Si, Y curiosamente le sale peor parada la mujer
Desmontando el mito de la asimetría penal en violencia de género
Lesiones graves
Y, continuando con este recorrido, podemos encontrarnos con una verdadera sorpresa.
Las lesiones graves (artículo 148), cuando se cometen con armas,
están más gravemente penadas para el caso de que sea la mujer la autora que si lo es el hombre.
Cómo se explica eso?
Pues, sencillamente, porque
cuando la víctima es mujer no puede aplicarse la agravante de parentesco (artículo 23) -porque ya viene contemplada en el tipo-
y sí cuando la víctima es un hombre.
Ello supone que en el caso de una autora de este delito de lesiones graves (artículo 148.1), la
pena se impondría en su mitad superior, -esto es, de 3 años y 6 meses a 5 años-, mientras que si se trata de autor varón (artículo 148. 1 y 4) la pena podría imponerse en toda su extensión –de 2 a 5 años-.
Esta asimetría “inversa” tiene una importante consecuencia:
en el caso de que las lesiones las causara el hombre a la mujer con la que tuvo o tiene una relación de matrimonio o pareja
cabría la suspensión de la pena y ...
nunca cabría, sin embargo, para la mujer que lesionara al hombre.
Malos tratos habituales
Siguiendo nuestro trayecto, es muy revelador el delito de malos tratos habituales (artículo 173.2), uno de los más frecuentes en la violencia de género, el cual no hace distingos sobre si autor o víctima son varón o mujer, puesto que se refiere al “cónyuge” o relación análoga, sin referencia ninguna al género.
Lo cual supone que no hay asimetría penal ninguna, estando prevista idéntica pena en uno y otro caso.
Tampoco la hay en el nuevo delito de acoso (artículo 172 ter.2), que remite a esos mismo sujetos.
Por tanto, el maltrato habitual -que incluye gran parte del maltrato psicológico- y el acoso, tienen el mismo reproche penal sea cual sea el género de autor y víctima.
Fuera de estos casos, el resto de delitos que se conocen dentro del ámbito de la violencia de género, desde el allanamiento de jovenlandesada, la detención ilegal, las coacciones graves o las amenazas graves, por citar algunos, hasta los de más terrible resultado, como la violación o el homicidio o asesinato, no tienen ninguna previsión específica o genérica a la cualidad de hombre o mujer de autor ni víctima, teniendo previsto exactamente igual castigo.