 e aprox).

Mi duda en cuanto a la carga, que supongamos que sea la misma que me proporcione la nota simple. 10.000 euros aprox. He leído que se puede negociar con el banco, o imaginemos que fuera una cantidad superior, 500.000 euros como vuestro piso de Madrid. ¿en qué consiste negociar esa cuantía? ¿por qué el banco te la iba a bajar? Leí que siempre decir al notario que no se asume la carga ¿entonces como sería este paso?Imagino que estará la opción de asumir la carga y creo que ya estaría todo listo.
Pero si se decide no asumirla, ¿por qué el banco te la reduciría? ¿tendrías que hacer a tu nombre una hipoteca para asumir tu la carga? Aquí (y en otras partes) me pierdo.

GRACIAS por adelantado. :baba:

Por lo que he ido leyendo del D. Secretario (infinitas gracias), entiendo que si Hacienda saca a subasta un piso (por ejemplo) es porque el propietario tiene impagos a Hacienda. Si el propietario tiene dificultades para pagar a Hacienda, seguro que tampoco puede hacer frente a los pagos de la hipoteca.
El banco seguramente no ha ejecutado antes la hipoteca porque no le interesa que pase a jovenlandéssos y tener que provisionar.

Bueno. Supongamos que ganas la subasta en Hacienda. Entonces el banco se va a encontrar que el antiguo propietario, que ya antes no podía pagar, ahora ni siquiera puede responder con su antiguo piso de su deuda con el banco. Porque ahora el piso es tuyo.

El marrón es tremendo para el banco porque su garantía de cobro, el piso que Hacienda ha subastado y que tú de has adjudicado, ha perdido gran parte de su valor como garantía. Como nuevo propietario de un piso desocupado (habitados no interesan) podrías, por ejemplo, alquilarlo 100 leuros/mes a 20 años... Si el banco ejecutara la hipoteca, ¿quién iba a pujar por un piso alquilado a largo plazo por un precio tan bajo? Nadie!

Entiendo que si el bien es de mucho valor (500.000 leuros o más), el banco va a sentarse a negociar contigo una quita si encuentras un comprador solvente para el piso que acabas de adquirir: preferirá tener una nueva hipoteca de menor importe pero cobrable, que tener que provisionar un montón de pasta en el Banco de España por la antigua hipoteca, de mayor importe pero incobrable.

En decir, el banco negociará una quita porque le estás arreglando, en el fondo, un marrón.

Si, además, estamos en época de boom, pues el tiempo corre a tu favor porque cada trimestre que pase el piso vale más: más compradores encontrarás y más pasta sacarás cuando lo vendas.

Espero haber conseguido explicarme.
 
En el último paso de la operativa online (adjudicación directa) me pide un "NRC", y cuando pone algo así como "pidiendo autorización a la entidad bancaria" se me queda esperando horas y horas...
¿Es que tengo que notificar antes a mi banco que Hacienda va a hacer un cargo en mi cuenta?
¿Cómo has conseguido solventar el tema del NRC?
Gracias.

Según la Web de Agencia tributaria:

"Si la entidad autoriza la operación, devolverá el NRC que figura en el justificante de la constitución del depósito. A partir de ese momento ya puede ser aportado por su titular."

Ahora bien, que alguien que lo haya realizado, nos cuente la experiencia.

Igual, como dices, hay que dar orden al banco.
 
Por lo que he ido leyendo del D. Secretario (infinitas gracias), entiendo que si Hacienda saca a subasta un piso (por ejemplo) es porque el propietario tiene impagos a Hacienda. Si el propietario tiene dificultades para pagar a Hacienda, seguro que tampoco puede hacer frente a los pagos de la hipoteca.
El banco seguramente no ha ejecutado antes la hipoteca porque no le interesa que pase a jovenlandéssos y tener que provisionar.

Bueno. Supongamos que ganas la subasta en Hacienda. Entonces el banco se va a encontrar que el antiguo propietario, que ya antes no podía pagar, ahora ni siquiera puede responder con su antiguo piso de su deuda con el banco. Porque ahora el piso es tuyo.

El marrón es tremendo para el banco porque su garantía de cobro, el piso que Hacienda ha subastado y que tú de has adjudicado, ha perdido gran parte de su valor como garantía. Como nuevo propietario de un piso desocupado (habitados no interesan) podrías, por ejemplo, alquilarlo 100 leuros/mes a 20 años... Si el banco ejecutara la hipoteca, ¿quién iba a pujar por un piso alquilado a largo plazo por un precio tan bajo? Nadie!

Entiendo que si el bien es de mucho valor (500.000 leuros o más), el banco va a sentarse a negociar contigo una quita si encuentras un comprador solvente para el piso que acabas de adquirir: preferirá tener una nueva hipoteca de menor importe pero cobrable, que tener que provisionar un montón de pasta en el Banco de España por la antigua hipoteca, de mayor importe pero incobrable.

En decir, el banco negociará una quita porque le estás arreglando, en el fondo, un marrón.

Si, además, estamos en época de boom, pues el tiempo corre a tu favor porque cada trimestre que pase el piso vale más: más compradores encontrarás y más pasta sacarás cuando lo vendas.

Espero haber conseguido explicarme.

