AYN RANDiano es el abogado vasco contra la demagogia Aitor Guisasola

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Hamijo, repito que el contenido es inconstitucional.
Si yo te digo que sólo puedes salir a comprar comida y medicinas, el derecho está suspendido con un par de excepciones.
Pero es que el Real Decreto del estado de alarma no dice eso que tú dices que dice.

Hamijo, repito que tanto la forma como el contenido del Real Decreto del estado de alarma es constitucional.

Podíamos ir a trabajar libremente (salvo determinados tipos de comercio minorista y restauración), acudir al médico, acudir a bancos y servicios financieros, ir al supermercado, ir a la farmacia, ir a la gasolinera, ir a atender a familiares mayores o impedidos a su casa, pasear al perro, y movernos libremente por causa de fuerza mayor (por ejemplo, si te llaman tus vecinos de tu segunda residencia en otra provincia para decirte que se ha roto una tubería de tu casa, podías ir a tu segunda residencia en otra provincia a solucionar el problema y atender al perito del seguro, etc.).

Eso es limitar la libre circulación, no suprimirla. Ergo estado de alarma correctamente implementado. No te gusta, lo entiendo. Pero es lo que hay.
 
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