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Madmaxista
Las 11 “puertas del infierno” que Franco instaló en Galicia
El periodista Carlos Hernández documenta los campos de concentración en territorio gallego, por los que pasaron al menos 30.000 personas entre 1936 y 1940
Es inevitable, las palabras “campo de concentración” remiten a Auschwitz, al holocausto judío, a la Alemania nancy. Pero también fueron una realidad mucho más cercana: entre 1936 y 1940, las autoridades franquistas instalaron y nombraron con ese sintagma hasta 11 de estos recintos en Galicia, sobre todo en su costa.
PERIODISMO PARA ANALFABETOS FUNCIONALES :
CAMPO DE PRISIONEROS : CONVENIOS DE GINEBRA. EN TODAS LAS GUERRAS EXISTEN CAMPOS DE PRISIONEROS. EL fulastre DEL PERIODISTA NO LO SABE; SE LO RECORDAREMOS AHORA : EN ESPAÑA HUBO UNA GUERRA ENTRE 1.936 Y 1.939.
CAMPOS DE TRABAJO : CREADOS POR LA REPÚBLICA.
REPETIMOS :
Gaceta de la República.- Núm. 362 27 Diciembre 1.936
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
D E C R E T O S
Como consecuencia lógica de la cruenta guerra civil que sufre España existen en las prisiones dependientes del poder legítimo grandes contingentes de presos, los cuales, en su diversidad de responsabilidad, por su actuación facciosa, van siendo juzgados por los Tribunales Especiales Populares y por los Jurados de Urgencia, creados éstos para los deafectos al régimen. A los fines de atender adecuadamente todos los servicios de las prisiones, afianzando con ello las garantías jurídicas del detenido, y de atender a las necesidades de descongestionar talesprisiones, separando de ellas a los rebeldes ya enjuiciados por los órganos de Justicia que oportunamente se crearon, se considera de urgente necesidad la creación de un nuevo sistema dé vida penitenciaria para aquellos que contra el régimen atentaron en el movimiento rebelde.
A tal fin, y teniendo en cuenta, además de las condiciones expuestas; la inactividad personal de los condenados en el antiguo sistema penitenciario, contraria a la nueva norma que inspira el sentimiento de la nueva sociedad que surge, es propósito firme del Gobierno la creación de Campos de Trabajo de condenados en el movimiento rebelde, para obras de utilidad pública que resuelvan problemas en las comarcas de concentración que, sin agudizar ni crear paro obrero, constituyan creación de nueva riqueza al mismo tiempo que cumplen la sanción impuesta, orientándoles, además, en hábitos de trabajo y de formación en armonía con los principios sociales en que, necesariamente, han de actuar todos los ciudadanos de nuestro pueblo; por todo ello, de acuerdo con el Consejo de Ministros y a propuesta de su Presidente,
Vengo en disponer:
Primero. Se crean los Campos de Trabajo para los condenados por los Tribunales Especiales Populares que entienden en los delitos de rebelión, sedición y todos aquellos que en lo sucesivo pueda entender
el Tribunal Especial Popular, y para los condenados por desafección al régimen por los Jurados de Urgencia.
Segundo. De la custodia de los condenados se encargará el personal idóneo que formará el Cuerpo de Vigilantes de Campos de Trabajo, integrado por miembros avalados por las dos sindicales y partidos del Frente Popular y que reúnan las condiciones que oportunamente determinará y hará públicas el Ministro del ramo.
Tercero. Las obras que se han de efectuar en estos Campos de Trabajo tendrán carácter público, tales como canales de riego, ferrocarriles, carreteras, traídas de agua potable para los pueblos inmediatos que los precisen; répoblaciónes forestales, construcción de edificios públicos, preparación de granjas agrícolas del Estado, campos de explotación agrícola y cuantas se consideren de interés nacional, regional o local.
Dado en Barcelona, a veintiséis de Diciembre de mil novecientos treinta y seis.
MANUEL AZAÑA
El Presidente del Consejo de Ministros,
FRANCISCO LARGO CABALLERO