Carros de bici para llevar a los niños al cole

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No, eso no... Si vas por una calle, te apartas, te paras y hablas.
Es como los que llevan cascos escuchando música en bici. Me parece demigrante...

Al César lo que es del César y a dios lo que es de dios: si un conductor de coche/moto no puede escuchar música con cascos y no puede hablar por teléfono, una bici tampoco.

Llevo bici a diario desde hace más de 10 años en Barcelona. Cuando veo a alguien con cascos en contradirección por una calle de un sólo sentido en el centro me da toda la rabia.

Yaya, yo voy en bici a trabajar todos los dias desde hace 4 años y se de lo que me hablas. No esta bien, desde luego, además va en tu propia seguridad no llevar los oidos sin obstaculos para oir el motor de los coches. Además llevando a tus hijos atras ya es peor aún, a mi entender.

De todas formas no se si en otros paises de la Union Europea llevar el movil hablando en bicicleta es delito o no lo es. Por eso la foto más que nada.

Saludos
 
de estas hay un par en Palma

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en amsterdam miles
 
Este te permite engancharlo a la bici, pasear con el como si fuera una silla o correr haciendo footing con los crios dentro

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Este te permite engancharlo a la bici, pasear con el como si fuera una silla o correr haciendo footing con los crios dentro

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Es uno de los modelos que mas se ven fuera de Espanna. La verdad es que son bastante visibles, sobre todo con la bandera. Lo que es importante es que la bicicleta pasa primero. Y digo importante porque si, desgraciadamente, hay un atropello, aunque la bici con el conductor puedan sufrir mucho, el carro puede sufrir menos. Ademas, en caso de tiempo adverso (lluvia, frio, etc...) esos carros ofrecen una buena proteccion.
Y como ha dicho otro forero... al mismo tiempo ofrecen espacio para hacer la compra (sin ninno, claro...).
No obstante, y viendo como se conduce en la mayoria de las ciudades de Espanna y la poca infraestructura habilitada para las bicis no se si lo mejor para llevar a los ninnos al cole sigue siendo el todoterreno...
 
que pasaria si me pillan yendo al cole con mis hijos en la bicicleta los dias que libre y los pueda llevar yo en lugar de andando. ¿Me van a multar? y si lo hacen ¿puedo recurrir a Estrasburgo como ciudadano de la union Europea?
Antes de nada, me apunto a la pregunta, porque no tengo ni idea de como va el tema de recurrir a instancias europeas.

Ahora paso a responder:
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Esta es la tipica para pasear bebes o niños muy pequeños con nosotros. Esta la he visto bastante por España y se vende en tiendas, no se si es legal o no aqui o es alegal
Legal.
Artículo 12. Normas relativas a ciclos, ciclomotores y motocicletas.

1. Los ciclos que, por construcción, no puedan ser ocupados por más de una persona podrán tras*portar, no obstante, cuando el conductor sea mayor de edad, un menor de hasta siete años en asiento adicional que habrá de ser homologado.
Esta es la que tengo yo para mi hija pequeña, normalmente la uso en Francia y en España por carriles bici, auqnue la tuve que comprar en Francia ya que en España no se vende es alegal
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Particularmente la recomiendo porque el niño puede dar pedales sin barra y tu la llevas plegada en la bici y cuando se cansa la extiendes, la conectas con una toma rapida de palanca y lo remolcas tu
Bueno, la historia está en ver como defines ese concepto de remolcar una bici con otra. Para mi es un semi-remolque, por lo tanto legal... si no va nadie montado. Cualquier otro uso sería ilegal.
Ar.t 12.4. Las motocicletas, los vehículos de tres ruedas, los ciclomotores y los ciclos y bicicletas podrán arrastrar un remolque o semirremolque, siempre que no superen el 50 % de la masa en vacío del vehículo tractor y se cumplan las siguientes condiciones:
(...)
Que en ningún caso tras*porten personas en el vehículo remolcado.

