COMPRAR MONEDAS PLATA EN BDE(hilo oficial)

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Parece que fantasmón-TioGilipeto se ha tragado su megaautowned....Esperamos que se recupere pronto...

de verdad pareces orate,un tipo que gana 60.000 euros al dia como tu y te preocupas de tonterias, pero claro por aqui campas por libre porque tienes la bula del amo, pienso que eres orate monster.
espero que la gente te haga el caso que te corresponde(ninguno),porque sino lo spuedes confundir

un saludo
 
¿Estais seguros de que ya no hay monedas de 12 euros a la venta?
 
¿Estais seguros de que ya no hay monedas de 12 euros a la venta?

NO, no estamos seguros.

De lo que si estamos seguros es de que en breve no las habra, por dos motivos, a saber:

El Bde ya ha anunciado que las siguientes tiradas seran de las mismas caracteristicas pero de un facial y de un precio de 20€.

Y el segundo, que lo mas normal es que el precio de la plata contenida sea superior, en breve, al valor facial, ya que el canal alcista de la plata asi lo sugiere, aunque con altibajos la revalorizacion de la la plata sigue un camino claramente ascendente.

Asi que rory si estas interesado corre, jajajajaajajajaja

Saludos.
 
NO, no estamos seguros.

De lo que si estamos seguros es de que en breve no las habra, por dos motivos, a saber:

El Bde ya ha anunciado que las siguientes tiradas seran de las mismas caracteristicas pero de un facial y de un precio de 20€.

Y el segundo, que lo mas normal es que el precio de la plata contenida sea superior, en breve, al valor facial, ya que el canal alcista de la plata asi lo sugiere, aunque con altibajos la revalorizacion de la la plata sigue un camino claramente ascendente.

Asi que rory si estas interesado corre, jajajajaajajajaja

Saludos.

Bueno, yo en su día ya me pillé unas cuantas, pero tampoco es una moneda que me entusiasme. Se lo recomendé a mis familiares y así varios compraron bastantes. Es una buena manera de asegurar el capital familiar, aunque sea en parte.

Entiendo que si el valor de venta será de 20 euros las anteriores de 12 euros pasarán a valer por encima de esos 12. A eso hay que sumarle la subida de la plata. Para tener unas pocas en casa están bien.
 
Bueno, yo en su día ya me pillé unas cuantas, pero tampoco es una moneda que me entusiasme. Se lo recomendé a mis familiares y así varios compraron bastantes. Es una buena manera de asegurar el capital familiar, aunque sea en parte.

Entiendo que si el valor de venta será de 20 euros las anteriores de 12 euros pasarán a valer por encima de esos 12. A eso hay que sumarle la subida de la plata. Para tener unas pocas en casa están bien.

Veo que ha pillado Ud. la idea, no se trata de invertir para ganar, simplemente se trata de asegurar, y estas monedas son simplemente un seguro, convertibles en 12€ automaticamente (de hecho son 12€ por moneda) o de convertirlas directamente en plata por fusion (de ahi la cierta relatividad de no dar datos en su adquisicion, ya que destruir moneda esta penado por ley)

Visto asi, aunque la nueva moneda sean los mortadelos o neozapateros, nos va a dar igual, se funden las de 12€ y se cambia la plata por moneda corriente y actual (en caso de necesidad) y mientras tanto la plata contenida sigue subiendo, a la espera de saber si seguiremos en marco-euros, nuevos euros de 2ª, mortadelos, o el madmax.

Desde luego no es moneda para obsesionarse con lo que ha ganado hoy, o en que momento hay que venderla y desacerse de ella, es moneda a medio, largo plazo, reserva segura de valor, para ganar e invertir a corto ya hay otras opciones.

Es previsible tambien que al menos en "modo plata" y tambien en "modo numismatico", en el momento que aparezcan las de 20€, las antiguas de 12 se revaloricen automaticamente, aunque esa revalorizacion sea hoy por hoy imprecisa y desconocida, y mejor nos quedemos con la idea de que al menos los 12€ seguro que no se pierden.( o pensando mejor, lo que no se pierde nunca son los 18 gramos de plata 925)

Es cualquier caso, el dinero es fistro, y los que tenemos poco, pienso que tenemos una buena oportunidad atesorando las posibles, en prevision de futuros y mas que probables peores tiempos que los actuales.

Saludos.
 
¿Estais seguros de que ya no hay monedas de 12 euros a la venta?

