Condenado en Alicante propietario de web de descargas a 5 millones de euros

Elirregular

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Condenado en Alicante propietario de web de descargas a 5 millones de euros

El dueño de una web con contenido pirateado deberá pagar más de cinco millones de euros a la compañía que desarrolló el software de navegación por ofrecer 82.482 copias sin autorización.

El daño que causan las descargas ilegales a través de Internet tiene un precio. Más de cinco millones de euros es lo que tendrá que pagar el dueño de una web desde la que se podía acceder a los programas de navegación Tom Tom. La empresa titular del famoso software de mapas y radares ha logrado que la Audiencia Provincial de Alicante reconozca sus derechos de propiedad intelectual y condene al responsable de las copias ilegales al pago de una indemnización millonaria.

En total se produjeron 82.482 descargas con archivos de aplicaciones informáticas de Tom Tom International, una actividad ilícita que se prolongó durante meses.

La sentencia, que es firme, no discute el daño causado –que ya quedó probado en la sentencia de instancia– sino la cuantía de la indemnización, que se calcula sobre la base de lo dispuesto en el artículo 140 de la Ley de Propiedad Intelectual, en función de la pérdida sufrida, pero también de la ganancia que se haya dejado de obtener.

Así, el fallo fija como importe de la indemnización el resultado de multiplicar el número de descargas por el precio de venta al público del programa (69,95 euros), menos 8 euros de royalty hipotético, es decir, la ganancia que reportaría al titular del derecho licenciar la explotación de sus programas por un tercero. El resultado de esa operación da 5.109.759 euros.

importuna frutada: Condenado en Alicante propietario de web de descargas a 5 millones de euros
 
O sea, que han arruinado para los restos al dueño de esa web (a no ser que esa deuda expire algún día).

Lo que hizo el tío no está justificado, pero la sentencia me parece injusta desde el momento en que pretende resarcir supuestas pérdidas en las ganancias, cuando todos sabemos que el 99% de gente que se descargó las actualizaciones no habrían ido a comprarlas en su lugar.

Esto es absurdo y desproporcionado. Al dueño le debería caer una multa de cuantía fija, en todo caso, y pagar a los propietarios de los mapas todo lo que él haya ganado. ¿Pero sus supuestas pérdidas? ¿Y si deciden que vale un millón de euros cada mapa, les podría deber entonces millones?
 
Pero tenía los mapas alojados en su propia web o eran enlaces ??
Sea como sea, lo de la justicia de este país es cachondeo, cada juecito tiene su librito
 
Me permito recordar a los que piensen comprar un navegador, que los modelos Garmin que terminan en LMT tienen actualización gratuíta de por vida de mapas y alertas de tráfico.

Por si se quieren pensar mejor lo del TomTom.
 
¿¿No podria abrir otra web para que los 82000 subieran el archivo otra vez y asi lo devolvieran declarando que no lo han usado ni lo quieren?? Asi se veria que no hubo tan desproporcionado lucro.

Esta claro que el 99.99% de lo que descargamos no lo pagariamos ni de coña
 
Así, el fallo fija como importe de la indemnización el resultado de multiplicar el número de descargas por el precio de venta al público del programa (69,95 euros), menos 8 euros de royalty hipotético, es decir, la ganancia que reportaría al titular del derecho licenciar la explotación de sus programas por un tercero. El resultado de esa operación da 5.109.759 euros.

Genial, en serio, genial. Identificar descarga con copia no vendida.

No se cuanto le habrá pagado el lobby al juez, pero cualquier magistrado con dos dedos de frente tumba ese razonamiento, porque no hay por donde cogerlo.
 
No se puede poner puertas al campo, y tal....


No se cuanto le habrá pagado el lobby al juez, pero cualquier magistrado con dos dedos de frente tumba ese razonamiento, porque no hay por donde cogerlo.

1.- Los jueces no tienen que tumbar razonamientos porque a tí no te gusten.

2.- El modo de cálculo deviene de la aplicación de la LPI.