En circulación urbana se estará a lo dispuesto por las ordenanzas correspondientes.
Claro, que si la ordenanza municipal te deja...
Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial
Hasta se puede hablar con el movil mientras se pedalea oiga
No, para nada:
Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Artículo 65. Cuadro general de infracciones.
(...)
4. Son infracciones graves, cuando no sean constitutivas de delito, las conductas tipificadas en esta Ley referidas a:
(...)
e. Circular sin hacer uso del alumbrado reglamentario, salvo que el vehículo sea una bicicleta en cuyo caso la infracción tendrá el carácter de leve.

f. Conducir utilizando cascos, auriculares u otros dispositivos que disminuyan la obligatoria atención permanente a la conducción.

g. Conducir utilizando manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro sistema de comunicación.
He dejado el apartado e. para que quede claro que ese R.D. también va dirigido a las bicicletas pues no sólo habla de vehículos a motor sino que también de Seguridad Vial. (Se entiende que hablamos de vías públicas)
 
Optimista entonces arrastrar cualquier tipo de remolque con una bicicleta con niños dentro seria ilegal en España no?

Saludos y gracias
 
Bueno, la historia está en ver como defines ese concepto de remolcar una bici con otra. Para mi es un semi-remolque, por lo tanto legal... si no va nadie montado. Cualquier otro uso sería ilegal.

Si lo que montas es una barra fija entre tu bici y la del crío, y el chaval sigue pudiendo dar pedales, y su ruedas tocando el suelo, ¿no podrías argumentar que se trata de un tandem?, pregunto...
 
Optimista entonces arrastrar cualquier tipo de remolque con una bicicleta con niños dentro seria ilegal en España no?

Saludos y gracias
Recuerda que ese artículo tiene una coletilla que hace mención a las ordenanzas municipales. Puede ser legal en un pueblo e ilegal en el de al lado. (Algo perfectamente coherente si recordamos que hablamos de España :D )

Otro tema que a mi me resulta interesante (del verbo "personalmente estoy interesado y me gustaría tener uno" :D ) es lo de las bicicletas "carretilla" que habéis puesto en varias fotos (por ejemplo la que puso torcuato unos posts posts más arriba).
Entiendo que esas no son remolques y que, por construcción, están diseñadas para ser ocupadas por varias personas. (Tal y como se decía en el art.12 del RGC)
Por eso pregunto ¿sabéis si se venden en España? (Imagino que si están a la venta estarán homologadas y serán legales)

Si lo que montas es una barra fija entre tu bici y la del crío, y el chaval sigue pudiendo dar pedales, y su ruedas tocando el suelo, ¿no podrías argumentar que se trata de un tandem?, pregunto...
Pues no sé, ya dije que la cuestión es como se defina el concepto: ¿Cómo (con que nombre) se vende esa barra? ¿Está homologada para ello?

Y recuerdo que todo esto se refiere a la circulación en vías públicas.
De todos modos a mi me parece un sistema perfecto para fomentar el uso de la bicicleta, y ojala estas cosas se regularan a la europea y más pronto que tarde.
 
Pues no sé, ya dije que la cuestión es como se defina el concepto: ¿Cómo (con que nombre) se vende esa barra? ¿Está homologada para ello?

Reconozco mi profundo desconocimiento del tema, sobre todo en cuanto a las particularidades de Hispanistán se refiere, pero aunque sea lanzarme a una piscina vacía (o llena de owneds :D), las bicis no tienen homologación ¿tienen?, como mucho tendrán un marcado CE las que vendan nuevas, si la barra se vende en el resto de Europa es de esperar que tenga marcado CE, por tanto mi argumento del tandem podría sostenerse para ese caso en particular.

¿Alguien sabe de alguna iniciativa para fomentar el uso de la bici que podamos apoyar y como?
 

Entonces este modelo estaría dentro de la legalidad.

Me lo apunto.

Además, tengo serias dudas sobre el modelo que lleva el remolque detrás, si ese cubículo para llevar personas fuese en la parte delantera, como ocurre en algún modelo, ya no se trataría de remolque, y pasaría a ser alegal que no ilegal.

Ya tengo localizada la web de la bici-cargo....eso sí 2.000 eurazos vale la bici.

