El Consejo General del Poder Judicial rechaza la amnistía del 'procés'. Texto COMPLETO de la DECLARACIÓN INSTITUCIONAL

Torrente Ballester

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El Consejo General del Poder Judicial rechaza la amnistía del 'procés' por 9 votos de 15. Texto COMPLETO de la DECLARACIÓN INSTITUCIONAL


La institución que gobierna a los jueces se convierte en el primer órgano constitucional que rechaza la ley que se negocia para investir a Sánchez.

6 noviembre, 2023 -19:57

Es de pago: id y pagad. Lo copio para su estudio como bien de interés social y cultural.


El Consejo General del Poder Judicial se ha convertido esta tarde en el primer órgano constitucional que se pronuncia en contra de la ley de amnistía que Pedro Sánchez negocia con los partidos independentistas para lograr su investidura como presidente del Gobierno.

El órgano de gobierno de los jueces ha aprobado una declaración institucional en la que afirma que la amnistía a los encausados del 'procés' "supone la degradación, cuando no abolición, del Estado de derecho en España".
La declaración, propuesta por ocho de los vocales del CGPJ designados por el PP, sumó el voto del magistrado del Tribunal Supremo Wenceslao Olea, que, aunque también propuesto por el PP, no había firmado la petición de que se convocase un pleno extraordinario para rechazar la amnistía.

El texto, en el que se afirma que aprobar una amnistía para impedir la acción de la Justicia y "convertir en papel mojado" las sentencias dictadas es "rotundamente incompatible con el principio de Estado de derecho", ha recibido, de este modo, nueve votos favorables, uno más de los necesarios para salir adelante.

De este modo, la ausencia del vocal designado por el PSOE Álvaro Cuesta, que había rebajado el quorum de adopción de acuerdos a ocho votos, ha resultado irrelevante: incluso si hubiera asistido, la declaración habría salido adelante.
El presidente en funciones del CGPJ, Vicente Guilarte, también propuesto por el PP, ha votado en blanco, mientras que el resto de los vocales, cuatro designados por el PSOE y uno por el PNV, han votado en contra.
El apoyo de Olea a la declaración se ha producido tras la incorporación al texto inicial de varias consideraciones. Por ejemplo, a propósito de la "desjudicialización" del "conflicto catalán" como finalidad de la amnistía, se señala que la intervención del Tribunal Constitucional ha sido "en defensa de la Constitución" y que el Tribunal Supremo y el resto de los órganos judiciales "se han limitado a la persecución y punición de los delitos que se cometieron".

Texto de la declaración institucional

La declaración, suscrita por los consejeros José María Macías, José Antonio Ballestero, Carmen Llombart, Gerardo Martínez-Tristán, Juan Manuel Fernández Martínez, Juan Martínez Moya, José María Macías, Nuria Díaz Abad, María Ángeles Carmona y Wenceslao Olea, señala lo siguiente:

"El Consejo General del Poder Judicial ha venido observando con creciente preocupación las declaraciones de miembros de algunos partidos políticos minoritarios, algunos de ellos con responsabilidades de gobierno, sobre la eventual amnistía de los delitos cometidos con ocasión de los episodios acaecidos el 1 de octubre de 2017, así como los también cometidos con anterioridad para su preparación, incluidos delitos de corrupción, y los que también se cometieron con posterioridad para oponerse a la acción legítima del Estado para llevar a sus autores ante la Justicia y restablecer el orden público y constitucional alterado".

"En la medida en que esas declaraciones no se respaldaban con una manifestación del presidente del Gobierno en funciones, este Consejo ha preferido mantenerse en una actitud de prudente expectativa. El silencio del presidente del Gobierno en funciones, sin embargo, se rompió el pasado sábado 28 de octubre y en una declaración personal de amplia difusión pública ha afirmado dos cosas: la primera, que efectivamente ha pactado una ley de amnistía con partidos políticos que incluye, entre otros, el dirigido por un prófugo de la justicia que se beneficiará personalmente de la medida; la segunda, que la medida se adoptará en 'interés de España' para impedir un eventual gobierno de partidos de derecha en caso de que hubiese repetición electoral".

Por qué no hay que esperar

"Ante los comentarios vertidos en las últimas horas acerca de la extemporaneidad de esta declaración bajo el argumento de que este Consejo debió esperar a conocer el texto de la proposición de ley para emitir su opinión, afirmamos tanto nuestra legitimidad como la oportunidad para hacerlo ahora".

"La legitimidad para pronunciarnos en relación con iniciativas legislativas como las relativas a una ley de amnistía no sólo resulta del art. 561.1.8ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial, sino que es parte también de los estándares europeos en materia de independencia judicial. Como señala el Comité Consultivo de Jueces Europeos, órgano asesor del Consejo de Europa, organización internacional de la que forma parte España, '40. Los parlamentarios y los miembros del poder ejecutivo deben, por supuesto, respetar la ley en sus relaciones con el Consejo de Justicia y no infringir su papel y su funcionamiento vulnerando o eludiendo las normas jurídicas. Además, las relaciones con el Consejo deben basarse en una cultura de respeto al Estado de derecho y al papel del Consejo de Justicia en su respectivo estado miembro.-

41. Los Consejos de Justicia deben participar activamente en el diálogo con los otros poderes del Estado, especialmente cuando hacen aportaciones sobre proyectos legislativos. Este diálogo debe realizarse en un ambiente de respeto mutuo' (Dictamen del Comité Consultivo de Jueces Europeos del Consejo de Europa nº 24-2021). No puede considerarse en ningún caso ajeno a las funciones de los Consejos de Justicia, ni desde luego de este Consejo General del Poder Judicial, alzar su voz cuando la democracia, las libertades fundamentales y el Estado de derecho puedan estar en peligro (informe del Consejo General del Poder Judicial de junio de 2023 sobre los códigos de conducta de los miembros de los Consejos de Justicia)".