Cuando llamé por teléfono no pusieron pegas, incluso de años anteriores. Con la salvedad que habia que reservarlas con un par de días, dar el DNI y, en ultimo caso, dejar un nombre y solo te puedes llevar 83 por día/persona.

Lo ideal es reservar 500, das el DNI y el nombre y, pasar a recogerlas con tu familia y amigos. Con solo un DNI has recogido los 500 de golpe. O bien... ir día a día a recogerlas.


Ahora que recuerdo... hace ya un tiempo, cuando se podian recoger las que se quisieran... me pidieron en una vez mi movil.... :pienso:

Vamos... que tas fichao por todos los lados.


Al menos en Valencia... no me consta que haya escasez (la piden a Madrid en un par de días)
 
Última edición:
Lo interesante seria ver el diseño de las monedas nuevas a 20e, llevar las de 12 a fundir y hacerlas con molde de los nuevos. Automaticamente sigues teniendo plata y a facial de 20 :XX:
 
Lo interesante seria ver el diseño de las monedas nuevas a 20e, llevar las de 12 a fundir y hacerlas con molde de los nuevos. Automaticamente sigues teniendo plata y a facial de 20 :XX:

Bonito negocio a 8€ de beneficio bruto por pieza, aunque haya que descontar luego re-fundicion y demas... solo un problema, ¿sera igual e indistinguible la moneda de la ceca del Bde que la de la ceca manolito perez? no lo intente mejor, o si lo hace fijese primero en la cantidad de detalles que tiene reproducir con total exactitud, de forma que sean indistinguibles, de lo contrario incurrira en el delito de falsificacion de moneda, del que ignoro la pena, y delito del que prefiero vivir en la ignorancia.

Puestos a falsificar hagalo directamente en billetes de 50, 100 ó 200 € y cuando los vaya colocando compre moneda, le saldra la plata gratis, sea cual sea el valor de la moneda.

Saludos.
 
Bonito negocio a 8€ de beneficio bruto por pieza, aunque haya que descontar luego re-fundicion y demas... solo un problema, ¿sera igual e indistinguible la moneda de la ceca del Bde que la de la ceca manolito perez? no lo intente mejor, o si lo hace fijese primero en la cantidad de detalles que tiene reproducir con total exactitud, de forma que sean indistinguibles, de lo contrario incurrira en el delito de falsificacion de moneda, del que ignoro la pena, y delito del que prefiero vivir en la ignorancia.

Puestos a falsificar hagalo directamente en billetes de 50, 100 ó 200 € y cuando los vaya colocando compre moneda, le saldra la plata gratis, sea cual sea el valor de la moneda.

Saludos.

Totalmente deacuerdo! Tan solo le pediria un poco menos de formalidad ante un sarcasmo
 
Que no, que no, que te cuelas artísticamente. Invoco a los leguleyos del foro a que te lo expliquen que ya cansas. Ya era hora de que nos deleitase con sus autowneos...

En particular esto es falso:



"No destinada a la circulación" no significa que "no tenga curso legal". Creo que es, en efecto, de primero de derecho.

Yerras de cabo a regazo, Monstruo.

Yo no escribi "No destinada a la circulacion=no tiene curso legal". Estas monedas no estan destinadas a la circulacion porque asi consta en las Ordenes ministeriales desde 2004.

Estas monedas no tienen curso legal, porque no existe norma juridica habilitante como tal, luego no existe obligatoriedad de aceptar esta moneda como forma de pago por parte de un particular.

¿Acaso no ves la diferencia?

De todas formas yo lo tengo claro:

HAGAMOS UNA CONSULTA AL BANCO DE ESPAÑA O AL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA.

Seria interesante que algunos foreros se desplazaran al BdE o alguna sucursal del mismo y preguntaran a alguna persona cualificada si existe obligatoriedad de aceptar esa moneda como forma de pago por parte de particulares.¿Aceptas el reto, Monstruo?

Si yo me he equivocado, pues lo acepto, venga un Megaowned para el Fantasmon. El mundo no se va a hundir.

Pero si quien se equivoca es el Monstruo, ademas del Megaowned para el, lo que deseo es que algunos adlateres bebecharcos del foro (no cito a nadie, pero ya sabemos quienes sois), os saqueis las rodilleras os incorporeis y defendais vuestra dignidad de una vez por todas.

