xicomalo
Será en Octubre
- Desde
- 23 Feb 2008
- Mensajes
- 61.995
- Reputación
- 46.957
Todo esto está muy bien como lección y de historia, pero España no e Italia después de la IIGM, ni un país ocupado tras elegir mal el bando como Italia.
En España rige una Constitución, y esta tiene sus procedimientos modificación. Y no es un mero referéndum lo que sería necesario.
El caso italiano no es aplicable en absoluto aquí .
Si se puede hacer una referéndum consultivo preguntado si queremos monarquía o república ...
La Constitución española de 1978.
Título III. De las Cortes Generales
Capítulo segundo. De la elaboración de las leyes
Ver sinopsis
Artículo 92
- Las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos.
- El referéndum será convocado por el Rey, mediante propuesta del Presidente del Gobierno, previamente autorizada por el Congreso de los Diputados.
- Una ley orgánica regulará las condiciones y el procedimiento de las distintas modalidades de referéndum previstas en esta Constitución.