Paraísos fiscales y sociedades offshore

Que España te hace una repatriacion fiscal por la cara bonita, porque no van a permitir que haya alguien que no pague impuestos en ningun lugar, aunque no hayas estado los 183 dias en españa

No soy residente fiscal en Spain, vivo fuera.

En principio la teoria de las banderas es en base a 183 dias. España no carga impuestos en base a nacionalidad como USA, tienen que pasar 5 años para que pierdas la condición de 'obligado tributario' y por supuesto adquirir residencia fiscal en otro país (mi caso).

Sacado de aquí

The United States has the world’s most complicated tax code. To make things worse, it is one that US citizens cannot escape no matter where they live. While every other country on the planet takes a more reasonable approach to the taxation of their non-resident citizens, there are a few countries that like to dabble in citizenship-based taxation in special situations.

Many of these countries ***ow the same rule Mexico uses by taxing their citizens for a set period of time after leaving the country unless they can prove they have not moved to a tax haven and that they are paying a similar amount in taxes as if they still lived in their home country. These countries include:

  • Mexico (3 years)
  • Portugal (5 years)
  • Spain (5 years)
After living abroad for the set period of time, these countries no longer consider their citizens as tax residents. However, there is no set period of time that removes the tax resident status for French citizens who move to Monaco or Italian citizens who move to any tax haven.
 
Una duda venga, que seguro hay alguien que lo sabe o está más versado que servidor.

Que pasa si trabajas en un pais UE y vives en otro país UE, pero en ninguno de los dos pasas más de 183 dias?

Imaginemos pasas 180 dias en uno y 150 en otro y el resto de dias te vas de vacaciones a Punta Cana (ejemplo).
tienes que pagar impuestos en el país en el que trabajas u obtienes tus ingresos

la residencia fiscal se determina en base a varios criterios: pasar más de 183 días, en el caso que espones se pasa al siguiente criterio que es tener la base de intereses económicos, y un tercer criterio es la residencia de la familia, esposa e hijos
 
Una duda venga, que seguro hay alguien que lo sabe o está más versado que servidor.

Que pasa si trabajas en un pais UE y vives en otro país UE, pero en ninguno de los dos pasas más de 183 dias?

Imaginemos pasas 180 dias en uno y 150 en otro y el resto de dias te vas de vacaciones a Punta Cana (ejemplo).

España grava en función de la residencia de las personas físicas. Uno de los problemas que genera este modelo se produce cuando dos países distintos consideran a una misma persona física residente en su territorio y, por tanto, queda sujeta a tributación por rentas mundiales en ambos países.

Suele haber unos convenios de doble imposición entre ambos países y se establecen reglas de desempate.

Se considera que un individuo es residente fiscal en España si:
(i) permanece físicamente en territorio español más de 183 días; o
(ii) tiene en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos, de forma directa o indirecta (en adelante “centro de intereses económicos”). Asimismo, se presume, salvo prueba en contrario, que un individuo es residente cuando su cónyuge no separado legalmente e hijos menores dependientes tienen dicha consideración de acuerdo con las reglas anteriores.


 
Repasando el hilo la verdad es que llego a la conclusión de que es misión imposible ya tener un dinero en un banco fuera de España y estar tranquilo, ahora mismo veo el oro en metal como forma de ahorro y poco mas... si alguien sabe como abrir una cuenta con iban, tarjeta bancaria operable a nivel mundial en sitio medianamente rentable seria muy de agradecer un MP la verdad. Buscando en web supuestamente especializadas tampoco veo nada fiable, es mas, creo que como dicen en mensajes anteriores te puedes buscar un buen lio con sus "consejos". Dejé el comentario de la cuenta en Austria pero ni yo mismo lo he probado, lo leí en un libro que recuerdo ahora mismo pero si alguien sabe de algo parecido también se agradecería muchísimo, mas que nada porque estoy harto de ver el cartel en algunos comercios de zonas turísticas en los que se advierte de que si el pago un producto supera los 1000 euros debe hacerse por tras*ferencia bancaria si eres español pero si eres no residente en España esta cifra sube hasta 10k, o sea, el dinero neցro del de fuera esta bien pero aquí es sacrilegio verdad?
Refloto mi consulta sobre cuentas bancarias anónimas (o no verificables por España) en el extranjero con objetivo de proteger mi pobre capital de este sistema depredador.
 
Refloto mi consulta sobre cuentas bancarias anónimas (o no verificables por España) en el extranjero con objetivo de proteger mi pobre capital de este sistema depredador.
Este asunto merecería hasta hilo aparte. El Estado anda muy voraz, el zurdomierdismo no se mantiene si no es parasitando cancerígenamente a su huésped: nosotros. Opacidad bancaria, tarjetas usables internacionalmente... si alguien tiene experiencia y quiere o puede compartir, se agradece.
 
Este asunto merecería hasta hilo aparte. El Estado anda muy voraz, el zurdomierdismo no se mantiene si no es parasitando cancerígenamente a su huésped: nosotros. Opacidad bancaria, tarjetas usables internacionalmente... si alguien tiene experiencia y quiere o puede compartir, se agradece.
Se agradecería y mucho la verdad, porque sinceramente nos están robando cada día mas
 
Refloto mi consulta sobre cuentas bancarias anónimas (o no verificables por España) en el extranjero con objetivo de proteger mi pobre capital de este sistema depredador.
Puerto Rico te sería útil para ello ya que al ser territorio de USA, no está dentro del protocolo CRS para el intercambio de información automático y a la vez está incluido explícitamente del protocolo FATCA
 
Este asunto merecería hasta hilo aparte. El Estado anda muy voraz, el zurdomierdismo no se mantiene si no es parasitando cancerígenamente a su huésped: nosotros. Opacidad bancaria, tarjetas usables internacionalmente... si alguien tiene experiencia y quiere o puede compartir, se agradece.
Hay una gran cantidad de estructuras y formas dependiendo de si quieres privacidad o protección patrimonial contra litigios....
 
shishi por eso pongo las comillas haha.
La jugada es como vistes los ingresos quee la empresa irlandesa te hace a tí residiendo en Francia, hay gente que dice como royalties (de que? De analista financiero?)..hay gente que 'renuncia a los derechos de explotación de la sociedad' para precisamente proteger la empresa.

El hecho es que con una Ltd. en Irlanda, siempre y cuando sea multipersonal y con menos del 25% de las acciones, la Hacienda francesa cuando te busca en el ordenador no les sale nada, porque el registro mercantil irlandés no te anota la participación con tu DNI, al ser menos del 25% de la propiedad.

Con eso consigues no figurar como accionista/apointee de la Ltd., vale....pero ahora necesitas justificar esos ingresos, que probablemente como autonomo/freelance acaben pagando más...que si hubieras pasado por caja a pagar capital gains tax....por eso digo que no se me ocurre nada para bajar la factura fiscal...
Reducir beneficios a través de facturas de otras sociedades
 
Refloto, está el tema caliente con hacienda, dan ganas de no arrancar nada
 
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