Defender la compra de estas monedas es un disparate. Cuando empezo la moda de estas moneditas yo compraba los 50 FF. entre 8 y 8,5 euros, eso si es una buena compra que incorpora las subidas del metal.

Ah, y si escribes sobre los estudios de Derecho, con mayuscula.

PS.- En este ordenador, no me funcionan las tildes. Pido disculpas.
 
Yerras de cabo a regazo, Monstruo.

Yo no escribi "No destinada a la circulacion=no tiene curso legal". Estas monedas no estan destinadas a la circulacion porque asi consta en las Ordenes ministeriales desde 2004.

Estas monedas no tienen curso legal, porque no existe norma juridica habilitante como tal, luego no existe obligatoriedad de aceptar esta moneda como forma de pago por parte de un particular.

¿Acaso no ves la diferencia?

De todas formas yo lo tengo claro:

HAGAMOS UNA CONSULTA AL BANCO DE ESPAÑA O AL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA.

Seria interesante que algunos foreros se desplazaran al BdE o alguna sucursal del mismo y preguntaran a alguna persona cualificada si existe obligatoriedad de aceptar esa moneda como forma de pago por parte de particulares.¿Aceptas el reto, Monstruo?

Si yo me he equivocado, pues lo acepto, venga un Megaowned para el Fantasmon. El mundo no se va a hundir.

Pero si quien se equivoca es el Monstruo, ademas del Megaowned para el, lo que deseo es que algunos adlateres bebecharcos del foro (no cito a nadie, pero ya sabemos quienes sois), os saqueis las rodilleras os incorporeis y defendais vuestra dignidad de una vez por todas.

Defender la compra de estas monedas es un disparate. Cuando empezo la moda de estas moneditas yo compraba los 50 FF. entre 8 y 8,5 euros, eso si es una buena compra que incorpora las subidas del metal.

Ah, y si escribes sobre los estudios de Derecho, con mayuscula.

PS.- En este ordenador, no me funcionan las tildes. Pido disculpas.


Venga, haga la consulta. Formúlela por escrito y que le den respuesta por escrito. Y luego tenga cigotos de postearla. Nos vamos a reir un rato. Chulo y owneado. No hay nada mejor. Aunque lo tiene duro para superar al owned épico de su antiguo nick TioGilipeto, alias Toribio Ledesma :XX:


PS: ¿Ya se ha enterado de la diferencia entre moneda de colección y conmemorativa? Creo que sí, puesto que ya nos conocemos y le veo que vuelve con el regazo entre las piernas...:XX:
 
Última edición:

Estas monedas no tienen curso legal, porque no existe norma juridica habilitante como tal, luego no existe obligatoriedad de aceptar esta moneda como forma de pago por parte de un particular.QUOTE]
Lamento contradecirle, Fantasmón. La norma jurídica habilitante es la que le transcribo a continuación y, si no está derogada, sea expresa o tácitamente, sigue en vigor.

Otra cosa es que no se cite su poder liberatorio en las siguientes emisiones y se las denomine como monedas de colección. A las conmemorativas de 2 euros se refieren las normas como "destinadas a la circulación" sin embargo los preceptos legales son equívocos porque cuando hablan de las de 12 euros dicen: acuñación , emisión y puesta en circulación
Base de Datos de Legislación

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Orden ECO/84/2002, de 10 de enero, por la que se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de 12 euros.


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Sumario:

Primero. Acuerdo de emisión, acuñación y puesta en circulación.
Segundo. Características de la pieza.
Tercero. Relaciones entre el Tesoro Público y el Banco de España.
Cuarto. Medidas para la aplicación de la presente Orden.

DISPOSICIÓN FINAL.
Con la acuñación en el año 1994 (Orden de 8 de julio de 1994) de monedas de 2.000 pesetas, se inició una nueva etapa dentro del marco monetario. Por razones numismáticas y de índole cultural, dicha emisión tuvo una gran difusión y aceptación dentro de los distintos estamentos sociales, por lo que se ha venido acuñando anualmente este tipo de moneda desde la fecha indicada hasta el presente año. (Orden de 22 de marzo de 2001).

La aparición física el 1 de enero de 2002 de la moneda única europea, el euro, no resulta incompatible con la acuñación de monedas en euros, cuya finalidad principal no sea la de medio de pago sino la difusión cultural y artística o la conmemoración de acontecimientos de cierta transcendencia, tal y como se ha venido realizando hasta ahora en pesetas, con la moneda de 2.000 pesetas de plata, y con las monedas conmemorativas o de colección.