"Ante una iniciativa tan trascendental, razones de prudencia y lealtad institucional justificaban su tramitación como proyecto de ley y no como proposición para dar oportunidad a que los órganos consultivos del Estado emitiesen su opinión técnica. No va a ser así. Los partidos que impulsan la iniciativa legislativa, los mismos que sostienen la acción del Gobierno en funciones, anuncian que han optado por la tramitación parlamentaria que permite prescindir de tales informes. Resulta por ello absurdo que se nos pida esperar a hacer algo que no se podría hacer porque deliberadamente se ha escogido la vía que lo impide".

"La presente declaración no pretende sustituir el informe que se elude con la vía de tramitación escogida para la iniciativa legislativa, pero se emite ante la imposibilidad de formularlo. Y para hacerla no es preciso conocer los aspectos objetivos y subjetivos que delimitarán los contornos de la ley que se anuncia. No es necesario porque lo sustancial ha sido anunciado ya por los diferentes responsables políticos que están negociando la futura ley, entre ellos algunos con responsabilidades pendientes de dilucidar ante los tribunales y que están negociando y determinando su propia exención de responsabilidad. Y a ello hay que añadir que, en cualquier caso, la aprobación de una ley de amnistía, cualquiera que fuese su fundamentación, y cualquiera que fuesen sus aspectos objetivos y subjetivos, entra en conflicto con principios constitucionales diversos, como seguidamente se pondrá de manifiesto, entre ellos el de exclusividad de la jurisdicción, que justifican que este Consejo, como órgano constitucional cuya misión esencial es velar por la independencia judicial, exprese su preocupación ante la inminente tramitación de aquélla".

"La presente declaración institucional parte de una serie de consideraciones que constituyen su fundamento: por un lado, que los derechos fundamentales vinculan a todos los poderes (artículo 53 de la Constitución); por otro, que la concesión de una amnistía en nuestro actual sistema constitucional constituye una grave vulneración de los derechos fundamentales y del propio sistema de división de poderes en que se inspira nuestra Constitución y sobre el que se asienta el Estado de derecho. Este órgano constitucional no puede permanecer en silencio ante una iniciativa como la referida, por las graves consecuencias que tiene en la misma configuración del Poder Judicial que se hace en la Constitución, fuente de legitimidad de todos los poderes del Estado que condiciona el ejercicio de sus potestades".

"Clara" inconstitucionalidad

"Este Consejo no discute las potestades de los grupos parlamentarios con representación en las Cortes para realizar cuantas propuestas de leyes consideren pertinentes; pero tampoco puede aceptar que se acometa una iniciativa que cercene de una forma tan ostentosa los derechos fundamentales de los ciudadanos y las potestades que la Constitución reserva al Poder Judicial. Y ello se afirma sin perjuicio del concreto contenido de la referida proposición, porque tan claros incumplimientos constitucionales se producen por el mero hecho de acometerse una ley -que deberá ser de naturaleza orgánica— que conceda una amnistía".

"Sin perjuicio del debate sobre si la institución de la amnistía puede ser constitucionalmente admisible –en los más de cuarenta años de vigencia de la Constitución los partidos de mayor implantación han venido sosteniendo que no es admisible, como la doctrina constitucionalista más autorizada— es lo cierto que no existe en nuestro ordenamiento una ley de amnistía, lo que obligará a que la proyectada amnistía que se pretende someter a las Cortes sea una ley singular que, siempre según palabras del presidente del Gobierno en funciones, tendría por finalidad solucionar el conflicto de Cataluña con España y desjudicializar el referido 'conflicto político en Cataluña'".

"La vinculación al referido conflicto con la proyectada amnistía hace recaer en el ámbito de los Tribunales, si no la génesis de ese conflicto, si al menos el haberlo sostenido. Con esa idea, que inspira la promesa de iniciativa, se olvida que la intervención de los Tribunales en los hechos acontecidos en Cataluña desde el año 2013, o incluso desde el año 2006, han sido, por lo que se refiere al Tribunal Constitucional, a la defensa de la Constitución que le viene encomendada por mandato constitucional. Por lo que se refiere a los Tribunales de Justicia (Tribunal Supremo, Audiencia Nacional, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Audiencias Provinciales y Juzgados de dicha Comunidad), de manera especial, aunque no solo, los del orden penal, se han limitado a la persecución y punición de los delitos que se cometieron en relación con los mencionados hechos, como, por otra parte, era su cometido constitucionalmente impuesto. Esas actuaciones se han llevado a cabo con una pulcritud procesal que ha comportado la confirmación de todas sus decisiones en las vías procesales oportunas".

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Pues si butifarret el mismo... conprisa:
 
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