BROOOTAL: El autor de un crimen MACHISTA se cambia de sesso, ahora JONATHAN es LORENA, por tanto no COMETIÓ NINGÚN CRIMEN DE GÉNERO

Pues van a tener que empezar a hacer malabarismos legales para aplicar ese punto. Aunque ya nos tienen acostumbrados, todo hay que decirlo:


La retroactividad de la ley penal más favorable

I) La regla general de la irretroactividad conoce una excepción en aquellos casos en los que la aplicación de la ley posterior es más favorable para el reo: en tales casos, aunque el hecho se haya realizado bajo la vigencia de una determinada ley, no se aplica la regla “tempus regit actum”, sino que el hecho debe ser juzgado de conformidad con la ley posterior más favorable aunque esta ley no hubiera entrado en vigor todavía en el momento de realizarse el hecho.

II) El art. 2.2 CP establece el principio de la retroactividad de la ley penal más favorable en unos términos, como se ha dicho, muy amplios. En efecto, la ley posterior más favorable para el reo es de aplicación (retroactiva) a un hecho:

• Cuando todavía no haya recaído sentencia firme sobre el mismo.

• Cuando hubiese recaído ya sentencia firme y esta todavía no se esté ejecutando.

• Cuando hubiese recaído ya sentencia firme y la sentencia se esté ejecutando.

En principio, que ya se verá lo que cagan en el BOE, la nueva norma no va a ser más favorable. Las 2 reconocen el cambio de sesso aunque lo que cambia son los requisitos para conseguirlo, que ahora son 2 años hormonándose y luego será presentar un escrito en el registro, y es por lo que se está montando todo el jaleo. Pero tanto en la normativa vigente como en la que quieren sacar, lo que tratan es el reconocimiento de ese cambio de sesso a partir desde el momento en que se concede. Aunque pueden sacar algo así de cambio de sesso retroactivo no he leído nada. Los delitos se cometerían bajo el sesso en el que se cometieron y eso no cambiaría con la nueva ley.

Aunque luego será lo que quieran aplicar.
 
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Hasta donde yo sé (La ley no está aún publicada y la específica de Canarias no sé como cuadraría con la estatal) el cambio registral sólo tiene efectos para hechos posteriores a ese cambio. Lo que hubiera hecho antes se juzgaría bajo el sesso anterior. Aunque sí podría hacer cosas como pedir el traslado a guandoca de mujeres.

Siempre podrá alegar que cuando mató a esa mujer la malvada ley heteropatriarcal no le permitía expresar su opción sensual y genárica y bla bla bla.
 
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