Tarúguez
Madmaxista
Y a mí que me parece que esto, no es inventado...
El Sr. G. C., inició la investigación sobre esta Red de *******astas en septiembre de 1997, por el comentario de un compañero perteneciente el Cuerpo de la Guardia Civil del Cuartel de Castellón, que le comentó el problema que tenía el Sr. … por lo sucedido a sus hijas, poniéndose el Sr. C. en contacto telefónico con el Sr. … y citándose en Benicarló para conocer el asunto, asistiendo a la cita con sus compañeros de equipo Sres. H. y O..
El Sr. G. C., como jefe de este grupo se le facilito la información de todo lo actuado en la D.P. 522/97, del Juzgado nº 2, de Vinarós, y después de haber estudiado concienzudamente el nombrado procedimiento hubo otras reuniones con el Sr. C., junto con sus compañeros de equipo en Benicarló,
A los agentes de la Policía Judicial de Castellón, les llamó mucho la atención, el que la Juez S. D. G., no ordenara el registro y la investigación en la masía Mas del Coll de Rosell (Castellón), ya que pudieron observar, por la documentación de las D.P. 522/97, que la Juez tenía conocimiento de lo que estaba ocurriendo en este lugar, por lo denunciado en la ampliación de denuncia del 28 de abril de 1997, los Agentes de la Policía, no comprendían la pasividad de la Juez S. D. G., después de haber escuchado y estudiado las copias de las tres cintas de audio donde se grabaron las confesiones que las niñas le hicieron a su padre.
Los nombrados agentes tenían el pleno convencimiento de que la progenitora de las menores X e Y estaba implicada o amenazada y consentía sin otra alternativa los abusos sensuales sufridos por sus hijas.
Convencido éste y sus compañeros que detrás de F. en ese momento estaba operando una red de *******astas, que filmaban y abusaban de niños en la masía Mas del Coll, decidieron montar un dispositivo de vigilancia en este lugar e investigar los hechos denunciados en dicha ampliación de denuncia del 28/04/97. Todo esto fue abortado por la propia S. D. G., Juez Instructora de las D.P. 522/97, al tener conocimiento ésta de la investigación que se estaba desarrollando por el Sr. C. y sus compañeros H. y O. sobre los hechos delictivos que estaban ocurriendo en la masía Mas del Coll en Rosell (Castellón)
Cuando el Sr. G. C. y su equipo abandonaron “forzosamente” la investigación que estaban realizando en el Mas del Coll, éste le comentó a ..., y dijo textualmente:
“La Jueza S. D. G. se ha enterado que estamos investigando en la Masía y nos ha mandado a casita”
.
El Sr. G. C., inició la investigación sobre esta Red de *******astas en septiembre de 1997, por el comentario de un compañero perteneciente el Cuerpo de la Guardia Civil del Cuartel de Castellón, que le comentó el problema que tenía el Sr. … por lo sucedido a sus hijas, poniéndose el Sr. C. en contacto telefónico con el Sr. … y citándose en Benicarló para conocer el asunto, asistiendo a la cita con sus compañeros de equipo Sres. H. y O..
El Sr. G. C., como jefe de este grupo se le facilito la información de todo lo actuado en la D.P. 522/97, del Juzgado nº 2, de Vinarós, y después de haber estudiado concienzudamente el nombrado procedimiento hubo otras reuniones con el Sr. C., junto con sus compañeros de equipo en Benicarló,
A los agentes de la Policía Judicial de Castellón, les llamó mucho la atención, el que la Juez S. D. G., no ordenara el registro y la investigación en la masía Mas del Coll de Rosell (Castellón), ya que pudieron observar, por la documentación de las D.P. 522/97, que la Juez tenía conocimiento de lo que estaba ocurriendo en este lugar, por lo denunciado en la ampliación de denuncia del 28 de abril de 1997, los Agentes de la Policía, no comprendían la pasividad de la Juez S. D. G., después de haber escuchado y estudiado las copias de las tres cintas de audio donde se grabaron las confesiones que las niñas le hicieron a su padre.
Los nombrados agentes tenían el pleno convencimiento de que la progenitora de las menores X e Y estaba implicada o amenazada y consentía sin otra alternativa los abusos sensuales sufridos por sus hijas.
Convencido éste y sus compañeros que detrás de F. en ese momento estaba operando una red de *******astas, que filmaban y abusaban de niños en la masía Mas del Coll, decidieron montar un dispositivo de vigilancia en este lugar e investigar los hechos denunciados en dicha ampliación de denuncia del 28/04/97. Todo esto fue abortado por la propia S. D. G., Juez Instructora de las D.P. 522/97, al tener conocimiento ésta de la investigación que se estaba desarrollando por el Sr. C. y sus compañeros H. y O. sobre los hechos delictivos que estaban ocurriendo en la masía Mas del Coll en Rosell (Castellón)
Cuando el Sr. G. C. y su equipo abandonaron “forzosamente” la investigación que estaban realizando en el Mas del Coll, éste le comentó a ..., y dijo textualmente:
“La Jueza S. D. G. se ha enterado que estamos investigando en la Masía y nos ha mandado a casita”
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