El Pionero
Alcalde y presidente de Fútbol Paco premium
"Panorama desolador". Así definen la situación desde la Junta Electoral de Zona de Ponferrada, ciudad en la que tan sólo se ha constituido al completo 1 de las 84mesas electorales de cara a las elecciones generales del 23-J, y en la que ya hubo problemas para formar las mesas en las elecciones municipales del pasado mes de mayo, tal y como explican desde el organismo. Una de las consecuencias de adelantar los comicios a una fecha vacacional para muchos españoles ha sido el aumento del número de excusas y alegaciones que se han interpuesto ante las Juntas Electorales de Zona -entidades competentes para resolver cuestiones de esta índole- para no formar parte de las mesas.
La situación en determinadas zonas de Castilla y León es, como mínimo, preocupante. En la ciudad de León, siendo lo habitual que durante todo el proceso se registren un total de 600 excusas, la cifra ya se ha superado con holgura, estando por encima de las 650 en la mañana del lunes. Además, sólo se han constituido 156 de 361 mesas, menos de la mitad. Sucede lo mismo en Ávila, donde se están presentando excusas insólitas y "que no ha habido en otras elecciones", como comentan desde la Junta de Zona. Ya se han superado las 250 alegaciones, una cifra muy superior a la habitual.
Una vez recibida la notificación para formar parte de una mesa electoral, los ciudadanos tienen un plazo de siete días para presentar sus alegaciones ante las respectivas Juntas Electorales de Zona, que a su vez tienen la obligación de dar una respuesta en un plazo de cinco días. Salvo que éstas sean aceptadas, las personas que hayan sido designadas a través de los sorteos realizados por los Ayuntamientos tienen la obligación de presentarse en el colegio electoral el día de las elecciones. De lo contrario, la ley prevé dos tipos de sanciones: una multa de 6 a 24 meses o una pena de prisión de tres meses a un año.
La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) recoge tres motivos principales por los que una persona puede excusarse de acudir a una mesa: causas personales, familiares o profesionales. No obstante, el motivo principal por el que está habiendo tantas alegaciones es que la Junta Electoral Central (JEC) dictaminó que, de cara al 23-J, tener vacaciones contratadas antes del 29 de mayo era un motivo que exime a los ciudadanos de estar en una mesa electoral.
Tal y como recogen miembros de las juntas electorales, éste es el primer motivo que están exponiendo los ciudadanos, aunque no es el único problema. Muchos de ellos están eludiendo las llamadas de la administración y, como está ocurriendo en Vigo, otra ciudad donde se están encontrando con muchas dificultades desde la Junta Electoral de Zona, no responden a las llamadas de los policías locales que acuden a entregar las notificaciones.
Si bien es cierto que está habiendo problemas en puntos concretos de España para conformar las mesas, y que es una tendencia generalizada el aumento de excusas y alegaciones, la LOREG prevé en su artículo 80 que, en caso de que no se presentaran ni los titulares ni los suplentes de las mesas, éstas serían conformadas con los primeros ciudadanos que acudiesen a votar.
La situación en determinadas zonas de Castilla y León es, como mínimo, preocupante. En la ciudad de León, siendo lo habitual que durante todo el proceso se registren un total de 600 excusas, la cifra ya se ha superado con holgura, estando por encima de las 650 en la mañana del lunes. Además, sólo se han constituido 156 de 361 mesas, menos de la mitad. Sucede lo mismo en Ávila, donde se están presentando excusas insólitas y "que no ha habido en otras elecciones", como comentan desde la Junta de Zona. Ya se han superado las 250 alegaciones, una cifra muy superior a la habitual.
Una vez recibida la notificación para formar parte de una mesa electoral, los ciudadanos tienen un plazo de siete días para presentar sus alegaciones ante las respectivas Juntas Electorales de Zona, que a su vez tienen la obligación de dar una respuesta en un plazo de cinco días. Salvo que éstas sean aceptadas, las personas que hayan sido designadas a través de los sorteos realizados por los Ayuntamientos tienen la obligación de presentarse en el colegio electoral el día de las elecciones. De lo contrario, la ley prevé dos tipos de sanciones: una multa de 6 a 24 meses o una pena de prisión de tres meses a un año.
La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) recoge tres motivos principales por los que una persona puede excusarse de acudir a una mesa: causas personales, familiares o profesionales. No obstante, el motivo principal por el que está habiendo tantas alegaciones es que la Junta Electoral Central (JEC) dictaminó que, de cara al 23-J, tener vacaciones contratadas antes del 29 de mayo era un motivo que exime a los ciudadanos de estar en una mesa electoral.
Tal y como recogen miembros de las juntas electorales, éste es el primer motivo que están exponiendo los ciudadanos, aunque no es el único problema. Muchos de ellos están eludiendo las llamadas de la administración y, como está ocurriendo en Vigo, otra ciudad donde se están encontrando con muchas dificultades desde la Junta Electoral de Zona, no responden a las llamadas de los policías locales que acuden a entregar las notificaciones.
Si bien es cierto que está habiendo problemas en puntos concretos de España para conformar las mesas, y que es una tendencia generalizada el aumento de excusas y alegaciones, la LOREG prevé en su artículo 80 que, en caso de que no se presentaran ni los titulares ni los suplentes de las mesas, éstas serían conformadas con los primeros ciudadanos que acudiesen a votar.
"Panorama desolador" en Ponferrada, la ciudad que sólo ha podido constituir una mesa electoral de 84
"Panorama desolador". Así definen la situación desde la Junta Electoral de Zona de Ponferrada, ciudad en la que tan sólo se ha constituido al completo 1 de las 84...
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