y esto es todo amigos
Será en Octubre
- Desde
- 30 Oct 2010
- Mensajes
- 26.195
- Reputación
- 76.144
Mientes como una ministra:
Los pequeños propietarios solo pueden poner el precio del último contrato más actualizaciones anuales.
Si la vivienda no estuvo arrendada los últimos 5 años, como máximo pueden pedir lo que indique el índice, como si fuesen grandes tenedores (5 viviendas o más en zona tensionada).
Según tú eso es "no afectar"...
Que los grandes tenedores no van a alquilar pisos buenos a mitad de precio, eso es evidente...
Hombre, si el precio del ultimo contrato es de 1500 €, pues el siguiente será de 1.500 €+el IPC. Y no los 800 o los 900 o los que sean que toquen según el índice que pongan en el sitio.
Que es como ha sido siempre, estos años ha habido una excepcionalidad, pero las subidas no pueden llegar al infinito y mas alla.
Que a alguno le puede pillar con el pie cambiado, pues es posible, pero van a ser mas excepciones, que la norma. Y ojo que despues estan los trucos para esquivar la ley, que los hay y muchos. Como si alquilas el piso con garaje (en nuestro caso así era), ponerte un precio del parking aparte al del piso, con un contrato por separado y ligado a la duración del alquiler del piso.