Interesa este tema.
En muy poco tiempo termino la cosa que me queda por amortizar y querré hacer lo mismo. En mi caso en BBVA
Si lo he entendido, los pasos una vez pagada la última cuota, son:
1-Solicitar al banco el certificado de deuda cero. Por esto no me tienen que cobrar nada. Decirles que todas las gestiones las voy a hacer yo, por lo que no quiero pagar nada a ninguna gestoría.
2- ¿Tengo que ir a un notario? ¿A que notario? ¿vale cualquiera? ¿El notario tiene que tener la sede en tu municipio?
3-¿Le comunico al banco que se pongan en contacto con mi notario? ¿Y si no quieren? ¿No es mejor en estos casos avisarles por teléfono y además mandar la orden por email?
4-Esperar a que el notario te llame con la escritura original de cancelación firmada, además necesitaré una copia simple que se quedará hacienda. El gasto puede ser unos 150 euros por 100 mil euros de hipoteca.
5-Ir a la hacienda autonómica a pagar un impuesto que tiene cero gastos ¿Se puede hacer telematicamente?. Si es presencial, ¿hay que pedir cita?
¿En el impreso 600 que hay que rellenar hay algún dato "raro" que tengamos que consultar en algún lado?
6-Ir al registro con la cancelación original y la copia de haber realizado el impuesto. ¿Cuando te cuesta esto?
¿Me he saltado algún paso?
Y por último. En el caso de que la propiedad pagada y cancelada sea de los dos cónyuges y la hipoteca también, ¿tienen que hacer estas acciones los dos o vale con que firme y vaya uno de ellos?
Partiendo de la base de que cada banco tiene su forma, yo con el Santander hice lo siguiente:
1/Solicitar el certificado de "saldo de deuda cero"
Es gratis. Si esos ladrones del Santander no me han cobrado es porque no podían hacerlo. Además yo soy bastante guerrillero y porculero, así que no me han tocado los cataplines, porque saben que no les trae cuenta.
Te pedirán el nombre de tu notario, que puede ser cualquiera que tú elijas, pero conviene que sea del municipio donde esté la sucursal implicada, porque si es de lejos QUIZAS te quieran cobrar desplazamiento. Se que si es a más de cierta distancia de la sucursal (mucha) pueden hacerlo, pero no veo razón para hacerlo con notario lejano.
Deja claro que el trámite lo quieres hacer tú, para no incurrir en gastos.
2/Llamé a mi notario para que me diera cita para llevarle el certificado y una nota simple actualizada, que se saca en el registro de la propiedad donde esté tu vivienda.
El notario me dice que el Santander siempre lo hace todo a través de su gestoría, y que si no es así no vienen ni a firmar, así que no me queda más remedio que darle al banco el nombre de mi notario para que ellos contacten, dejando siempre claro que la gestión la quiero hacer yo personalmente, para no incurrir en gastos.
Podría haber probado en otro notario, pero no lo hice.
3/En cosa de un mes o así, el notario me llama que ya está hecha la escritura de cancelación, y que pase a por ella. Todo muy rápido.
Paso y me cuesta unos 160€ original, copia simple y factura.
4/Con eso pides cita en la hacienda AUTONÓMICA, no en la estatal.
Vas allí con lo del notario, rellenas un impreso modelo 600, normal, sin nada extraño, y en lo que tardas en hacerlo, el funci ya ha hecho telemáticamente el trámite de documentar la exención del impuesto, y te devuelve todas tus copias +el documento justificativo de la exención.
5/ Con eso al registro donde esté tu vivienda (en ciudades puede haber más de un registro, aunque suelen estar todos cerca.
Entregas todos los papeles allí, te llevas sellada una copia de la solicitud de inscripción registral de la cancelación de préstamo hipotecario, y esperas a que te llamen.
6/Cuando te llamen vas, pagas, en mi caso133€, (principal de 96.000€) y te llevas todo lo que entregaste más una O DOS, facturas, una a tu nombre, y la otra a nombre del banco, esta última solo en el caso de que haya habido una fusión bancaria en el tiempo de tu hipoteca.
Esta última me ha dicho la registradora que se la puedes repercutir a tu banco, porque es gasto de ellos. Esto último es lo único que aún no he hecho, ya que la he recogido hoy.
Supongo que todo se puede hacer telematicamente, pero hay que tener firma digital, y yo no la tengo, así que ni lo he intentado.
Me voy a sacar la firma esa, para futuros trámites. La veo útil.
La escritura tendrá unas 6 u 8 hojas timbradas.
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