ElBillet
Madmaxista
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El Supremo tumba los 'apartamentos turísticos' en los edificios donde se prohíban las actividades económicas
El Tribunal Supremo acaba de tumbar los apartamentos turísitcos en comunidades vecinales cuyos estatutos prohíban de forma expresa las actividades económicos. De esta manera, la Sala de lo Civil considera que alquilar viviendas con fines turísticos lo es.
En concreto, el Tribunal ha dictado dos sentencias en referencia a estos usos en dos edificios. Uno en Oviedo y otro en San Sebastián. No obstante, aclara que en ninguno de ellos se trata de aplicar la nueva regulación de la Ley de Propiedad Horizontal en la que se establece que debe darse la aprobación de tres quintas partes de los propietarios para el desarrollo de este tipo de acciones, sino de determinar si en los estatutos comunitarios existe una prohibición de destinar los pisos al uso turístico.
El Tribunal Supremo acaba de tumbar los apartamentos turísitcos en comunidades vecinales cuyos estatutos prohíban de forma expresa las actividades económicos. De esta manera, la Sala de lo Civil considera que alquilar viviendas con fines turísticos lo es.
En concreto, el Tribunal ha dictado dos sentencias en referencia a estos usos en dos edificios. Uno en Oviedo y otro en San Sebastián. No obstante, aclara que en ninguno de ellos se trata de aplicar la nueva regulación de la Ley de Propiedad Horizontal en la que se establece que debe darse la aprobación de tres quintas partes de los propietarios para el desarrollo de este tipo de acciones, sino de determinar si en los estatutos comunitarios existe una prohibición de destinar los pisos al uso turístico.