Claro, pero de eso va el hilo creo, o eso es lo que pregunta mucha gente.
Creo que el problema principal lo tendrán quienes operaron en un exchange que ya no exista. Aquí en España, ante la AEAT eres culpable, incluso cuando demuestras tu inocencia. Ellos piensan que es que no te han cogido, pero que algo malo has hecho, que eres culpable seguro.
Yo hice mis primeras compras en 2020, exchange europeo, KYC y el histórico guardado. Si un día quiero realizar, avisaré a mi banco con anticipación: "tengo esta pasta en un exchange holandés y voy a sacar tantos euros". Cuando la pasta llegue, no te la paran, porque ya están sobreaviso y, si tu banco no te la para, el Banco de España, literalmente, ni se entera.
Soy cliente de una Caja Rural pequeña desde hace 25 años y ya estaba ese director, lo conozco, me conoce y sabe que no soy un delincuente. Cuando hablan de KYC, hablan de "Know Your Customer". La filosofía es que tu banquero es el chivato, supuestamente porque te conoce. Si no te conoce estás bien estropeado.
Mi mujer es china. Cuando falleció mi suegra, vendieron la casa y se repartieron la pasta. Antes de mandar ni un céntimo a España, hablé con él. Me dijo que le mandara un estado de cuentas de la cuenta de China y una copia de la escritura de compra-venta, aunque estuviera en chino, algo para cubrirse las espaldas. Le mandé todo, más la factura de comisiones de la inmobiliaria y una copia del convenio de doble tributación España/China. A partir de ahí, sin problemas.
El Banco de España no llega a todo y obliga literalmente a los bancos a efectuar el trabajo que esos inútiles no hacen. Si le allanas el camino al banco, no te toca los huevones, lo tengo comprobado varias veces.
Si quieres evitar problemas, ve tú por delante.