YA HA LLEGADO: impuesto a la VIVIENDA VACÍA de hasta 3.000 euros al año (piso de 100 m2) en PAIS VASCO Y NAVARRA

Silverdaemon6

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Habemus impuestazo a la vivienda vacia, mínimo de 1000 euros al año y hasta 3000 euros al año para un piso normal de 100 metros

10 euros por metro cuadrado es el mínimo y hasta 30 euros el metro cuadrado en ciertas condiciones.

Ojo, y ver al final, te la pueden poner en alquiler forzoso hasta 10 años


El alquiler forzoso se podrá efectuar en las desocupadas tras*currido un año desde su declaración como deshabitadas y obligará a tenerlas en alquiler público por un máximo de cinco años (prorrogables otros cinco). Las personas propietarias podrán percibir una renta o en caso de que no haya acuerdo, una indemnización.

Tu vivienda no es tuya pardillo vascuence

Pronto en todas las comunidades podemitas





Los ayuntamientos vascos serán los encargados de cobrar el nuevo canon que se aplicará a las viviendas que lleven más de dos años vacías y que se contempla en el decreto que regulará los pisos en desuso que está a punto de entrar en vigor.. ¿A cuánto ascenderá la nueva tasa? Pues dependerá, pero será de un mínimo de 10 euros y de un máximo 30 por metro cuadrado al año. Los consistorios deberán destinar lo recaudado a poner en marcha o reforzar las políticas de vivienda del propio municipio.
La nueva normativa ha sido aprobada este martes por el Consejo de Gobierno del Ejecutivo y entrará en vigor oficialmente en cuanto se publique en el Boletín Oficial del País Vasco, lo que ocurrirá, según fuentes del departamento de Planificación Territorial, Vivienda y tras*portes, «en los próximos días». El documento detalla los criterios que se deben considerar para que se pueda declarar oficialmente una vivienda vacía -principalmente comprobaciones del padrón e identificación de consumos anormalmente bajos de electricidad, agua y gas-, y, a partir de ahí, las medidas que se pueden llevar a cabo. Entre ellas, destacan los casos extremos que habilitan a las instituciones para establecer el alquiler e incluso la expropiación forzosa. Aunque quizá la más llamativa, porque si esté previsto aplicarla de manera generalizada, es la imposición de un canon. Se trata de un gravamen especial, «extra fiscal», que obligará al dueño de un inmueble deshabitado sin justificación a pagar 10 euros al año por cada metro cuadrado de superficie útil. Pero cuidado, porque esta cantidad que puede triplicarse en el caso de que el propietario persista en su actitud de no vender o arrendar.

En ese sentido, el decreto remarca que los ayuntamientos serán los competentes para acreditar la desocupación y realizar las inspecciones, aunque de manera subsidiaria también podrá hacerlo el Gobierno vasco. Y el documento también establece de forma expresa que serán las administraciones locales las que se encarguen de recaudarlo «y mantenerlo en el tiempo hasta que se revoque la resolución de vivienda deshabitada».

5.300 en Gipuzkoa llevan más de dos años sin habitar
Para que se pueda aplicar el canon, previamente se deberá acreditar que la casa lleva efectivamente dos años vacía. Esto podría hacer pensar a muchos que todavía tienen ese plazo para regularizar la situación de su propiedad, aunque no será así en todos los casos. Fuentes del Ejecutivo han remarcado que los ayuntamientos que tengan avanzados sus sistemas de declaración de una vivienda deshabitada podrán presentarlos y, «si se ajustan a los criterios establecidos», podrán iniciar los trámites para aplicar este gravamen de manera inmediata. El último informe sobre el uso de la vivienda en Euskadi detalla que «existen algo más de 15.000».
En 2019, según la radiografía publicada el pasado octubre por el Observatorio Vasco de Vivienda, había 34.068 viviendas cerradas en Euskadi. Pero de ellas, solo en 26.207 casos no se debía a traslados obligados de sus ocupantes -dos años antes esa cifra ascendía a 34.466-. Entre estas últimas, más de la mitad, 15.146, llevaban más de dos años cerradas, el requisito para entrar en el radar de esta nueva herramienta del Departamento vasco. En Gipuzkoa, son 9.377 viviendas las que podrían «gestionarse» para el alquiler, 2.300 menos que en 2017, aunque solo 5.300 de ellas llevan más de dos años sin inquilinos.

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El consejero de Vivienda, Iñaki Arriola, ha subrayado que el decreto es «absolutamente garantista» para no inculcar derechos de los propietarios. En ese sentido, ha explicado que incluye todos los supuestos en los que la desocupación está justificada: las segundas residencias, los casos de traslado temporal de domicilio por trabajo, salud, dependencia o emergencia social y los hogares ofertados en venta o alquiler a precios de mercado durante un mínimo de tres meses. Asimismo, están exentos los pisos que se cedan a la administración para su alquiler protegido, los de entidades sin ánimo de lucro para acoger a personas migrantes, discapacitadas o víctimas de violencia de género y los que estén siendo rehabilitados o no cuenten con las condiciones mínimas de habitabilidad.
El trámite para iniciar una declaración de piso vacío contempla que los ayuntamientos elaboren sus propios listados. A partir de entonces, ya podrán empezar a cobrar el canon anual, aunque todavía no hayan realizado el trámite de inscribir estos inmuebles en el Registro Autonómico de Viviendas Deshabitadas que debe crear el propio Gobierno vasco. Este procedimiento podrá frenarse «probando los supuestos en los que está permitido que permanezca vacía, incorporando la propiedad a programas públicos de alquiler social como Bizigune o sacándola al mercado libre». Una vez declarada oficialmente deshabitada los consistorios o el propio Ejecutivo autonómico de forma subsidiaria si aprecia inacción, podrán empezar a aplicar las medidas.

Hasta 10 años de alquiler forzoso

Para iniciar la tramitación de zona tensionada deben cumplirse dos requisitos: que haya 100 demandantes de vivienda en alquiler inscritos en Etxebide que lleven dos años sin encontrar piso; y que los precios medios de alquiler en la zona sean un 10% superiores a la renta media de la localidad. Estas áreas serán declaradas mediante una orden del consejero de Vivienda a petición de los propios ayuntamientos o de oficio.
El alquiler forzoso se podrá efectuar en las desocupadas tras*currido un año desde su declaración como deshabitadas y obligará a tenerlas en alquiler público por un máximo de cinco años (prorrogables otros cinco). Las personas propietarias podrán percibir una renta o en caso de que no haya acuerdo, una indemnización.
El decreto también prevé para los casos más extremos la expropiación forzosa, que se aplicará a viviendas vacías por más de un año en zonas de acreditada demanda «cuando la expropiación resulte adecuada para garantizar su uso o en casos en los que esa residencia esté en riesgo de ruina o incumpla las normativas de conservación y genere inseguridad para las personas». En estos casos, se priorizará su rehabilitación y puesta a disposición de asociaciones sin ánimo de lucro.
Las personas propietarias de pisos sin uso podrán acceder a las ayudas públicas a la rehabilitación y fuentes de la viceconsejería han remarcado que, las obras para acondicionar aquellas que vayan a ser destinadas al alquiler protegido, «tendrán prioridad y ayudas adicionales». Además, los dueños tendrán la posibilidad de cederlas temporalmente al Gobierno vasco a través del programa Bizigune o al programa de intermediación de alquiler ASAP. En estos casos las rentas a percibir por los propietarios podrían llegar hasta 775 euros al mes.
 
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