Cazarr
Madmaxista
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Te ha pasado lo mismo que a mi. La cagada de no leer las claúsulas de exclusión de la póliza.
Tras una fuga en un tubería del agua, que me jodió la pared del salón, me tocó pagar 1300 eurazos por cambiar las tuberías antiguas a termofusión. El seguro se lavó las manos porque la fuga fue por corrosión de la tubería.
1300 euros solo las tuberías. El desconchón de pared lo arreglé yo y la suerte enorme fue que vi la humedad a tiempo y no llegó a gotear al vecino de abajo, si no el seguro también se hubiera lavado las manos y me habría tocado pagar los desperfectos.
Me quedé con un encabrone y una mala leche similar a los tuyos, si.
.
Me he leído las Condiciones Generales, y dice...
¿Qué SÍ cubre?
- los daños y/o pérdidas materiales producidos por escapes de agua o roturas de conducciones, tuberías, aparatos y depósitos, cualquiera que sea la causa que las origine, propia o ajena, siempre que sea fortuita, incluida:
- la omisión del cierre de llaves y grifos
- las fugas provenientes de aparatos electrodomésticos, conectados a la red de suministro o evacuación
- heladas
- rotura de acuarios y peceras de más 50 litros
- filtraciones internas, siempre y cuando se repare el origen de la filtración
Si se asegura el continente, quedarán también garantizadas hasta los límites indicados en Condiciones Particulares:
- los gastos de búsqueda y localización de la rotura o atasco y los trabajos de fontanería necesarios para reparar o reponer las instalaciones privativas de la vivienda asegurada, aunque no hayan causado daños a los bienes asegurados.
- la rotura de tuberías vistas, aunque no hayan causado daños.
- los gastos de localización y reparación en caso de corrosión de tubería que no esté a la vista, incluidos los gastos por daños estéticos derivados de las mismas. Cuando por el estado de corrosión generalizada no sea posible la reparación de la tubería afectada y sea necesaria la sustitución, se valorará una reparación puntual en concepto de fontanería.
De producirse siniestros posteriores y no haberse efectuado las reparaciones necesarias, REALE quedará desligada de las obligaciones que para ella se derivan de esta garantía.
- filtraciones internas
- la localización y reparación de fugas en piscinas y sus conducciones, estanques, pozos o redes de riego
- los gastos en los que incurra el Asegurado por exceso de consumo de agua, a causa de un siniestro cubierto por la garantía de daños por agua. El exceso se calculará por la diferencia entre el importe de la factura del suministrador de agua correspondiente al periodo en que se produzca el siniestro y la media para el mismo periodo de tres años anteriores
¿Qué NO cubre?
- los daños producidos en los propios aparatos electrodomésticos causantes del daño
- los daños causados por falta de mantenimiento e impermeabilización de las terrazas
- los daños por agua ocasionados por fenómenos atmosféricos o climatológicos, excepto las heladas
- los daños producidos como consecuencia de la omisión de reparaciones indispensables para el normal estado de conservación de las instalaciones o para subsanar el desgaste notorio y conocido de las conducciones de agua, depósitos, aparatos desagües y cubiertas del inmueble asegurado
- los daños causados por los trabajos de construcción o reparación en el edificio o vivienda
- los daños derivados de la oxidación, humedad y condensación
- la reparación de radiadores, grifos, calderas, depósitos, termos, llaves de paso y similares
- las filtraciones internas originadas desde el exterior por variación de los niveles freáticos
Lo veo un poco contradictorio. Al principio dice que incluye la rotura de tuberías vista pero luego la excluye si es por oxidación, humedad o condensación...
No lo entiendo.