Requisitos para poder acceder al subsidio de emigrantes retornados
Permanecer inscrito durante un mes como demandante de empleo..
Suscribir el Compromiso de Actividad.
Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias (481,05€/mes para 2012).
Haber trabajado como mínimo 12 meses en los últimos seis años desde tu última salida de España, en países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo, o con los que no exista convenio sobre protección por desempleo.
No tener derecho a la prestación contributiva por desempleo.
Puedes obtener más información en el teléfono de atención a la ciudadanía 901 11 99 99.
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Duración, contenido y cuantía
Duración
Seis meses, prorrogables por otros dos periodos de igual duración, hasta un máximo de 18 meses.
Cuantía
La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples: 426 euros/mes en 2012 .
Contenido
La persona beneficiaria del subsidio por desempleo tiene derecho a acciones específicas de formación, perfeccionamiento, orientación, reconversión e inserción profesional a favor de las personas trabajadoras desempleadas, y aquellas otras que tengan por objeto el fomento del empleo estable.
Puedes obtener más información en el teléfono de atención a la ciudadanía 901 11 99 99
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Para poder acceder a un subsidio de emigrante retornado deberás presentar la siguiente documentación
El plazo para presentar la solicitud es de 15 días hábiles, que empieza a contar desde el día siguiente al cumplimiento del mes de espera. El mes de espera comienza a partir de la inscripción como demandante de empleo tras el retorno. La documentación que deberás aportar es la siguiente:
Modelo oficial de solicitud . El impreso de solicitud incorpora: la declaración de rentas de la persona solicitante, los datos de domiciliación bancaria, el compromiso de actividad y la autorización de petición de información a la AEAT (Agencia Tributaria).
Documento de identificación del solicitante (solamente será necesaria su exhibición para verificar dichos datos): Documento Nacional de Identidad o tarjeta de identidad de extranjero.
Certificado de emigrante retornado expedido por las Áreas o Dependencias de Trabajo y Asuntos Sociales de las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno.
Solamente si la entidad gestora lo solicita, un justificante de rentas.