Dudas gastos cancelación de préstamo hipotecario.

sigo hilo porque acabo de vender una propiedad,, estoy empezando en tu misma situacion con el banco santander, solo que voy por el paso de que me den el certificado de saldo 0, tampoco me lo cobran pero anteriormente si que me cobraron por pedir un certificado de deuda del prestamo que debia de darle al comprador, me parece que fue 32€, sangrante cuando vi que era darle solo a un boton. hijos de p...
Estos cobran por todo.


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?Que quieres decir con que "sonsacaste" el notario de turno?
?Que elegiste el notario con el que trabaja habitualmente tu banco?

?Te eligió el notario el banco?
?Cuanto te costó el documento notarial?

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Salí del banco con el certificado de saldos de duda cero y habiendo señalado un notario de confianza, el honesto hombre me dijo que caíxa, Santander y las grandes tienen el sistema de apoderados centralizado en grandes ciudades (en este caso Madrid) y que para desplazarse a la provincia adyacente podían tardar entre 2 y 4 meses, así que me plante en mi banco y conseguí que me apuntaran el primer notario (turno) al que se fuera a desplazar el apoderado. La cancelación fueron 120 euros creo

Pd: tuve que "hacerme" a la señorita que me atendió, normalmente las entidades bancarias te ofrecen la gestión de la cancelación por el módico precio de 1000 papeles y evidentemente no van a facilitarte nada que no te puedan cobrar.



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Así es. Yo he cancelado antes de lo previsto en la escritura del préstamo, 8 años antes, así que para que se cancele de oficio me faltarían 8+20 años, 28 añazos.

Quizás no esté vivo para entonces, y en cualquier caso venderé el piso antes, que me quiero jubilar en la costa mediterránea.

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Teniendo la escritura de cancelación firmada por el banco y la liquidación del impuesto (exento) no cuesta nada ir al Registro y levantar la carga.

De lo contrario es como si no fuera tuyo a efectos de vender, hipotecar o cualquier otra cosa que quieras hacer con tu vivienda.

Vamos, yo lo veo claro, lo de la prescripción adquisitva aquí no tiene sentido, ya has pagado tu piso!
 
Teniendo la escritura de cancelación firmada por el banco y la liquidación del impuesto (exento) no cuesta nada ir al Registro y levantar la carga.

De lo contrario es como si no fuera tuyo a efectos de vender, hipotecar o cualquier otra cosa que quieras hacer con tu vivienda.

Vamos, yo lo veo claro, lo de la prescripción adquisitva aquí no tiene sentido, ya has pagado tu piso!
Eso es, si tienes que venderlo por lo que sea por ejemplo, tendrás que quitar la carga deprisa y corriendo... Yo la verdad es que me dejé unos 350€ (el banco me pedía 900 por hacerlo ellos), y no me ha dado tanto gusto gastarme ese dinero en la vida la verdad... Y es un trámite que lo haces sin prisa, en mi caso se fueron 3 o 4 meses en total, pero ¿Cuál es el problema?
 
Teniendo la escritura de cancelación firmada por el banco y la liquidación del impuesto (exento) no cuesta nada ir al Registro y levantar la carga.

De lo contrario es como si no fuera tuyo a efectos de vender, hipotecar o cualquier otra cosa que quieras hacer con tu vivienda.

Vamos, yo lo veo claro, lo de la prescripción adquisitva aquí no tiene sentido, ya has pagado tu piso!
Eso es, si tienes que venderlo por lo que sea por ejemplo, tendrás que quitar la carga deprisa y corriendo... Yo la verdad es que me dejé unos 350€ (el banco me pedía 900 por hacerlo ellos), y no me ha dado tanto gusto gastarme ese dinero en la vida la verdad... Y es un trámite que lo haces sin prisa, en mi caso se fueron 3 o 4 meses en total, pero ¿Cuál es el problema?
Si si, si yo también lo voy a hacer ya y me despreocupo. De hecho lo acabo de hacer esta mañana.

Mi duda era por saber lo que iba a costar, y si me la iban a intentar clavar por algún lado.


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Si si, si yo también lo voy a hacer ya y me despreocupo. De hecho lo acabo de hacer esta mañana.

Mi duda era por saber lo que iba a costar, y si me la iban a intentar clavar por algún lado.


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Hay otro gran motivo para hacerlo ya y no esperar: el gobierno de turno puede quitar la exención del pago de impuestos por cancelación y ponerte, por ejemplo, un 0,5% o un 1% del principal del préstamo, y te soplan 1000 pavos en un momento...
 
Yo lo hice hará un par de meses. 180 más o menos notario y otro tanto registro... No se exacto pero unos 300 o 350 euros en total.

El banco me pedía 800
 
Hay otro gran motivo para hacerlo ya y no esperar: el gobierno de turno puede quitar la exención del pago de impuestos por cancelación y ponerte, por ejemplo, un 0,5% o un 1% del principal del préstamo, y te soplan 1000 pavos en un momento...
Lo he pensado y no es descartable, pero sería muy impopular hacer eso, al menos para la primera vivienda, que es mi caso, y con este comemierdas que tenemos, que vendería a su querida progenitora por 15 minutos más de poltrona, lo veo poco probable.
Aunque a lo largo de los 28 años que faltan para que mi hipoteca se cancele de oficio puede pasar y pasará de todo, así que si lo voy a tener que hacer tarde o temprano, y menos del 0% de impuestos no se puede pagar, pues lo hago ya y santas pascuas.