Cargo bike BULLITT, a fast cargo bike designed by Larry vs Harry, Copenhagen, Denmark
 
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pues esta ultima con un motorcito eléctrico no estaría nada mal
 
Recuerda que ese artículo tiene una coletilla que hace mención a las ordenanzas municipales. Puede ser legal en un pueblo e ilegal en el de al lado. (Algo perfectamente coherente si recordamos que hablamos de España :D )

Otro tema que a mi me resulta interesante (del verbo "personalmente estoy interesado y me gustaría tener uno" :D ) es lo de las bicicletas "carretilla" que habéis puesto en varias fotos (por ejemplo la que puso torcuato unos posts posts más arriba).
Entiendo que esas no son remolques y que, por construcción, están diseñadas para ser ocupadas por varias personas. (Tal y como se decía en el art.12 del RGC)

A mí la ley sobre remolques me parece clara prohibiendo cualquier carrito. Artículo 12 famoso:

Las motocicletas, los vehículos de tres ruedas, los ciclomotores y los ciclos y bicicletas podrán arrastrar un remolque o semirremolque siempre que no superen el 50 por ciento de la masa en vacío del vehículo tractor y se cumplan las siguientes condiciones:

4.1. La circulación será de día y en condiciones que no disminuyan la visibilidad.

4.2. La velocidad a que se circule en estas condiciones quedará reducida en un 10 por ciento respecto a las velocidades genéricas que para estos vehículos se establecen en el artículo 48.

4.3. En ningún caso se podrán tras*portar personas en el vehículo remolcado.

Para una bici normal, de entre 15 y 20 kilos de peso en vacío, el carrito no puede superar la mitad de ese peso, o sea unos 10 kilos (estructura + carga). Así que es directamente imposible, porque un carrito de aluminio ya te sube de los 5 kilos, y para llevar de carga máxima una botella de Cocacola, dos cartones de leche y cuatro naranjas no compensa. Si además no puedes llevar personas según el 4.3, doble prohibición.

Esa ley es ridícula. Si por ejemplo me hago una bici con cuadro de plomo y la hago pesar 60 kilos, ¿puedo ya ponerle un carrito de 30 kg PMA? Absurdo. Es claramente una ley para motos, que suelen pesar a partir de los 100 kg, para meterle carritos de 50 kg sin pasajeros (obviamente, sería un peligro de la leche a la velocidad que pilla una moto). Mantienen la ley que tiene lógica para la moto y ponen "ciclos" en el enunciado, pasándose por el forro todo cacharro homologado europeo. Luego vienen los policías que tienen que hacer la vista subida de peso cuando ven esto:

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ya que claramente ese carrito pesa más que el 50% de la bici, sólo la estructura pesa 7 kg.
 
Aquí en Valencia en la zona de Campanar había una pareja que llevaba a sus niños en remolques por las aceras, por supuesto, ya que en Valencia los carriles bicis son totalmente inconexos y dejan amplias zonas sin servicio.
Yo pensé en comprarme uno para ir al curro y llevar a los niños pero rápidamente me convencí que no.
En esta web tienes grandes bicicletas de carga con capacidad para dos niños.
Es la web en la que he encontrado los modelos más económicos y además con envio a Ejpanistán y la posibilidad de asistencia eléctrica, muy a tener en cuenta en estos bichos. Los precios comienzan en 650 euros, incluso por menos de mil euros hay modelos de pedaleo asistido. Más portes:

Venta de bicicletas de carga tricycleweb

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bakfiets-030-lbb-3-vitesses.jpg



Aqui tienes una página web con remolques a buen precio. Según ellos están todos homologados. Tengo que decir que hay copias chinas a punta pala por pocos euros por la red. En esta página comienzan desde los 109 euros y no tiene mala pinta en absoluto:

Tienda remolques de bici

ebikeco_2_4f3d13d60758a.jpg




Y a mi el que más me gusta es un sidecar de la marca Charriot que desgraciadamente creo que no se distribuye en Ejpanistán, como no podía ser de otra manera:

CharriotSideCarrierDynamikFront.jpg
 
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