Quisquilla
Madmaxista
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Sólo he leído a una persona que ha dado en la clave: SEPARACIÓN DE BIENES.
Sí uno de los dos no trabaja en ese régimen y se dedica a la crianza, tiene derecho a indemnización POR LEY en el divorcio, viene en el código civil.
A veces es mejor gananciales con cabeza, te evitas esas sorpresas que, por lo que veo, pocos conocen.
Sí uno de los dos no trabaja en ese régimen y se dedica a la crianza, tiene derecho a indemnización POR LEY en el divorcio, viene en el código civil.
A veces es mejor gananciales con cabeza, te evitas esas sorpresas que, por lo que veo, pocos conocen.