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Efectivamente el impuesto de sucesiones y donaciones es progresivo y en realidad si que es individualizado, hay un modelo 660 donde se declaran los bienes y en modelo 651 por cada heredero.
Lo que ocurre es que todos esos modelos se deben presentar de manera conjunta, a no ser que existan herederos en el extranjero que entonces es un ***ón.
Lo que no he entendido bien de lo que has expuesto es una cosa? Se supone que la deuda con hacienda la tiene la propietaria del 100% de la vivienda y que esa deuda posee un aplazamiento aprobado por hacienda, con lo cual no existe ningún apunte registral a ese respecto sobre la casa, no?[/QUOTE]
Si, asi es.
No hay apunte registral en la nota simple que me dieron, y se han enterado porque nosotros se lo dijimos.
Por un lado mal porque nadie se habria enterado, por otro a pesar de la buena fe registral no me quedaria tranquilo, sinceramente. Me temo que al final no consiga pagarlo todo y la embarguen. Irian primero contra todo lo suyo, que creo que cubriria, pero es que el problema ya no es ese, sino que el banco se niega a asumir ningun riesgo y no da la hipoteca.
Ella podria presentar un modelo 660 y decir, esto es lo que debo de este bien, que me lo cobren de lo que saque del piso o no puede hacerlo?
Ese es el quid de la cuestion.
No entiendo cual es el problema para el banco, si no hay nota de embargo ni cargas, si tu compras el bien, no puede recaer ninguna deuda del antiguo propietario sobre tu persona.
En cuanto a lo que comentas del modelo 660, no, eso no se puede hacer.
Eso me suena raro de huevones, estudiaré el caso, pero no lo he escuchado en mi vida.
Si yo compro un bien sin cargas, ya se lo puedo comprar a la persona más endeudada del mundo que ese bien no tiene cargas y no es embargable por deudas de terceros.
Lo que he entendido es que ella ha presentado sucesiones y donaciones con fraccionamiento del pago, en ese caso me extraña que hacienda no haya añadido una nota registral al bien.
Date cuenta que cuando tu solicitas un aplazamiento y fraccionamiento de un pago tan grande, hacienda te va a solicitar garantías, por eso me extraña que no haya nota registral, aunque como las haciendas de las autonomías funcionan tan mal cualquier cosa es posible.
Eso sería una donación, la señora tendría que tributar por ella, a no ser que lo metas como precio de compra en cuyo caso ella tributaría más por incremento patrimonial y limón más por tras*misiones patrimoniales.
Se haga lo que se haga, hacienda siempre va a decir qué hay de lo mío payo?