Los has conseguido muy bien :Aplauso:
 
En el último paso de la operativa online (adjudicación directa) me pide un "NRC", y cuando pone algo así como "pidiendo autorización a la entidad bancaria" se me queda esperando horas y horas...
¿Es que tengo que notificar antes a mi banco que Hacienda va a hacer un cargo en mi cuenta?
¿Cómo has conseguido solventar el tema del NRC?
Gracias.

Edito:
* Solicitud de contitucion de depositos a traves de la AEAT
** ( https://www1.agenciatributaria.gob.es/pymes1/padeposf.html?mov=01&mod=960 )
*
** Espere, Por favor
** Conectando con la Entidad Financiera (ahi se queda)

Buenas:

Yo constituí el depósito a la primera y sin problemas. Si has comprobado lo siguiente (que seguro que sí):

- Que la entidad sea de las que te aparecen en la pantalla como colaboradoras.

- Que haya en la cuenta saldo suficiente para cubrir el deposito.

Quizás deberías probar con otro navegador, yo uso indistintamente Chrome y/o Internet Explorer.

Salu2
 
A lo que marco en negrita te respondo yo:
No es no se vean las ofertas hasta el 14/05, sino que tu oferta tiene validez hasta esa fecha, lo que quiere decir que si la subasta se queda desierta y vuelve a salir más adelante pero dentro de la validez de tu oferta, ésta sigue en vigor, aunque la puedes modificar.
Pego un extracto de la "guía" de la AEAT.
[/B]"

Buenas:

¿Como puedo saber entonces en día en que se estudian las ofertas y se decide si son o no suficientemente altas?

Salu2
 
Buenas:

Yo constituí el depósito a la primera y sin problemas. Si has comprobado lo siguiente (que seguro que sí):

- Que la entidad sea de las que te aparecen en la pantalla como colaboradoras.

- Que haya en la cuenta saldo suficiente para cubrir el deposito.

Quizás deberías probar con otro navegador, yo uso indistintamente Chrome y/o Internet Explorer.

Salu2

Hola.
La entidad colaboradora es Bankinter, la cual aparece en la pantalla.
En la cuenta hay saldo suficiente.
Pero mi navegador es Firefox. Probare con IE o chrome. Gracias!
 
Buenas:

¿Como puedo saber entonces en día en que se estudian las ofertas y se decide si son o no suficientemente altas?

Salu2

No lo puedes saber con exactitud, ocurre más o menos a los 10 días de finalizar el período de ofertas. De todas maneras aparece el resultado (adjudicado, suspendido, insuficiencia de ofertas, etc) en "Mi galería" en la página de la AEAT donde has hecho la oferta.
 
No lo puedes saber con exactitud, ocurre más o menos a los 10 días de finalizar el período de ofertas. De todas maneras aparece el resultado (adjudicado, suspendido, insuficiencia de ofertas, etc) en "Mi galería" en la página de la AEAT donde has hecho la oferta.

OK, estaré atento entonces. De todas formas puse mi correo y mi movil como datos de contacto.

A ver si entre todos vamos aprendiendo como funciona esto en la práctica.

Gracias.
 
Vaya puñado de despropósitos....
Antes de rellenar el hilo de opiniones infundadas, sería bueno que la gente aclarase si sabe de lo que habla o suelta lo primero que se le pasa por la cabeza, porque no es lo mismo atender a los consejos de un experto que a cosas como estas...

Por lo que he ido leyendo del D. Secretario (infinitas gracias), entiendo que si Hacienda saca a subasta un piso (por ejemplo) es porque el propietario tiene impagos a Hacienda. Si el propietario tiene dificultades para pagar a Hacienda, seguro que tampoco puede hacer frente a los pagos de la hipoteca.

Suposición que ni tiene por qué ser correcta, ni tiene especial trascendencia. Habrá que atender a la certificación de cargas para ver a cuánto asciende la deuda hipotecaria, que es lo que realmente importa, pues logicamente el hipotecado va a dejar de pagar cuando piedra la propiedad.

Bueno. Supongamos que ganas la subasta en Hacienda. Entonces el banco se va a encontrar que el antiguo propietario, que ya antes no podía pagar, ahora ni siquiera puede responder con su antiguo piso de su deuda con el banco. Porque ahora el piso es tuyo.
El marrón es tremendo para el banco porque su garantía de cobro, el piso que Hacienda ha subastado y que tú de has adjudicado, ha perdido gran parte de su valor como garantía.

OMFG :8: ¡Sobre el piso recae una hipoteca anterior! El banco puede ejecutar esa gareantía si hay impago del préstamo.


Como nuevo propietario de un piso desocupado (habitados no interesan)

No interesan... o sí. Depende.

podrías, por ejemplo, alquilarlo 100 leuros/mes a 20 años... Si el banco ejecutara la hipoteca, ¿quién iba a pujar por un piso alquilado a largo plazo por un precio tan bajo? Nadie!

Continuamos para bingo.... Leete la LAU. El máximo que se puede obligar a soportar de ese contrato de alquiler al nuevo propietario es hasta que cumpla 5 años de duración el arrendamiento. Y es factible (y probable) conseguir anular el contrato por simulación (más fácil será cuanto más descabellado sea).

Espero haber conseguido explicarme.

:rolleye:
 
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