No estoy seguro, pero creo que la exención no es para hipotecas posteriores.

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Yo lo hice hará un par de meses. 180 más o menos notario y otro tanto registro... No se exacto pero unos 300 o 350 euros en total.

El banco me pedía 800
Los 450€ más fáciles que has ganado en tu vida.... jejejeje.

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Lo he pensado y no es descartable, pero sería muy impopular hacer eso, al menos para la primera vivienda, que es mi caso, y con este comemierdas que tenemos, que vendería a su querida progenitora por 15 minutos más de poltrona, lo veo poco probable.
Aunque a lo largo de los 28 años que faltan para que mi hipoteca se cancele de oficio puede pasar y pasará de todo, así que si lo voy a tener que hacer tarde o temprano, y menos del 0% de impuestos no se puede pagar, pues lo hago ya y santas pascuas.

No estoy seguro, pero creo que la exención no es para hipotecas posteriores.

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Este gobierno (y los que vengan) tienen que subir impuestos para sacar de donde sea, que hay mucha paguita que dar y deuda que pagar intereses... Yo no me fiaría mucho, mira por ejemplo, a quien se le iba a ocurrir subir el impuesto de matriculación, con lo mal que está el sector... Pues se sube y punto. O hablamos de pagar (repagar, más bien) por circular por autovías... Hay muchos ejemplos...

Además el que se quita la hipoteca es un rico capitalista opresor, la borregada vería bien que paguen más
 
Amigos, ya he recogido del registro la cancelación de la hipoteca.

Me ha costado en total 133 y algo €, y me han hecho dos facturas, cada una de, aproximadamente, la mitad. Una a mi nombre y la otra a la de mi banco.

Me ha dicho la registradora que esta última se la puedo repercutir a mi banco, ya que está motivada por el hecho de haber tenido una fusión bancaria durante el tiempo de mi hipoteca.

Yo hice la hipoteca con Ibanesto, y luego Santander les absorbió, con lo que pase a tener la deuda con ellos.
Por lo visto, esa circunstancia incrementa el costo de la cancelación registral.

Mi pregunta es ?alguien ha repercutido esa factura al banco?
?Como?....?que han respondido?

Gracias de antebrazo.


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Interesa este tema.

En muy poco tiempo termino la cosa que me queda por amortizar y querré hacer lo mismo. En mi caso en BBVA

Si lo he entendido, los pasos una vez pagada la última cuota, son:

1-Solicitar al banco el certificado de deuda cero. Por esto no me tienen que cobrar nada. Decirles que todas las gestiones las voy a hacer yo, por lo que no quiero pagar nada a ninguna gestoría.

2- ¿Tengo que ir a un notario? ¿A que notario? ¿vale cualquiera? ¿El notario tiene que tener la sede en tu municipio?

3-¿Le comunico al banco que se pongan en contacto con mi notario? ¿Y si no quieren? ¿No es mejor en estos casos avisarles por teléfono y además mandar la orden por email?

4-Esperar a que el notario te llame con la escritura original de cancelación firmada, además necesitaré una copia simple que se quedará hacienda. El gasto puede ser unos 150 euros por 100 mil euros de hipoteca.

5-Ir a la hacienda autonómica a pagar un impuesto que tiene cero gastos ¿Se puede hacer telematicamente?. Si es presencial, ¿hay que pedir cita?
¿En el impreso 600 que hay que rellenar hay algún dato "raro" que tengamos que consultar en algún lado?

6-Ir al registro con la cancelación original y la copia de haber realizado el impuesto. ¿Cuando te cuesta esto?


¿Me he saltado algún paso?

Y por último. En el caso de que la propiedad pagada y cancelada sea de los dos cónyuges y la hipoteca también, ¿tienen que hacer estas acciones los dos o vale con que firme y vaya uno de ellos?
 
Última edición:
Una vez hecho esto, me queda ir al registro con la escritura original de cancelación y el documento de hacienda. Esto aún no lo he hecho, porque quisiera información de cuánto me debería costar, dado que, según me explicó la del registro de la propiedad cuando fui a preguntar cuánto era el coste de hacerlo, depende de la cantidad inicial del préstamo, y de qué banco es, porque no es el mismo importe si el banco ha sido absorbido o se ha fusionado con otro en el tras*curso de la hipoteca.

Y esa es mi pregunta a quien ya haya hecho el trámite del registro.
?Cuanto es?, ?de que hay que tener cuidado para que no te la claven?.
Agradezco cualquier dato de interés acerca del asunto.

Gracias de antepierna.

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En base a la doctrina del Tribunal Supremo, el Registrador debiera aplicar el arancel correspondiente a “inscripciones” recogido en el Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad, tomando como base la cifra del capital pendiente de amortizar reducida en un 90%, con reducción al 75% sin que el resultado final pueda ser inferior 24,040484€ ni superior a los 2.181,673939€. Al importe obtenido se le aplica una rebaja del 5%.

