Cada persona que hace uso de la medicina pública tiene reconocido el derecho a la asistencia por causa de un buen montón de situaciones (varias docenas). El "tipo de usuario" puede ser general titular, beneficiario, subsidio desempleo, agotada prestación, etc. Así que, si le interesa saberlo, lo tiene tan fácil como entrar en tu ficha administrativa y mirarlo. No forma parte de la historia clínica.
Lo normal es que no le importe lo más mínimo este dato. Sólamente acostumbran comprobarlo a la hora de hacer una incapacidad temporal, para no meter la pata y hacerla a alguien -un pensionista o una persona sin recursos- a los que no les correspondería.