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habéis visto el ibex 35 ? Marzo de 2015, Venga pue
Desde que presentó resultados esta aguantando si bien anda metido en canalillo bajistilla que si lo sigue va a dar a los 3,90....aproximadamente.
Yo sigo dentro con una mitad vendida en 4,10....desde 3,44 llevo mucho margen... Tranquilidad y si pierde los 3,90 igual me planteo salir.... Que esta el ibex muy alto.
Aparte del hecho de que los brókeres, legítimos dueños de las cuentas omnibus ya que están registradas únicamente a su nombre, prestan estas acciones para las posiciones cortas, sin que se enteren sus incautos dueños, ganándose un pico por ello a costa de las gacelillas.
¿Y si el que las pide prestadas no las devuelve? De nuevo quiebra y se come el marrón el orate de turno.
---------- Post added 16-mar-2015 at 18:49 ----------
Riesgos específicos de custodia - Los sistemas de tenencia indirecta, como son las cuentas globales, pueden llevar asociados riesgos específicos de custodia, como por ejemplo el derivado de la insolvencia del titular de la cuenta global:
En los supuestos de insolvencia o quiebra del titular de la cuenta global pueden darse limitaciones para que los inversores finales (el Cliente) ejerciten derechos de separación o que se les reconozcan como propietarios de valores y no como meros titulares de derechos de crédito frente al titular de la cuenta global.
Asimismo, en caso de insolvencia del subcustodio, con el oportuno inicio de procedimientos de insolvencia y/o el nombramiento de administradores o liquidadores pueden aparecer las situaciones que se describen a continuación:
Retrasos en la ejecución de las órdenes que comporten una movilización de los activos depositados.
Pérdida parcial de los valores depositados o repercusión de costas en el supuesto de que los activos efectivamente mantenidos por el subcustodio fueran insuficientes para hacer frente a las reclamaciones de los clientes o el subcustodio se viera inmerso en procedimientos concursales.
Otro riesgo es el relativo a posibles embelecos o apropiaciones indebidas que pudiera realizar algún intermediario de la cadena de custodia en las diferentes cuentas globales que existieran y que propiciara, debida a dicha actuación, la pérdida parcial o total de los instrumentos financieros registrados en las mismas.
Riesgos legales - En este ámbito el riesgo está referido, básicamente, a la identificación de la normativa aplicable a los derechos del titular final de los instrumentos financieros y, por ende, a la forma en que quedan protegidos sus intereses:
Se tendría, por un lado, que identificar la ley que regiría su posición jurídica y, por consiguiente, la determinación de la naturaleza de sus derechos y el régimen de disposición de los mismos. En estos sistemas de cuentas globales, la cadena de anotaciones puede atravesar una pluralidad de ordenamientos jurídicos desde el país del Emisor hasta el país del inversor final. El problema y el riesgo consiste en identificar qué Ley de entre todos los países sobre los que atraviesa la cadena de custodia rige los derechos del titular final, careciéndose, en algunos de los casos, de una respuesta normativa clara, previsible y apropiada a este problema.
Una vez identificada la ley aplicable, se puede dar el riesgo que dicha ley no ofrezca una protección sustantiva previsible y adecuada a los intereses del titular final.
Riesgos operacionales - Hay determinados riesgos operacionales ocasionados por la utilización de cuentas globales, por ejemplo los derivados de operaciones que, como sucede en numerosos mercados extranjeros, exijan ajustes periódicos de las garantías o pagos de liquidaciones diarias de pérdidas y ganancias o, en general, la entrega de cantidades, periódicamente, a las entidades encargadas de la compensación y liquidación o contrapartida central de cantidades periódicamente. El inclumplimiento de un solo inversor puede originar perjuicios para el conjunto de los titulares de valores o instrumentos financieros depositados en esa cuenta global, ya que puede que el titular de la cuenta global no tenga fondos suficientes para aportar los importes en efectivo o en valores que se requieran a los mercados o a las contrapartes, de tal manera que, sin tener voluntad incumplidora ni conocer siquiera quién es el incumplidor, el resto de titulares reales de la cuenta global acaban teniendo que responder o sufrir las pérdidas derivadas del referido incumplimiento.
La gente de Interdin tendrá que ir entonces al fogain y por lo que parece la gente con fondos también como Banco Madrid se declare insolvente. Su P.M. ::
---------- Post added 17-mar-2015 at 16:59 ----------
Desde luego, as bolsas están bailando en una baldosa.
Mucho subir, mucho bajar... pero los americanos han subido un 3 y pico por ciendto desde que pasaron por primera vez los 2000 puntos (cosa que sucedió hace ya 7 meses)