No obstante, podría ocurrir que fuera ligeramente diferente si decide aplicar la Ley 8/2012, de 30 de octubre, sobre saneamiento y venta de los activos inmobiliarios del sector financiero.

Más ampliado el asunto en ALZAMIENTO DE HIPOTECA. GASTOS ASOCIADOS
 
¿Cuantas caras de un folio suele tener la escritura de cancelación (aproximadamente)?
 
Interesa este tema.

En muy poco tiempo termino la cosa que me queda por amortizar y querré hacer lo mismo. En mi caso en BBVA

Si lo he entendido, los pasos una vez pagada la última cuota, son:

1-Solicitar al banco el certificado de deuda cero. Por esto no me tienen que cobrar nada. Decirles que todas las gestiones las voy a hacer yo, por lo que no quiero pagar nada a ninguna gestoría.

2- ¿Tengo que ir a un notario? ¿A que notario? ¿vale cualquiera? ¿El notario tiene que tener la sede en tu municipio?

3-¿Le comunico al banco que se pongan en contacto con mi notario? ¿Y si no quieren? ¿No es mejor en estos casos avisarles por teléfono y además mandar la orden por email?

4-Esperar a que el notario te llame con la escritura original de cancelación firmada, además necesitaré una copia simple que se quedará hacienda. El gasto puede ser unos 150 euros por 100 mil euros de hipoteca.

5-Ir a la hacienda autonómica a pagar un impuesto que tiene cero gastos ¿Se puede hacer telematicamente?. Si es presencial, ¿hay que pedir cita?
¿En el impreso 600 que hay que rellenar hay algún dato "raro" que tengamos que consultar en algún lado?

6-Ir al registro con la cancelación original y la copia de haber realizado el impuesto. ¿Cuando te cuesta esto?


¿Me he saltado algún paso?

Y por último. En el caso de que la propiedad pagada y cancelada sea de los dos cónyuges y la hipoteca también, ¿tienen que hacer estas acciones los dos o vale con que firme y vaya uno de ellos?

Partiendo de la base de que cada banco tiene su forma, yo con el Santander hice lo siguiente:

1/Solicitar el certificado de "saldo de deuda cero"
Es gratis. Si esos ladrones del Santander no me han cobrado es porque no podían hacerlo. Además yo soy bastante guerrillero y porculero, así que no me han tocado los cataplines, porque saben que no les trae cuenta.
Te pedirán el nombre de tu notario, que puede ser cualquiera que tú elijas, pero conviene que sea del municipio donde esté la sucursal implicada, porque si es de lejos QUIZAS te quieran cobrar desplazamiento. Se que si es a más de cierta distancia de la sucursal (mucha) pueden hacerlo, pero no veo razón para hacerlo con notario lejano.
Deja claro que el trámite lo quieres hacer tú, para no incurrir en gastos.

2/Llamé a mi notario para que me diera cita para llevarle el certificado y una nota simple actualizada, que se saca en el registro de la propiedad donde esté tu vivienda.
El notario me dice que el Santander siempre lo hace todo a través de su gestoría, y que si no es así no vienen ni a firmar, así que no me queda más remedio que darle al banco el nombre de mi notario para que ellos contacten, dejando siempre claro que la gestión la quiero hacer yo personalmente, para no incurrir en gastos.
Podría haber probado en otro notario, pero no lo hice.

3/En cosa de un mes o así, el notario me llama que ya está hecha la escritura de cancelación, y que pase a por ella. Todo muy rápido.
Paso y me cuesta unos 160€ original, copia simple y factura.

4/Con eso pides cita en la hacienda AUTONÓMICA, no en la estatal.
Vas allí con lo del notario, rellenas un impreso modelo 600, normal, sin nada extraño, y en lo que tardas en hacerlo, el funci ya ha hecho telemáticamente el trámite de documentar la exención del impuesto, y te devuelve todas tus copias +el documento justificativo de la exención.

5/ Con eso al registro donde esté tu vivienda (en ciudades puede haber más de un registro, aunque suelen estar todos cerca.
Entregas todos los papeles allí, te llevas sellada una copia de la solicitud de inscripción registral de la cancelación de préstamo hipotecario, y esperas a que te llamen.

6/Cuando te llamen vas, pagas, en mi caso133€, (principal de 96.000€) y te llevas todo lo que entregaste más una O DOS, facturas, una a tu nombre, y la otra a nombre del banco, esta última solo en el caso de que haya habido una fusión bancaria en el tiempo de tu hipoteca.
Esta última me ha dicho la registradora que se la puedes repercutir a tu banco, porque es gasto de ellos. Esto último es lo único que aún no he hecho, ya que la he recogido hoy.

Supongo que todo se puede hacer telematicamente, pero hay que tener firma digital, y yo no la tengo, así que ni lo he intentado.
Me voy a sacar la firma esa, para futuros trámites. La veo útil.

La escritura tendrá unas 6 u 8 hojas timbradas.




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