nelsoncito
Será en Octubre
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el padrón es lo que se utiliza para la declaración de la renta, memo. Estamos hablando de personas físicas.
No hay que contar días ni platanos. Si vas a estar 7 meses en un apartamento de alquiler, ya sabes lo que te toca, empadronarte. Ninguna fruta empresa paga días sueltos de hotel si vas a estar 7 meses trabajando en un sitio, lerdo, y encima pagando viajes para arriba y para abajo para ti. Sale más barato contratar a un local.
Si vives en Galicia y te vas a Canarias 7 meses, sin posibilidad de ir a Galicia el fin de semana, y estas los 7 meses del tirón en Canarias, te tienes que empadronar. Y si no te empadronas en canarias durante ese tiempo, y si averiguan que no resides en galicia, te pueden sacar del padrón de Galicia.
Pero a ver, mascamierdas, ¿yo cómo sé que voy a estar 7 meses en un hotel? La empresa me puede enviar a trabajar en un proyecto y estaré trabajando y viviendo en el hotel de forma intermitente hasta que dure el proyecto, días laborales y extras, con vacaciones de por medio, permisos, bajas y demás. Ni la propia empresa lo sabe de antemano. No respondes a mis preguntas. ¿Me tengo que empadronar en el hotel y abandonar mi residencia habitual sí o no? ¿Me tengo que esperar hasta final de año para contar los días y cumplir la "ley"? ¿O la ley dice que es imposible que tengas que hospedarte en un hotel porque es "caro", aunque lo pague la empresa?
A ver si encuentras un buen gilipollódromo para entrenarte, porque ya tienes un potencial natural descomunal.