El Gobierno reconoce que olvidó incluir a las víctimas de ETA en su nueva Ley de Empleo

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El Gobierno admite que olvidó incluir a las víctimas de ETA en su nueva Ley de Empleo
PSOE y Podemos registran una enmienda para incluir a las víctimas del terrorismo, cuya omisión tachan de "error material"
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El Gobierno ha olvidado incluir a las víctimas de ETA como colectivo vulnerable en la nueva Ley de Empleo para garantizar su «atención prioritaria» en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), actualmente en tramitación parlamentaria. Para resolver esta ausencia, PSOE y Podemos han tenido que registrar una enmienda en el Congreso de los Diputados en la que admite que «la omisión de este colectivo responde a un error material». Un nuevo gesto que revela la improvisación del Gobierno en materia legislativa.

El texto, impulsado por el Ministerio de Trabajo que dirige Yolanda Díaz, recoge los distintos colectivos que recibirán una «atención prioritaria para la política de empleo» y establece que el Gobierno y las comunidades autónomas «adoptarán programas específicos destinados a fomentar el empleo de las personas con especiales dificultades para el acceso y mantenimiento del empleo y para el desarrollo de su empleabilidad, con el objeto de promover una atención específica hacia las personas integrantes de los mismos en la planificación, diseño y ejecución de las políticas de empleo».

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Extenso listado

La versión de la ley aprobada en el Consejo de Ministros recoge un extenso listado de colectivos vulnerables de atención prioritaria: «Personas jóvenes especialmente con baja cualificación, personas en desempleo de larga duración, personas con discapacidad, personas con capacidad intelectual límite, personas LGTBI, en particular tras*, personas mayores de 45 años, personas migrantes, personas beneficiarias de protección internacional y solicitantes de protección internacional en los términos establecidos en la normativa específica aplicable, mujeres con baja cualificación, mujeres víctimas de violencia de género, personas en situación de exclusión social, personas etnianas, o pertenecientes a otros grupos poblacionales étnicos o religiosos, personas trabajadoras provenientes de sectores en reestructuración, personas afectadas por drogodependencias y otras adicciones, así como personas cuya guardia y tutela sea o haya sido asumida por las administraciones públicas, personas descendientes en primer grado de las mujeres víctimas de violencia de género, entre otros colectivos de especial vulnerabilidad, que son de atención prioritaria en las políticas activas de empleo, u otros que se puedan determinar en el marco del Sistema Nacional de Empleo».

La inclusión en estos grupos permite acceder a itinerarios personalizados para el empleo, ajustados a su perfil profesional y sus necesidades específicas. Pese al detalle del listado, el Gobierno no cita a las víctimas del terrorismo. Un olvido que ha tenido que resolver a posteriori con una enmienda y que se añade a la lista de agravios hacia quienes sufrieron la violencia de la banda terrorista ETA.


tras*

Una de las novedades que ha sido especialmente celebrada por el Ejecutivo es la consideración del colectivo LGTBI, especialmente las personas tras*, en esta atención prioritaria. «Comprenderán que las dificultades de inserción en el mercado de trabajo, permanencia, consolidación, formación o promoción son singularmente diferentes», defendió Yolanda Díaz tras la aprobación del proyecto en el Consejo de Ministros.

La inclusión de este colectivo ha generado polémica por la «discriminación positiva» que supone en relación a otros trabajadores, pero también dudas sobre cómo debería una persona LGTBI identificarse ante los servicios de empleo para acceder a esa atención prioritaria. Se trata de un dato especialmente protegido que no debe constar en ningún registro.

Desde el Ministerio de Trabajo se asegura que será la propia persona interesada la que deberá poner en conocimiento de la administración, de forma totalmente voluntaria, su pertenencia al colectivo LGTBI. El ministerio afirma que esto no supondrá una «marca» para estas personas ni constará en su expediente. Para acceder a la atención preferente será necesario además presentar documentos que justifiquen la situación que da preferencia al colectivo, como una sentencia por discriminación o una declaración responsable, entre otras fórmulas. Trabajo defiende que en este colectivo hay personas «estigmatizadas» y con problemas para el acceso de empleo, que tienen «derecho a ser protegidas».

El Ministerio de Igualdad, que impulsa por su parte la polémica Ley tras*, reconoce que desconoce con qué mecanismo se llevará a cabo esa acreditación ante los servicios públicos de empleo, pero insiste en que la información relativa a la orientación sensual de las personas es «de especial protección», por lo que «habría que aplicar un mecanismo muy cuidadamente detallado y trabajado».


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