Para ahorrar impuestos se puede donar casa en vez de vender y el donatario donar el dinero al donante?

kookaburra

Madmaxista
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Voy a comprar la mitad de una propiedad a mi progenitora porque necesita dinero para sus cuidados, ella tendrá que tributar en IRPF por la ganancia patrimonial, y yo por ITP.
Estoy pensando fórmulas para ahorrar impuestos en la operación.

Podría en vez de venderme su parte de la casa, donármela. En ese caso seguiría pagando ella el IRPF, pero yo no pagaría el ITP y sólo pagaría el impuesto de donaciones,
¿ es correcto ?

Pero, como necesito que el dinero de la compra vaya a su cuenta corriente, podría en el mismo acto de recibir la donación, donarle yo el dinero equivalente a lo que habría pagado de haberlo comprado? Y de este modo ella pagaría impuesto de donaciones sólo y tampoco habría que pagar ITP ?

La posibilidad de que yo vaya pagando poco a poco el dinero no es factible ya que hay hermanos de por medio y no quiero que surjan desconfianzas y malos rollos, por lo que prefiero que todo el dinero de la falsa-compra esté en su cuenta.

A ver si podéis decirme si esto es factible o habría otra solución más o menos compleja.

Gracias
 
Sólo puedes hacer lo que quieres si eres único heredero, la Notaría no te va a permitir recibir masa hereditaria que perjudique a otros herederos legítimos, da igual mediante compraventa o donación.

La única solución es que todos los hermanos aporten el coste de mantenimiento de vuestra progenitora o que sea ella la que venda el piso.
 
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Sólo puedes hacer lo que quieres si eres único heredero, la Notaría no te va a permitir recibir masa hereditaria que perjudique a otros herederos legítimos, da igual mediante compraventa o donación.

La única solución es que todos los hermanos aporten el coste de mantenimiento de vuestra progenitora o que sea ella la que venda el piso.

hay 4 hermanos más pero todos estarían de acuerdo, de hecho ellos tienen que aprobar la operación en el notario ya que mi progenitora está incapacitada y tienen un poder para poder hacer esa tras*acción en su nombre.
 
¿Te interesa especialmente la propiedad inmobiliaria?

Vendesela a un 3º.
 
eso de "yo te dono y tu me donas" no aguanta ni un primer round con el funcionario de turno, mucho menos si recurres y vas a un juez.

Por otra parte, el OP parece desconocer que existe un "impuesto de donaciones", y otro impuesto de tras*misiones patrimoniales y actos juridicos documentados.

de pagar no te vas a librar, ya lo tienen todo montado para que hagas lo que hagas se lleven una buena tajada.

te conviene buscar asesoriamiento profesional,

Se me ocurre que quiza te convenga hacer un prestamo a tu progenitora, documentando el prestamo ante la comunidad autonoma, el tramite suele ser baratillo, 1 o 2€ nada mas.

Si estas en la situacion de que tu progenitora este mayor y se produzca un fallecimiento proximo (que mal rollo da escribirlo, lo siento pero creo que es algo relevante), la deuda formaria parte de la masa hereditaria, creo que al heredar la propiedad no se pagaria plusvalia, pero si se pagaria si se tras*mite en vida.

Pero para cosas como estas es mejor ir a un profesional que conozca que te conviene hacer y como documentarlo.

Es como por ejemplo si un padre tiene una cartera de acciones que compro por 1000€ y con el pasar de los años valen 10000€, si las vende antes de morir, tributaria la ganancia patrimonial de 9000€, unos 1800€ (mas o menos), asi que en su cuenta quedarian 8200€, si fallece despues los herederos reciben 8200 y pagan el impuesto sobre 8200.

Pero si no vende las acciones y fallece, las acciones se heredan por valor de 10000, reciben 10000€ en acciones y pagan el impuesto de sucesiones sobre los 10000, pagan un poquito mas de sucesiones (lo correspondiente a los 1800€, y de padres a hijos es bajo) pero no pierden los 1800 por la plusvalia, y cuando las vendan, pagaran la plusvalia sobre los 10000, no sobre los 1000 por los que las compro el padre.

Bueno, pues algo asi puedes plantearte, si es mas conveniente tras*mitir la propiedad antes o despues, y mientras tanto como puedes resolver el problema de liquidez de tu progenitora de forma que no afecte a los demas hermanos ni a ti, para eso mejor un profesional, no te va a costar mucho dinero y te puede ahorrar un buen pellizco
 
Última edición:
Te toca a ti pagar impuesto de donación, y además la plusvalía. Ella no paga impuesto por ser su vivienda habitual desde , supongo, muchos años.
Pero dices que sólo la mitad del piso..... Esa chapuza que quieres hacer, va a acabar muy muy mal, y no por impuestos.
 
Voy a comprar la mitad de una propiedad a mi progenitora porque necesita dinero para sus cuidados, ella tendrá que tributar en IRPF por la ganancia patrimonial, y yo por ITP.
Estoy pensando fórmulas para ahorrar impuestos en la operación.

Podría en vez de venderme su parte de la casa, donármela. En ese caso seguiría pagando ella el IRPF, pero yo no pagaría el ITP y sólo pagaría el impuesto de donaciones,
¿ es correcto ?

Pero, como necesito que el dinero de la compra vaya a su cuenta corriente, podría en el mismo acto de recibir la donación, donarle yo el dinero equivalente a lo que habría pagado de haberlo comprado? Y de este modo ella pagaría impuesto de donaciones sólo y tampoco habría que pagar ITP ?

La posibilidad de que yo vaya pagando poco a poco el dinero no es factible ya que hay hermanos de por medio y no quiero que surjan desconfianzas y malos rollos, por lo que prefiero que todo el dinero de la falsa-compra esté en su cuenta.

A ver si podéis decirme si esto es factible o habría otra solución más o menos compleja.

Gracias


Una donación tiene consecuencias fiscales que suelen ser importantes. Por una parte, está el impuesto de donaciones, que paga el donatario, y que puede ser muy bajo si hay bonificación autonómica, pero si no lo hay, es del 30% de lo donado...

Y, aparte de eso, al donante se le carga en los ingresos sometidos a IRPF la plusvalía que haya obtenido, es decir, la diferencia entre lo que le costó la casa (o la valoración por herencia/donación original) y la valoración el la donación. Puede ser una pasta...
 
Y abrir una cuenta corriente a nombres de los dos y que uno haga las aportaciones a dicha cuenta?

Asi su progenitora podra disponer de dicho dinero sin tener que pagar ni un duro de impuestos por esto, la donacion de la casa si tendra que pagarlo pero por el resto no.

Siempre y cuando haya confianza, porque en cualquier momento uno de los dos podria desvalijar la cuenta...
 
hay 4 hermanos más pero todos estarían de acuerdo, de hecho ellos tienen que aprobar la operación en el notario ya que mi progenitora está incapacitada y tienen un poder para poder hacer esa tras*acción en su nombre.
¿Y no pueden aportar cada uno de ellos la parte del coste de cuidar a vuestra progenitora en vez de hacer una operación donde la única que se va a beneficiar es Hacienda?

Porque si vuestra progenitora está incapacitada judicialmente os hace falta acuerdo del juez y si está incapacitada a secas el notario no va a permitir la tras*misión de la casa.

Quizás un buen abogado o gestor os aconseje la mejor manera de conseguir lo que queréis.
 
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