Nos vamos a la cosa: Declarado culpable el anciano que mató a un ladrón que asaltó su casa en Mallorca.

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Finalmente:


La Justicia absuelve al anciano que mató a uno de los ladrones que entró en su casa para robarle

La Audiencia Provincial de Baleares dicta una nueva sentencia y libra de la guandoca por homicidio a Pablo Rigo

La Audiencia Provincial de Baleares ha absuelto al anciano de 83 años de edad que había sido condenado a pena de guandoca por disparar letalmente con una escopeta de caza a uno de los ladrones que asaltaron violentamente su domicilio para robarle.

La Justicia balear rehace así el primer veredicto alcanzado por el jurado popular, que consideró culpable de homicidio a Pablo Rigo, aunque con una fuerte división y una mayoría de votos insuficiente para condenarle. La Fiscalía pedía para él tres años y nueve meses de prisión.

Los defectos formales del veredicto causaron una gran controversia jurídica y revuelo en la opinión pública, al no haberse aplicado la legislación del jurado popular y dar inicialmente por buena una conclusión sin la mayoría suficiente de votos del jurado que exige la ley.

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares intervino tras los recursos presentados por la defensa del anciano y ya ordenó a la magistrada que presidió el juicio que volviera a valorar el caso y dictara sentencia ajustándose al veredicto corregido.

Así lo había reclamado la nueva defensa legal del anciano, ejercida tras el juicio por el abogado Jaime Campaner. La falta de mayoría suficiente en las deliberaciones del jurado y un error judicial a la hora de valorarlo dejó en el aire el caso y en suspenso la condena.

Ahora la Audiencia Provincial reevalúa el veredicto del jurado popular, dicta sentencia y da la razón a Rigo, declarando su absolución y librándole de la pena de guandoca que reclamaba para él la Fiscalía. La sentencia no es firme, puede ser todavía recurrida.

El jurado

La sentencia recién dictada señala que, tras estudiar el veredicto del jurado popular (integrado por nueve ciudadanos anónimos, ajenos al sistema judicial), "se deduce que el jurado descartó el homicidio intencional" sin atenuantes. También descartó la legítima defensa así como que Rigo actuara con la voluntad completamente anulada por el miedo.

Sí dio por probado, no obstante, "un homicidio bajo afectación grave del entendimiento", declarando la culpabilidad por este hecho. Sin embargo, únicamente cinco de los nueve miembros del jurado votaron a favor de esta tesis, siendo por tanto una mayoría insuficiente para declararle culpable de homicidio.

"Esta mayoría insuficiente me lleva a un pronunciamiento absolutorio, descartando el ánimo de apiolar en la proposición del homicidio doloso", declara la magistrada en la sentencia, a la que ha tenido acceso EL MUNDO.

La jueza remarca en su pronunciamiento las dudas y la división que existió en el jurado, indicando que hubo unanimidad entre sus miembros en torno a la conclusión de que no hubo un homicidio con ánimo, conocimiento y voluntad de apiolar. "No hay prueba suficiente que indique el ánimo de causar la fin", concluye la magistrada.

Ante esas dudas y la ausencia de mayoría suficiente en la votación del jurado, la jueza aplica el principio de 'in dubio pro reo' (ante la duda la justicia debe favorecer al acusado) y decreta la absolución de Rigo.

La sentencia absolutoria puede ser recurrida por la Fiscalía balear. De momento, según ha podido saber este diario, el Ministerio Público no tiene una decisión tomada. Estudiará la sentencia antes de decidir si mantiene su postura de seguir pidiendo prisión para el acusado.

Rigo está en libertad y no ha sido encarcelado por aquellos hechos.

 
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