Italia sube los impuestos sobre el capital del 26% al 42% para criptoactivos

Te roban el 42% en ese impuesto sobre los rendimientos del capital. Luego al 58% restante también hay que quitarle un 21% que normalmente pagas de IVA con cualquier producto que te quieras comprar.

Son insaciables además de criminales y ladronazos.
 
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Si viviese en Italia lo tendría claro, o las saco ya y me olvido para siempre de invertir o holdeo con huevones hasta tener suficiente profit como para que me sea mejor irme a cualquier país criptofriendly y regularizar mis beneficios allí. Ni de fruta coña iba a pagar un 42% de impuestos por una inversión de alto riesgo para dárselos a un país de cosa.
 
A ver si me podéis ayudar.

Estoy pensado en pillar 2 años de excedencia voluntaria en el trabajo y vivir de los ahorros complementando con pequeñas ventas de bitcoin. Pongamos 6 ó 10.000 euros.

Al no tener que hacer declaración por no recibir absolutamente ningún ingreso excepto esos 6/10.000 euros...tendría la obligación de tributar por ellos? Sí, en principio al exceder de 1.600 euros, parece que sí, pero la duda es esta:

En caso de no superar los 1.600€ brutos anuales por ingresos procedentes de rendimientos del capital mobiliario y/o ganancias patrimoniales y que no hayan estado sometidos a retención o ingreso a cuenta, tampoco estaremos obligados a presentar la declaración por el IRPF.

Se excluye del límite de esos 1.6000€ anuales las ganancias patrimoniales que provenga de tras*misiones, reembolsos de acciones o participaciones de instituciones de inversión colectiva.

Entraría la venta del bitcoin ahí o al ser venta privada me tocaría apoquinar el 21%?
 
A ver si me podéis ayudar.

Estoy pensado en pillar 2 años de excedencia voluntaria en el trabajo y vivir de los ahorros complementando con pequeñas ventas de bitcoin. Pongamos 6 ó 10.000 euros.

Al no tener que hacer declaración por no recibir absolutamente ningún ingreso excepto esos 6/10.000 euros...tendría la obligación de tributar por ellos? Sí, en principio al exceder de 1.600 euros, parece que sí, pero la duda es esta:

En caso de no superar los 1.600€ brutos anuales por ingresos procedentes de rendimientos del capital mobiliario y/o ganancias patrimoniales y que no hayan estado sometidos a retención o ingreso a cuenta, tampoco estaremos obligados a presentar la declaración por el IRPF.

Se excluye del límite de esos 1.6000€ anuales las ganancias patrimoniales que provenga de tras*misiones, reembolsos de acciones o participaciones de instituciones de inversión colectiva.


Entraría la venta del bitcoin ahí o al ser venta privada me tocaría apoquinar el 21%?
No soy experto pero se supone que podrías minorar el mínimo personal y familiar a tu IRPF por lo que, posiblemente, con esas cantidades, no llegarías pagarías nada, o poco, aunque si creo que tendrías que presentar el IRPF anualmente.
La cuantía resultante se minorará en el importe derivado de aplicar a la parte de la base liquidable del ahorro correspondiente al mínimo personal y familiar, la escala anterior.
https://sede.agenciatributaria.gob....tranjero/gravamen-base-liquidable-ahorro.html
 
Pongamos por caso hipotéticamente hablando, que en el corto plazo , la adopción de criptomonedas masiva se agiliza de forma brutal hasta que llega a ser factible comprar y vender con crypto en El día a día e ir al Mercadona a comprar piñas ¿La subida de Meloni sobre el capital podría ser esquivada no?

Siendo así, quizá el afán recaudador de la mafia estatal italiana estaría promoviendo la adopción no? Esquivando la conversión a Fiat digo



Pagar con una moneda cuyo valor ( fuere cual fuere) no puede ser modificado fácilmente y que el vendedor obtenga la totalidad del valor de lo que ofrezca ...parece un buen trato no?

Poco a poco quizá vayamos hacia allí.

Podría darse el caso de que Meloni este disparándose en el pie.

Ya veremos
 
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