3.- Ha pasado el filtro del juzgado y de la Audiencia Provincial.

4.- Si te quieres enriquecer con el trabajo ajeno, asume las consecuencias.

Después las empresas cierran o despiden gente y nos quejamos...
 
No se puede poner puertas al campo, y tal....




1.- Los jueces no tienen que tumbar razonamientos porque a tí no te gusten.

2.- El modo de cálculo deviene de la aplicación de la LPI.

3.- Ha pasado el filtro del juzgado y de la Audiencia Provincial.

4.- Si te quieres enriquecer con el trabajo ajeno, asume las consecuencias.

Después las empresas cierran o despiden gente y nos quejamos...

No confundamos churras con meninas, que esto es lo de siempre, la misma estrategia absurda de la SGAE y compañia.

1 - Nadie discute que exista sanción.
2 - La sanción es absurda al considerar que todos los que se bajaron el programa hubieran estado dispuestos a pagar el PVP que marca TOM TOM.

Si yo me bajara películas - cosa que no hago, por supuesto - y tuviera un par de cientos de pelis en el disco duro, significaria eso que la productora ha perdido 2400 euros (200 * 12 napos) ? Ni de coña. Cuando me rasco el bolsillo miro a conciencia en que me gasto los cuartos y no es lo mismo bajarte algo " a ver que tal" la ves, es una cosa y la borras. Si tuvieras que pagarla nunca la habrias comprado.

3 - No toma en consideración cuantos de esos 82 mil usuarios se compraron el navegador contando con poder bajarse las actualizaciones de manera gratuita.

Esto último puede soñar extraño a algunos, pero es una realidad. Sin ir mas lejos mucha gente - yo entre ellos - nos comprabamos años ha la Play 2 debido precisamente a la facilidad para piratear la consola y los juegos. La pirateria tiene un beneficio que revierte directamente sobre las empresas pirateadas, les guste reconocerlo o no.
 
1.- Los jueces no tienen que tumbar razonamientos porque a tí no te gusten.

2.- El modo de cálculo deviene de la aplicación de la LPI.

3.- Ha pasado el filtro del juzgado y de la Audiencia Provincial.

4.- Si te quieres enriquecer con el trabajo ajeno, asume las consecuencias.

Después las empresas cierran o despiden gente y nos quejamos...

Considerar que toda descarga es una copia no vendida es absurdo.

Por esa regla de tres, Pink Floyd ha dejado de vender 8 o 9 veces The Wall conmigo, y eso que lo tengo en CD original.

Esto último puede soñar extraño a algunos, pero es una realidad. Sin ir mas lejos mucha gente - yo entre ellos - nos comprabamos años ha la Play 2 debido precisamente a la facilidad para piratear la consola y los juegos. La pirateria tiene un beneficio que revierte directamente sobre las empresas pirateadas, les guste reconocerlo o no.

Si no hubiese tenido acceso a la música "pirata" seguramente habría ido a muchos menos conciertos, lo que supone noches de hotel no ingresadas, viajes no realizados, etc.
 
Este listo merece una sancion economica no lo discuto pero creo que es excesiva la cantidad ya que en ninguna sentencia en España sobre derechos de autor se ha calculado la multa sobre la suma del precio de todos los productos descargados.

Pd. La politica de actualizaciones de tomtom es un robo, si compras un gps de la gama basica (Start Classic) tienes derecho a actualizar el mapa a la ultima version mas moderna, luego te soplan 55€ por un año de actualizaciones.
 
Este listo merece una sancion economica no lo discuto pero creo que es excesiva la cantidad ya que en ninguna sentencia en España sobre derechos de autor se ha calculado la multa sobre la suma del precio de todos los productos descargados.

Eso de que se merece una sanción está por ver.

El daño económico sufrido por la compañía hay que demostrarlo, y eso es, de entrada, imposible (porque es imposible establecer una relación de causalidad entre copia descargada - no comprada), y si no hay daño, no hay delito.
 
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