El Consejo Europeo, en las sesiones de 23 de noviembre de 1998 y 31 de enero de 2000, ha mostrado, a este respecto, su disposición para la acuñación y emisión de este tipo de monedas siempre y cuando no se repitan los faciales de las monedas circuladas Euro, no se reproduzca la cara común europea, y otras condiciones tendentes a evitar la confusión ciudadana con las monedas del sistema monetario, y que serán respetadas en la acuñación de las piezas a que se refiere la presente Orden.

Por ello, y coincidiendo con que durante el primer semestre del 2002 España ostentará la Presidencia de la Unión Europea, acontecimiento de suficiente transcendencia cultural, se va a proceder a la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de 12 euro en plata en cuyos motivos se reproduce dicho acontecimiento.

El artículo 4 de la Ley 10/1975, de 12 de marzo, de Regulación de Moneda Metálica, según la redacción dada por la disposición adicional decimocuarta de la Ley 21/1986, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1987, por el artículo 77 de la Ley 37/1988, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1989, por la disposición adicional tercera de la Ley 13/1994, de 1 de junio, de Autonomía del Banco de España, y finalmente por la disposición adicional única de la Ley 12/1998, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley de Autonomía del Banco de España, atribuye al Ministerio de Economía y Hacienda la competencia para acordar la acuñación de moneda metálica dentro del límite anual que, en su caso, hubiera señalado el propio Banco de España y en particular, su valor facial, número de piezas, aleación, peso, forma, dimensiones, leyendas y motivos de su anverso y reverso, así como la fecha inicial de emisión.

De conformidad con el Real Decreto 689/2000, de 12 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica básica de los Ministerios de Economía y de Hacienda, corresponde al Ministerio de Economía las competencias atribuidas al hasta entonces Ministerio de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera. Por otro lado, la Real Casa de la Moneda-Fábrica Nacional de Moneda y Timbre queda adscrita al Ministerio de Economía, a través de la Subsecretaría de Economía.

En su virtud, dispongo:

Primero. Acuerdo de emisión, acuñación y puesta en circulación.

1. Se acuerda para el año 2002, la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de 12 euros en plata, con las características descritas en el punto segundo de esta Orden.

2. Las monedas serán acuñadas por cuenta del Estado, en la Real Casa de la Moneda-Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, que las entregará al Banco de España. Una vez realizada esta entrega, las monedas quedarán a disposición del público, para lo cual se contará con la colaboración de las entidades de crédito. Éstas podrán formular ante la Real Casa de la Moneda-Fábrica Nacional de Moneda y Timbre sus peticiones en la forma y plazo que ella determine para atender la demanda del público. La Fábrica facilitará a las citadas entidades un documento a presentar en el Banco de España para que éste efectúe la entrega de las piezas. Transcurridos tres meses a partir de la fecha de emisión de este documento sin que haya sido presentado en el Banco de España para la entrega de estas monedas, el mismo se considerará anulado y sin efecto; las piezas correspondientes, así como las que retornen al Banco de España procedentes del mercado, quedarán en éste a disposición del público y de las entidades de crédito.

Tanto el Banco de España como las entidades de crédito entregarán al público las piezas al mismo valor facial con el que fueron emitidas.

3. Estas monedas serán admitidas en las cajas públicas del territorio nacional sin limitación, y entre particulares, en territorio nacional hasta 120 euros, cualquiera que sea la cuantía del pago.

4. El número de piezas a acuñar dependerá de la demanda de las mismas y será determinado por una Comisión de Seguimiento, integrada por representantes de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, del Banco de España y de la Real Casa de la Moneda-Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. Las decisiones a este respecto, de la Comisión citada tendrán como objetivo evitar divergencias significativas entre el valor facial y el valor numismático de esta moneda.

5. El Banco de España procederá a la puesta en circulación de estas monedas, según lo permita el nivel de aprovisionamiento por parte de la Real Casa de la Moneda-Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

Segundo. Características de la pieza.

Las características de la moneda a acuñar son las siguientes:

Composición: Plata de 925 milésimas mínimo.

Peso: 18 g ± 1 %.

Forma: Circular con canto liso.

