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El sueldo en vigor en el día en que se hace efectivo el despido.¿Como se calcula el finiquito del despido, si a lo largo de los años te han ido subiendo el salario, en base a tu ultimo sueldo mensual bruto, o se hace una prorrata de los diferentes sueldos que has tenido?
¿Qué obligación va a haber de hacer horas extras? Es todo lo contrario, no se puede hacer horas extras, ni siquiera es legal, salvo por circunstancias excepcionales y limitadas a 80 al año como bien dices. Si no las quieres hacer, pues no las haces y punto, obvio.
Si coges excedencia y luego tratas de volver acogiéndose a la normativa pero no te aceptan o te despiden tienes derecho a la indemnización descontando el tiempo en el que estuviste de excedencia ?
Buenos días gente, tengo una duda sobre los días que se deben dar de preaviso y os quisiera exponer unos casos, a ver si me podeis ayudar.
Por mi categoria/convenio yo tengo que dar 31 días de preaviso. Si doy los 31 días y mi último día laborable es el 10 del mes siguiente, por ejemplo, que pasaría si me voy antes de lo hablado, por ejemplo el día 2?
Entiendo que no te pagarian parte del finiquito, que sería el salario a cobrar del mes, dias de vacaciones etc.
Pero que pasaría si por ejemplo doy esos 31 días y me sale una oportunidad cuando aún faltan 20 días por ejemplo? Me retendrían esos 20 días del finiquito, pero al estar a principios de año y si por ejemplo me fuera el dia 2 del mes, de dónde "sacarían" ese dinero a retener? Implicaria eso que me llevarian a juicio o algo asi para pedirme que lo pague o ese tipo de pago es algo fácil de hacer y que no conlleva juicios?
Mas que nada, quiero irme de donde trabajo pero como me puteen mucho ese mes que debo estar de preaviso quiero tener claro que puedo irme a medias solo perdiendo dinero, sin juicios ni cosas.
Gracias!
A mi no me importa devolver si debo. Lo que quiero evitar es pagar "costes del juicio", si es que los hay en ese caso que no tengo ni idea. Lo que quiero es dar el preaviso y cuando me vaya, sea cumpliendo el mes o no cumpliendo parte, que no me vengan con que por via judicial debo devolver 500 euros del sueldo mas 3.000 euros de costes judiciales...
No se si alguien ha sufrido una experiencia así... Y gracias @Eshpañavabien por la respuesta!
Pienso que antes de llegar a juicio te citarían en el órgano de conciliación previo, y ahí se negocia administrativamente antes de ir a juicio. Eso me dicen que es el procedimiento habitual.
Si es voluntaria solo hay derecho preferente a reingresar cuando haya una vacante. También te pueden ofrecer un puesto más bajo si te interesa.
Si pides volver y hay vacante pero la empresa no te admite puedes demandar, pidiendo reingreso o despido.
Gracias.Y como vas a saber si hay vacante en cumplas requisitos si estás fuera ?
Porque tendra que ser vacante que cumplas requisitos aunqe el puesto pueda ser más bajo no?
Gracias. Y a pesar de ello los de rrhh se pueden hacer los locos diciendo que de los requisitos para esa oferta.Saber si se produce vacante, si no hay buen rollo con la empresa, pues por tus medios: estar pendiente, que te avise un compañero, el delegado de empresa etc. Cuando se vaya a acabar el período de excedencia pedido, pedir reingreso al menos 15 días antes de acabar es lo principal.