¿Es obligatorio para el fabricante y/o vendedor de un producto, proveer manual de uso del mismo?

Khmelnitsky

Madmaxista
Desde
11 Oct 2013
Mensajes
2.484
Reputación
4.118
Lugar
Peronia
Resulta que mi mano compró hace poco, en una tienda física un carrito de la compra como ésos que usaban nuestras abuelas/madres, que aún se puede ver en los mercadillos. El típico carrito, pero en versión mejorada (similar al de la foto). Nos viene muy bien para la compra de la semana o incluso quincena, ya que solemos hacer una compra grande de fruta y verdura aprovechando los precios lonchafinistas, ofertas de a 2 o 3 kg, etc.

1630360951913.png

Hace unos días fue ella sola al mercado, y se llevó consigo el carrito para estrenarlo. Resultado, al sacar los kg de melón, sandía, melocotones, uvas, tomanes, bananas, etc descubrió que había una barra de plástico rota. Me puse a revisarlo, y es una parte que queda en contacto con el suelo para que el carrito no se vuelque si está cargado a tope, es decir, en una de las configuraciones se apoya en esa barra y en las dos ruedas de uno de los ejes.

1630360978476.png

El problema radica en que ella está convencida de que el producto debería haber venido con un manual de usuario, o en su defecto el vendedor tendría que haberle explicado que el mecanismo admite 3 modos diferentes, por decirlo de una manera entendible. Fruto de no conocer cómo utilizarlo correctamente es que acabó roto, así que el otro día fue a reclamar a la tienda para que se lo reparen (eso no va a ocurrir, es una cosa Made in China, a pesar de costar EUR 46,90) y se lo cambien por otro nuevo.

Total que en la tienda comenzaron a darle largas y a tomarle un poco el pelo, diciéndole cosas como que el uso del producto es tan obvio que no requiere manual y que en todo el mundo su funcionamiento es intuitivo y tal. Cuando vio que no iba a conseguir nada, les pidió la hoja de reclamaciones y los muy sinvergüenzas en vez de darle las 3 hojas del formulario (ejemplar para el demandante, ejemplar para el demandado, y ejemplar para la Admón) le dieron sólo el último. Es extranjera, no habla bien español y en su vida ha llenado nunca una hoja de éstas, con lo cual la tarea recae en mí.

Pero antes de acusar a la tienda y exigirle que devuelva los 47 pavos quiero saber si el reclamo es legítimo, ya que no me interesa tocar los huevones por tocarlos simplemente. Incluso, de no haber sido ellos tan me gusta la fruta de contentar a una guiri con un formulario incompleto, seguramente yo mismo la habría convencido de dejar el tema ya. El carrito no es que no se pueda usar, sino que queda algo inestable, pero siendo que se jodió en su viaje inaugural no me quiero quedar con la espina. Y sobre todo por bajarle la chulería a los de la tienda.

Alguien tiene alguna experiencia relacionada a esto?

Perdón por el tochako.
 
Claro, los destornilladores, las llaves de carraca y los alicates también tienen que venir con manual de instrucciones.

Si no, demanda al canto. roto2
 
Resulta que mi mano compró hace poco, en una tienda física un carrito de la compra como ésos que usaban nuestras abuelas/madres, que aún se puede ver en los mercadillos. El típico carrito, pero en versión mejorada (similar al de la foto). Nos viene muy bien para la compra de la semana o incluso quincena, ya que solemos hacer una compra grande de fruta y verdura aprovechando los precios lonchafinistas, ofertas de a 2 o 3 kg, etc.

Ver archivo adjunto 759440

Hace unos días fue ella sola al mercado, y se llevó consigo el carrito para estrenarlo. Resultado, al sacar los kg de melón, sandía, melocotones, uvas, tomanes, bananas, etc descubrió que había una barra de plástico rota. Me puse a revisarlo, y es una parte que queda en contacto con el suelo para que el carrito no se vuelque si está cargado a tope, es decir, en una de las configuraciones se apoya en esa barra y en las dos ruedas de uno de los ejes.

Ver archivo adjunto 759443

El problema radica en que ella está convencida de que el producto debería haber venido con un manual de usuario, o en su defecto el vendedor tendría que haberle explicado que el mecanismo admite 3 modos diferentes, por decirlo de una manera entendible. Fruto de no conocer cómo utilizarlo correctamente es que acabó roto, así que el otro día fue a reclamar a la tienda para que se lo reparen (eso no va a ocurrir, es una cosa Made in China, a pesar de costar EUR 46,90) y se lo cambien por otro nuevo.

Total que en la tienda comenzaron a darle largas y a tomarle un poco el pelo, diciéndole cosas como que el uso del producto es tan obvio que no requiere manual y que en todo el mundo su funcionamiento es intuitivo y tal. Cuando vio que no iba a conseguir nada, les pidió la hoja de reclamaciones y los muy sinvergüenzas en vez de darle las 3 hojas del formulario (ejemplar para el demandante, ejemplar para el demandado, y ejemplar para la Admón) le dieron sólo el último. Es extranjera, no habla bien español y en su vida ha llenado nunca una hoja de éstas, con lo cual la tarea recae en mí.

