SUMAR. Documentos sobre la AMNISTÍA. El original y el definitivo (10/10/2023). TEXTOS COMPLETOS

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Dice:
Quedan en todo caso fuera del ámbito de aplicación de esta ley las actuaciones de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad susceptibles de ser calificadas como delitos de torturas y otros delitos contra la integridad jovenlandesal o de delito de detenciones ilegales de autoridad o funcionario público sin mediar causa por delito del artículo 167 del Código penal.

Resulta:

Lo de las detenciones ilegales por autoridad o funcionario público, está de más, ya ha sido amnistiado de facto en todo en ámbito territorial del Estado.
 
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