Duda Seguro de Hogar

Respecto de las exclusiones, pues hay pólizas y pólizas.... efectivamente certifico que nadie se las lee... y a los mediadores nos cuesta dios y ayuda convencer a la gente de que por 20 o 30 euros más tendría muchas más cosas cubiertas...

Vale, recomiéndame una póliza honrada, que me la leo y ya veré.
Si es verdad eso de que hay contratos dignos, abriré un hilo para glorificarte.

- Los cristales, fontanería, robos, etc.... son una mísera parte de la siniestralidad (en volumen, no en frecuencia). Lo rellenito se va en siniestros de responsabilidad civil..... fliparías la de veces que la gente inunda, no su piso, sino los de abajo....

¿Y qué me cuesta pagarle la destroza al de abajo?
 
Entiendo que la función de los seguros de hogar no son para cubrirse a uno mismo (que también) de cualquier eventualidad sino cubrir los problemas que tú puedas generarles a los demás.

Calarle la casa a tu vecino de abajo puede salirte por un ojo de la cara si no tienes seguro.
 
Que sí, que vale, pero hagamos números anda.
Cien euros al año son mil a los diez años. ¿Me estás diciendo que cada diez años me van a explotar las cañerías?

No, pero sí se te puede estropear la lavadora y mojar al vecino de abajo como me ocurrió hace un par de años.
 
A finales de este mes me vence el seguro de Hogar y he decidido cambiar de entidad aseguradora.

La sorpresa viene cuando he llamado a mi aseguradora actual para comunicar la no renovación del seguro, y me indican que no pueden no renovar el seguro porque legalmente tengo que avisarles con 2 meses de antelación. Me indican que así está estipulado en el reglamento de la DGS.

Acabo de recibir el recibo para el próximo año y me quieren meter 213 euros. Cuando antes pagaba 90 en otra compañía (me fui porque no supieron ocuparse bien de un problema).

Ahora estoy pensando en cambiarme y me temo que también me van a decir lo de los dos meses.
 
No, pero sí se te puede estropear la lavadora y mojar al vecino de abajo como me ocurrió hace un par de años.

Y eso lo blindas contratando a una aseguradora, olé tus huevones.

No se te pasa por la cabeza montar una vía de desagüe contra el patio de luces. Coste: hacer un agujero a ras de suelo en la pared exterior de la galería, y de paso nos aseguramos que se pueda tender ropa o regar las plantas en la galería sin encharcar.

¿Que no se puede por tal y por cual? Pues un drenaje del suelo de la cocina contra la bajante. Coste: menos de lo que vale una póliza, y de paso nos aseguramos de que tampoco se inunde la cocina por temas de grifería o refrigeración.

Si es que sois la leche. Y luego lonchafináis las minuncias.
 
Bueno, parece ser que en mi caso sí me puedo dar de baja. La letra pequeña de la factura dice:

"Ley CHATEL: en complemento de las disposiciones de su contrato, usted dispone de un periodo de 20 días después de la fecha de envío del presente documento (el sello de Correos siendo prueba) para denunciar la reconducción del presente contrato".

Ahora los llamaré. Primero voy a ver los precios en otras aseguradoras :)

Debe de haber cambiado la ley (al menos en Francia). Recuerdo que cuando me mudé tuve que prevenir con dos meses. La verdad es que me parece abusivo.
 
Y eso lo blindas contratando a una aseguradora, olé tus huevones.

No se te pasa por la cabeza montar una vía de desagüe contra el patio de luces. Coste: hacer un agujero a ras de suelo en la pared exterior de la galería, y de paso nos aseguramos que se pueda tender ropa o regar las plantas en la galería sin encharcar.

¿Que no se puede por tal y por cual? Pues un drenaje del suelo de la cocina contra la bajante. Coste: menos de lo que vale una póliza, y de paso nos aseguramos de que tampoco se inunde la cocina por temas de grifería o refrigeración.

Si es que sois la leche. Y luego lonchafináis las minuncias.

Si me hace la obra a buen precio...

10 años de seguro es lo que me puede costar la obra. No sé si compensa.
 
A finales de este mes me vence el seguro de Hogar y he decidido cambiar de entidad aseguradora.

La sorpresa viene cuando he llamado a mi aseguradora actual para comunicar la no renovación del seguro, y me indican que no pueden no renovar el seguro porque legalmente tengo que avisarles con 2 meses de antelación. Me indican que así está estipulado en el reglamento de la DGS.

Me he quedado :8:. ¿es realmente así o puedo cambiarme de seguro cuando se me ponga de los eggs?.

Gracias de antemano.

Bien, yo he estado en la misma tesitura que vos.

Y es cierto, debes avisar con dos meses de antelación, pero...

la compañía aseguradora, debe hacer lo mismo, ya que todos los años las cuotas de la prima varían, aunque sea unos céntimos.

Por tanto, si ellos no te han avisado con esos dos meses de antelación, puedes desligarte. Aseguraté y envíales una carta certificado con acuse de recibo solicitando la baja.

Lo único que podrían hacer es ir a un proceso judicial, pero si no te han notificado a tí con esos 2 meses de antelación no lo harán, ya que en un supuesto juicio tú tendrías ese as en la manga, cosa que la compañía sabe y por tanto te dejarán marchar.

Otra cosa es si te han avisado en los plazos legales, entonces yo que tú apechugaría y el año que viene estaría más atento.
 
Acabo de recibir el recibo para el próximo año y me quieren meter 213 euros. Cuando antes pagaba 90 en otra compañía (me fui porque no supieron ocuparse bien de un problema).

Ahora estoy pensando en cambiarme y me temo que también me van a decir lo de los dos meses.

Yo no lo dudo, ya me he cambiado.
 
Bien, yo he estado en la misma tesitura que vos.

Y es cierto, debes avisar con dos meses de antelación, pero...

la compañía aseguradora, debe hacer lo mismo, ya que todos los años las cuotas de la prima varían, aunque sea unos céntimos.

Por tanto, si ellos no te han avisado con esos dos meses de antelación, puedes desligarte. Aseguraté y envíales una carta certificado con acuse de recibo solicitando la baja.

Lo único que podrían hacer es ir a un proceso judicial, pero si no te han notificado a tí con esos 2 meses de antelación no lo harán, ya que en un supuesto juicio tú tendrías ese as en la manga, cosa que la compañía sabe y por tanto te dejarán marchar.

Otra cosa es si te han avisado en los plazos legales, entonces yo que tú apechugaría y el año que viene estaría más atento.

Pues no me han enviado la carta con el nuevo precio ...
 
Coincido con opinantedesautorizado, más con una salvedad.
Partiendo de la premisa que el cumplimiento de los contratos no puede dejarse al arbitrio de una de las partes contratantes no podría existir variacion en la póliza, SALVO que en las condiciones generales o particulares del contrato se determinara que el incremento anual de la poliza se actualizará conforme al IPC automaticamente sin necesidad de comunicacion alguna. Ese pacto por el incremento, y su necesidad o no no de comunicacion es la carta que deberías jugar.
 
Volver