Creo el diario sensacionalista de ultraizquierda Huffingtonpost, sabe de venta inmobiliaria lo que yo de mujeres. Y de paso se ha sacado de la manga la noticia que mencionas, confundiendo una vez más sus deseos con la realidad.La Agencia Tributaria puede sancionar con hasta 100.000 euros y penas de guandoca a los propietarios que vendan sus viviendas por debajo de estos porcentajes de su valor de mercado...
Perdón por si me he equivocado de foro.
Hacienda puede multar con hasta 100.000 euros a los propietarios que vendan su vivienda por debajo de este valor
Hacienda vigila el precio al que se venden las viviendas. Si es demasiado bajo, los propietarios pueden ser sancionados.noticiastrabajo.huffingtonpost.es
Un inmueble puedes pretender venderlo por el precio que te salga de la minga porque Hacienda jamás va a perder. Porque si tú vas de listo, Hacienda siempre será más lista que tú. Y si al notario se le ocurriese aprobar por error una escritura con un valor de venta inferior al del catastro, que se vaya untando bien el esfínter de vaselina, porque Hacienda no perdona. Así que te digo simplemente que, salvo que el notario sea un inepto o un petulante, eso no ocurrirá.
Una cosa es el valor de mercado y otra el valor de referencia catastral. Este último Hacienda lo determina según el precio medio de mercado de los inmuebles de una zona, y se revisa cada año.
El valor de mercado, salvo excepciones, es SIEMPRE superior al valor catastral.
Por buscar una comparación, el valor catastral sería el valor nominal de una acción, el relativo al precio real del patrimonio de la empresa, mientras que el valor de mercado es lo que esa acción vale en bolsa, que suele ser un precio inflado y que responde a las expectativas de crecimiento que tiene esa empresa según el mercado.
Por ejemplo ahora mismo una acción del BBVA tiene un valor nominal de 0,49 euros, y sin embargo su valor de mercado es 9,46 euros. ¿Te estoy diciendo que esto de las acciones es como lo de los bulbos holandeses? Sí, eso estoy diciendo: es un engaño aceptado por todo el mundo.
Si tú intentas vender un inmueble por debajo del valor catastral, no hay problema porque el notario te aplicará el valor catastral, que será el que figure en la escritura y en base al cual se te cobrará el ITP (impuesto de tras*misiones patrimoniales). Y si el valor de venta es el de mercado, que normalmente es superior al catastral, ese será el precio de referencia para aplicarte el itp.
Así que como si quieres regalar el piso, el terreno o el garaje, porque por debajo del precio que marca el catastro no podrás vender tu piso. No al menos si lo quieres hacer a través de una notaría.
Otra cosa es que lo vendas de estrangis, con un contrato privado, sin notario de por medio, a lo etniano. Pues entonces sí, puedes venderlo por un euro si así lo quieres. Pero en ese caso olvídate de que la tras*acción tenga validez pública. Y si alguna vez deseas regularizarlo y darlo de alta en el registro de la propiedad, tendrás que pasar por el notario y pagar los impuestos.
Como ves en el mundo occidental y de los ladrones del Estado, está todo inventado.
Del artículo:
O sea que puedes hacer rebajas de hasta el 90% sin problemad.
- Si el precio de venta el menor al 10% del precio real de la vivienda, se estaría cometiendo una infracción leve y las multas oscilaran entre los 1.000 y los 10.000 euros.
Si es que da igual al precio que tú quieras vender el inmueble, porque éste siempre tiene fijado un valor de referencia catastral, que supone el umbral mínimo al que puedes vender. Y si intentas poner un precio por debajo de ese valor, en notario te dirá que no. Así de sencillo.
El valor de referencia catastral es público y cualquiera puede conocer en la página del catastro.
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