Así se las gastan en Mercadona con la conciliación familiar...

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Yolanda Diaz no ha querido solventar ese problema.
Se ha convertido en la defensora mas tenaz de la reforma laboral de Rajoy, negándose a cambiar ni siquiera lo que le pedían los sindicatos y el propio Rajoy.
 
A los que tenían que despedir ahora es a toda esa caterva de sargentos chusqueros que disfrutan cambiando a su antojo los horarios y vacaciones del personal sin negociarlo con los interesados ni consultarles antes. He oído casos verdaderamente kafkianos, hay auténticos nazis en miniatura elaborando las planillas de los retenes.
 
No pasa nada, al día siguiente tiene su despido improcedente con la indemnización correspondiente en la mano y ahora ya podrá conciliar la vida familiar que quiera
 
No pasa nada, al día siguiente tiene su despido improcedente con la indemnización correspondiente en la mano y ahora ya podrá conciliar la vida familiar que quiera

Y luego nos quejaremos de la baja natalidad española...
En nuestra situación actual una progenitora española debe ser SAGRADA.

Cambiando de tema. ¿ Por qué no hay personas mayores trabajando en las tiendas de Mercadona? Al menos yo no las veo...
 
Despido nulo al canto con readmisión y pago de los salarios de tramitación.
La reducción de jornada por cuidado de hijo menor de 12 años no está dentro de los posibles a tener en cuenta para declarar nulo un despido.
la empresa reconoce la improcedencia del despido en el orecla y a otra cosa.
no se vulneran derechos elementales ni se realiza el despido durante permisos de paternidad, maternidad, lactancia, enfermedades durante el embarazo…
 
La reducción de jornada por cuidado de hijo menor de 12 años no está dentro de los posibles a tener en cuenta para declarar nulo un despido.
la empresa reconoce la improcedencia del despido en el orecla y a otra cosa.
no se vulneran derechos elementales ni se realiza el despido durante permisos de paternidad, maternidad, lactancia, enfermedades durante el embarazo…
La reducción de jornada si proporciona protección frente al despido, artículo 53.b del Estatuto de los trabajadores. Y aunque no la proporcionase, la ley también protege al trabajador de las represalias de la empresa como seria el caso de despedir después de una demanda judicial.
 
La reducción de jornada si proporciona protección frente al despido, artículo 53.b del Estatuto de los trabajadores. Y aunque no la proporcionase, la ley también protege al trabajador de las represalias de la empresa como seria el caso de despedir después de una demanda judicial.
No. Sigo pensando que no es como dices y siempre que la empresa reconozca la improcedencia del despido.

b) La de las trabajadoras embarazadas, desde la fecha de inicio del embarazo hasta el comienzo del periodo de suspensión a que se refiere la letra a); la de los trabajadores que hayan solicitado uno de los permisos a los que se refieren los artículos 37.4, 5 y 6, o estén disfrutando de ellos, o hayan solicitado o estén disfrutando la excedencia prevista en elartículo 46.3; y la de las trabajadoras víctimas de violencia de género por el ejercicio de los derechos de reducción o reordenación de su tiempo de trabajo, de movilidad geográfica, de cambio de centro de trabajo o de suspensión de la relación laboral en los términos y condiciones reconocidos en esta ley.


me reitero, se reincorpora y al día siguiente despido improcedente
 
No. Sigo pensando que no es como dices y siempre que la empresa reconozca la improcedencia del despido.

b) La de las trabajadoras embarazadas, desde la fecha de inicio del embarazo hasta el comienzo del periodo de suspensión a que se refiere la letra a); la de los trabajadores que hayan solicitado uno de los permisos a los que se refieren los artículos 37.4, 5 y 6, o estén disfrutando de ellos, o hayan solicitado o estén disfrutando la excedencia prevista en elartículo 46.3; y la de las trabajadoras víctimas de violencia de género por el ejercicio de los derechos de reducción o reordenación de su tiempo de trabajo, de movilidad geográfica, de cambio de centro de trabajo o de suspensión de la relación laboral en los términos y condiciones reconocidos en esta ley.


me reitero, se reincorpora y al día siguiente despido improcedente
Yo creo que lo deja bastante claro:

"Será también nula la decisión extintiva en los siguientes supuestos:

b) ...los trabajadores que hayan solicitado uno de los permisos a los que se refieren los artículos 37.4, 5 y 6" y resulta que el 37.6 hace referencia a las reducciónes de jornada.

Por otra parte, que un despido es improcedente lo tiene que dictaminar un juez, no lo decide la empresa.
 
Yo creo que lo deja bastante claro:

"Será también nula la decisión extintiva en los siguientes supuestos:

b) ...los trabajadores que hayan solicitado uno de los permisos a los que se refieren los artículos 37.4, 5 y 6" y resulta que el 37.6 hace referencia a las reducciónes de jornada.

Por otra parte, que un despido es improcedente lo tiene que dictaminar un juez, no lo decide la empresa.
No entendía yo la reducción de jornada como un permiso. Partiendo de ahí, resta hablar de lo demás
 
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