Pero antes de acusar a la tienda y exigirle que devuelva los 47 pavos quiero saber si el reclamo es legítimo, ya que no me interesa tocar los huevones por tocarlos simplemente. Incluso, de no haber sido ellos tan me gusta la fruta de contentar a una guiri con un formulario incompleto, seguramente yo mismo la habría convencido de dejar el tema ya. El carrito no es que no se pueda usar, sino que queda algo inestable, pero siendo que se jodió en su viaje inaugural no me quiero quedar con la espina. Y sobre todo por bajarle la chulería a los de la tienda.

Alguien tiene alguna experiencia relacionada a esto?

Perdón por el tochako.
Habría que ver el carro y la rotura pero, si se rompió en su primer uso, es bastante fácil que se deba a un defecto de fabricación.

En cualquier caso, la Ley estipula que durante los primeros 6 meses se entiende que el defecto ya estaba ahí cuando el producto se adquirió, así que, a menos que se trate de un caso flagrante de mal uso, la tienda se tiene que callar y sustituir el carro.

Una pieza que está ahí para soportar el peso en carga no puede romperse a la mínima de cambio. Eso es un artículo defectuoso, aunque insisto: faltaría ver cómo es la rotura.
 
El mero hecho de que hayan intentado tomarle el pelo con la hoja de reclamaciones es suficiente como para que vayas a saco. Dales por ojo ciego todo lo que puedas.

Se puede llamar a la policia municipal para que te den la hoja de reclamaciones y si no la tienen den fe de que no tienen, que es un multon.

Antes de 6 meses de los 2 años de garantia. Se supone que se da por supuesto que el fallo es del fabricante y si no es asi debe demostrar que el cliente ha hecho un mal uso.

Cuanto hace que lo compró?

De donde es ella que no habla nuestro idioma?
Las reclamaciones son complicada incluso para los nativos.



En las tiendas fisicas, no hay obligacion de devolver el dinero por el producto si no tiene un fallo. En las ventas catalogo o internet o fuera de un establecimiento: vendedor a la puerta, ¿mercadillo? es obligatorio un desistimiento de 14 dias, Si no te lo avisan de alguna manera, el desistimiento se amplica varios meses 6 o 12, no recuerdo bien.
 

De ahí mismamente, pero bueno tienes en Google mil sitios donde lo ponen. En tienda física si el comercio quiere lo da, lo mismo que la devolución del dinero, ningún comercio físico está obligado a ello.
El derecho de desistimiento se aplica para toda clase de productos y servicios que el consumidor no haya tenido oportunidad de probar antes de su adquisición.

Para este caso no aplica (aquí entra en juego el derecho de reparación/sustitución) pero la compra no tiene por qué ser online para que exista derecho de desistimiento.

Un ejemplo puede ser cuando compras en tienda física un artículo que te tienen que encargar y te exigen el pago (total o parcial) por anticipado. Si el artículo llega y no cumple con lo que te han vendido, tú tienes derecho a desistir y que te devuelvan el importe adelantado.

Otro ejemplo sería cualquier servicio de telecomunicaciones. Puedes contratarlo en tienda física y desistir durante los primeros 14 días.


Cuidado con las interpretaciones de la Ley, que la desinformación es un cáncer.
 
Habría que ver el carro y la rotura pero, si se rompió en su primer uso, es bastante fácil que se deba a un defecto de fabricación.

En cualquier caso, la Ley estipula que durante los primeros 6 meses se entiende que el defecto ya estaba ahí cuando el producto se adquirió, así que, a menos que se trate de un caso flagrante de mal uso, la tienda se tiene que callar y sustituir el carro.

Una pieza que está ahí para soportar el peso en carga no puede romperse a la mínima de cambio. Eso es un artículo defectuoso, aunque insisto: faltaría ver cómo es la rotura.
Se ha roto en el primer uso, sin embargo eso ha sucedido por no haber desplegado el mecanismo como es debido.

Todo ello a causa de no haberlo sabido usar previamente, ni de haber recibido instrucciones verbales, ni de contener el empaque un manual del usuario.
 
Se puede llamar a la policia municipal para que te den la hoja de reclamaciones y si no la tienen den fe de que no tienen, que es un multon.

Antes de 6 meses de los 2 años de garantia. Se supone que se da por supuesto que el fallo es del fabricante y si no es asi debe demostrar que el cliente ha hecho un mal uso.

Cuanto hace que lo compró?

De donde es ella que no habla nuestro idioma?
Las reclamaciones son complicada incluso para los nativos.



En las tiendas fisicas, no hay obligacion de devolver el dinero por el producto si no tiene un fallo. En las ventas catalogo o internet o fuera de un establecimiento: vendedor a la puerta, ¿mercadillo? es obligatorio un desistimiento de 14 dias, Si no te lo avisan de alguna manera, el desistimiento se amplica varios meses 6 o 12, no recuerdo bien.
Le dieron tan sólo el Ejemplar para la Administración, faltan dos copias (la del reclamado y la del reclamante). Tomadura de pelo, evidentemente, pero ella no lo sabía.

Lo compró el 14/Agosto, hace más de 2 semanas.

Es de un país de Europa del Este, y habla nuestro idioma (con mucho acento) pero no a nivel nativo, ni tampoco está totalmente empapada de los usos y costumbres locales, o incluso de la normativa.
 
Volver