Inmobiliaria: He puesto hace 1 hora un anuncio de que alquilo mi casa.

No he seguido leyendo el hilo porque en este punto me he dado cuenta que no te has leído la LAU (la última revisión creo que es de mayo 2023).

Un alquiler de menos de un año lo tienes que demostrar.
Por ejemplo a un profesor, a un trabajador fijo discontinuo que viene de fuera...
Y por tanto no es un alquiler como vivienda habitual.

Si tu alquilas un piso en Madrid (por poner un ejemplo) a un policía de Madrid, destinado en Nuevos Ministerios, ese contrato de 11 meses es papel mojado, pues en su caso es fácil de demostrar que alquila como vivienda habitual, y por lo tanto podrá prorrogarse el alquiler por un año, hasta los 5 años (si el arrendador es persona física o 7 años si no lo es).
Sólo lo sacas si demuestras que necesitas la vivienda para ti o para alguien de 1° consaguinidad.

Por favor, léete la LAU
Cuando estuve con un abogado de una inmobiliaria que me asesoró todo, le dije que yo estaría en el extranjero y luego vuelvo.

Que cuando vuelva tengo que volver a mi casa.

Me dijo que se puede hacer contratos de 6 meses, 8,9 o 11 porque 12 tendría obligación de renovar.

Que es un acuerdo de por ejemplo 9 meses con opción a renovar o no se renueva porque regresó a mi casa.

De todas formas, me asesoraré muy bien antes de todo. Gracias.
 
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Tienes herederos?

Si no es el caso yo vendería el piso y más si te vas a pirar, puedes meter el dinero en un plazo fijo, por poner un ejemplo un depósito de unos 150. 000 euros al 3% pueden darte una rentabilidad de 800 euros mes libres de impuestos eso es lo que puedes obtener de un inquilino y sin riesgos de te destrocen el piso o se quede de inquiokupas

Pero tu mismo suerte

Cuando tengas tu algo como dinero y/o propiedades podrás hacer tu mismo eso que pregonas. O como si inviertes en casino.
 
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