Polirisitas
Preñabot
Ah, ¿pero estos no eran los que habian declarado a la guano llamada "latin kings" como ASOCIACIÓN CULTURAL? Que se aclaren ya con que costumbres son las que se han de respetar y cuáles no. Subvenciones aparte, of course.
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Irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables
Artículo 9.3 de la CE
3. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.
Este principio prohíbe que puedan sancionarse conductas en base a normas que se hayan dictado y entrado en vigor con posterioridad a la comisión de ese acto: si lo que la sanción pretende es guiar la conducta de la ciudadanía para que no cometa ciertos actos, no sería lógico sancionar conductas que, en el momento de cometerse, no estaban prohibidas. En este sentido, se trata de una concreción del principio de seguridad jurídica: no se puede acomodar la conducta a una norma que no existe.
Creo que es aplicable a este caso. Así que, chungo.