drstrangelove
Fan de Big Joke
De verdad que hay que explicaros todo...en cuanto vuelvas a España y te registres en el padrón, si tienes nacionalidad española, ya tienes derecho a sanidad:
Para el acceso a la asistencia sanitaria de los españoles residentes en el exterior que retornan a España
pueden darse distintos supuestos, según el colectivo de que se trate y las diferentes situaciones que
se producen en su relación con el sistema de la Seguridad Social español.
Con carácter general, las personas protegidas por esta prestación como aseguradas serían:
» Los trabajadores afiliados y en alta en el sistema, o en situación asimilada a la de alta; los
pensionistas y los perceptores de prestaciones periódicas de algún régimen de la Seguridad Social,
incluidos los perceptores de prestación o subsidio de desempleo.
» Quienes hayan agotado una de estas prestaciones y se encuentren en situación de desempleo, no
acreditando la condición de asegurado por cualquier otro título.
» Las personas que, no siendo aseguradas por ninguno de los puntos anteriores, ni cobertura
sanitaria obligatoria por otra vía, tengan nacionalidad española y residan en territorio español.