Leyendas y motivos: En el anverso, en la zona central, las efigies superpuestas de SS.MM. los Reyes Don Juan Carlos y Doña Sofía. A la izquierda de forma circular y en mayúsculas, la leyenda texto JUAN CARLOS I Y SOFIA (en letras mayúsculas). En la parte inferior entre dos puntos, el año de acuñación 2002; rodeando los motivos y leyendas, aparece una gráfila de perlas.

En el reverso, en el centro, aparece el símbolo de la Presidencia de la Unión Europea; en la zona superior el valor de la pieza 12 EURO (en letras mayúsculas) y en dos líneas; a la derecha la marca de Ceca y, en la zona inferior, un círculo que contiene la imagen latente en la que aparecen el símbolo del euro €, y las cifras finales del año de acuñación 02. Circundando la moneda la leyenda PRESIDENCIA DE LA UNIÓN EUROPEA (en letras mayúsculas), y entre dos puntos ESPAÑA (en letras mayúsculas).

Tercero. Relaciones entre el Tesoro Público y el Banco de España.

Las relaciones entre el Tesoro Público y el Banco de España en materia de moneda metálica se regirán por lo dispuesto en la Orden de 8 de febrero de 1995, por la que se acuerda la emisión y puesta en circulación de monedas de 5, 10, 25, 50, 100 y 200 pesetas, con la redacción dada al punto tres de su apartado sexto, por la Orden de 17 de abril de 1997, por la que se acuerda la emisión y puesta en circulación de monedas de 2.000 pesetas para el año 1997.

Cuarto. Medidas para la aplicación de la presente Orden.

La Dirección General del Tesoro y Política Financiera realizará la interpretación de los preceptos que ofrezcan duda y tomará las medidas que resulten precisas para la aplicación de esta Orden, actuando como órgano de consulta de la Comisión de Seguimiento citada en el apartado primero número 4 de esta Orden.

DISPOSICIÓN FINAL.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 10 de enero de 2002.



De Rato y Figaredo.

Excmo. Sr. Gobernador del Banco de España e Ilmos. Sres. Directora general del Tesoro y Política Financiera y Presidente-Director de la Real Casa de la Moneda-Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
 
Jo...que nivel en el foro; tenemos gente de leyes y tó.


Pues hace tiempo, yo pagué el gasoil de mi ex-corsita con unas monedillas de estas y, todo sea cierto, no tuve que llevarme el BOE en donde se especificara el tema. Quizá la guapa dependienta era de letras y sabía del tema.:D


PD:En Mercarroña tambien las aceptan.:D
 
Jo...que nivel en el foro; tenemos gente de leyes y tó.


Pues hace tiempo, yo pagué el gasoil de mi ex-corsita con unas monedillas de estas y, todo sea cierto, no tuve que llevarme el BOE en donde se especificara el tema. Quizá la guapa dependienta era de letras y sabía del tema.:D


PD:En Mercarroña tambien las aceptan.:D

Tú, macho cabríocete, utilizas las monedas de 12 euros para ligar con las cajeras. Como se entere tu suegro el de las alcachofas te va a correr a trancazos...:XX:
 
o de convertirlas directamente en plata por fusion (de ahi la cierta relatividad de no dar datos en su adquisicion, ya que destruir moneda esta penado por ley)

¿Por qué? Que yo compre (un suponer) 200 monedas de 12 euros del BDE no me obliga a mantenerlas para toda la vida, por muchos datos que tengan en el BDE sobre mí. ¿Por qué estáis relacionando dejar "huella" con la imputación de un posible delito posteriormente?

A mí me preocuparía mucho más, por ejemplo, que en un momento dado el Estado me las incautase volviéndomelas a cambiar por papel, por ejemplo, no que me acusen de haberlas fundido por no tenerlas ya en mi poder.

Es previsible tambien que al menos en "modo plata" y tambien en "modo numismatico", en el momento que aparezcan las de 20€, las antiguas de 12 se revaloricen automaticamente, aunque esa revalorizacion sea hoy por hoy imprecisa y desconocida, y mejor nos quedemos con la idea de que al menos los 12€ seguro que no se pierden.( o pensando mejor, lo que no se pierde nunca son los 18 gramos de plata 925)

Esta parte no la entiendo. ¿Por qué la aparición de una presunta moneda de 20€ puede suponer la revalorización de la de 12€? El "modo numismático" se me escapa porque lo desconozco, pero de lo poco que sé le veo poco recorrido. En el "modo plata" puede ser, si sigue subiendo la cotización... lo que no veo es la relación directa con la moneda de 20€.
 
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