Así pide el Gobierno abrir bares, 'campings' y balnearios: test, EPI y marcas en el suelo

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El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo trabaja en tres protocolos sobre las medidas que se deben seguir para la reapertura de establecimientos de restauración, 'campings' y balnearios
Foto: Segundo día de la fase 0 de desescalada en un bar en Barcelona. (EFE)
Segundo día de la fase 0 de desescalada en un bar en Barcelona. (EFE)
P. GABILONDO
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05/05/2020 18:58 - ACTUALIZADO: 05/05/2020 20:45
El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ya cuenta con un borrador sobre las medidas que se deben tomar para la reapertura de bares y restaurantes. El informe, al que ha tenido acceso El Confidencial, recomienda realizar test a los empleados, adquirir equipos de protección desechables y marcar el suelo para mantener las distancias de seguridad, consejos que se desarrollan a lo largo de 25 páginas y quedan supeditados a las "pautas dictadas por las autoridades sanitarias".
En la fase 0, los establecimientos de hostelería y restauración pueden permanecer abiertos para el reparto a domicilio y la recogida de pedidos, pero las restricciones irán bajando conforme se acerque la "nueva normalidad". De cara a esa paulatina reapertura, un "comité de técnicos" del Instituto para la Calidad Turística Española ha desarrollado un plan para el Ministerio de Industria, informe que está fechado en mayo y aborda los protocolos a seguir.

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"La Secretaría de Estado de Turismo ha acordado con las comunidades autónomas coordinar un protocolo sanitario único frente al el bichito-19 para preparar la reapertura del sector turístico conforme se suavicen las medidas de confinamiento", explica el borrador. "Este documento reúne requisitos y recomendaciones [...] y es de aplicación a servicios de restauración independientemente de su tipología, categoría o tamaño".
El informe se divide en tres apartados: requisitos para la gestión del riesgo, requisitos de servicio y requisitos de limpieza y gestión. En el primero, establece que los bares y restaurantes deben crear un grupo de trabajo para la "toma de decisiones", comité que abordará el posible uso de "equipos de protección individual (EPI)" por parte de la plantilla y la puesta en marcha de un "protocolo de actuación en el caso de que un empleado o cliente muestre sintomatología".

Pinche en la imagen para leer el borrador completo.Pinche en la imagen para leer el borrador completo.

En cuanto al material de protección, el borrador habla de guantes, mascaras y EPI desechables, pero al mismo tiempo apunta a que los establecimientos deben tener en cuenta "las restricciones que pudieran existir para el aprovisionamiento" y, en tal caso, valorar "otras posibilidades distintas a las inicialmente propuestas". También pide "completar el botiquín con un termómetro" y recomienda realizar tests a los empleados, cuestión que depende de los "criterios sanitarios establecidos por las autoridades".
El primer apartado incluye además una batería de consejos para la "protección del personal": llevar el cabello recogido, llevar las uñas cortas y cuidadas, portar diariamente la ropa de trabajo limpia, no portar anillos, pulseras, pendientes o similares... Un listado que también recoge una frase ambigua sobre el material de protección: "Mascarilla en los casos en que el procedimiento específico del puesto de trabajo y la evaluación de riesgos así lo determine y siempre que no pueda respetarse la distancia social".
Para minimizar el riesgo de contagio, el informe aboga por que los empleados realicen siempre los mismos turnos y se les habilite un espacio para que puedan "cambiarse de ropa y calzado", sugerencia que va acompañada por un control sobre los uniformes: "Se recomienda que el establecimiento se haga cargo del lavado de ropa de trabajo del personal junto con la mantelería propia, debiendo asegurar la limpieza de la misma a una temperatura >60ºC".
En lo que se refiere a los "requisitos de servicio", el informe arranca con una serie de medias que deben cumplirse: controlar el aforo (no da cifras concretas), contar con gel hidroalcohólico en sitios accesibles, fomentar el pago con tarjeta, desinfectar "periódicamente" las instalaciones, ventilar los espacios "con frecuencia", priorizar la utilización de mantelería de un solo uso, eliminar productos de autoservicio como servilleteros, palilleros o vinagreras...

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El borrador apunta a marcar el "suelo del local, terrazas y barra" para mantener la distancia de seguridad, consejo que se extiende a la propia cocina, donde "se recomienda separar las zonas de los distintos trabajadores mediante marcas". Sobre las distancias, apunta a tres casos distintos: "Distancia mínima entre personas/grupos de personas: al menos un metro (cuando se produzca la asistencia de un grupo a un establecimiento se entenderá que la distancia de seguridad será entre el grupo y el resto de clientes y no entre integrantes de ese grupo). Distancia mínima entre mesas: al menos 1,5 metros. Distancia mínima entre mesas altas: al menos un metro".
El informe también contempla la recepción de mercancías y las condiciones del reparto a domicilio, servicio que lleva semanas funcionando. "La comida se depositará en bolsas cerradas, preferiblemente selladas. La bolsa utilizada para el reparto se limpiará y desinfectará interior y exteriormente tras cada entrega". "El personal encargado del reparto de pedidos debe usar los equipos de protección individual [...]. Si este servicio se presta mediante plataformas digitales, el restaurante lo supervisará", sostiene el borrador, que apunta además a que los 'riders' no deben usar los ascensores en los domicilios.

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Al contemplar el servicio en barra, el borrador incluye otra frase ambigua sobre el material de protección: "Se deberá respetar la distancia de seguridad entre cliente y personal, utilizándose, si esto no fuera posible, otras medidas de protección (mascaras, pantallas faciales…). En caso contrario, el camarero debe portar una mascarilla". Una falta de concreción que también deja sin aclarar el funcionamiento de las terrazas: "La empresa debe establecer la forma de controlar que el cliente no haga uso arbitrario del equipamiento en terraza (mesas y sillas), con el fin de que este pueda ser desinfectado entre un cliente y otro".
Tras los "requisitos de limpieza y gestión", el informe se cierra de nuevo con recomendaciones sobre el material de protección: "De forma general, la recomendación es utilizar EPI desechables, o si no es así, que puedan desinfectarse después del uso", sostiene en un primer momento. El consejo, sin embargo, se matiza al hablar de las mascaras: "En todo caso, y como norma general, no es necesario utilizar mascaras en un entorno donde no hay evidencia de persona o superficies contagiadas por SARS-CoV-2, ni hay presencia de personas a menos de un metro".

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Los 'campings' y balnearios
Además del informe sobre bares y restaurantes, Industria cuenta con otros dos borradores sobre la reapertura de 'campings' y balnearios. Ambos están fechados en mayo y también han sido elaborados por un comité de técnicos del Instituto para la Calidad Turística Española, entidad que repite la mayor parte de las recomendaciones y requisitos que ya recogía para los establecimientos de hostelería y restauración.
En el caso de los balnearios, el borrador recomienda una vez más hacer test a los empleados y proporcionar "EPI adecuados", pero también tomarles la temperatura con "un termómetro sin contacto". Sobre el material de protección, su uso queda de nuevo condicionado a las distancias de seguridad: "Utilizar mascarilla en los casos en que el procedimiento específico del puesto de trabajo y la evaluación de riesgos así lo determine y siempre que no pueda respetarse la distancia social".

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Industria incide varias veces en la distancia de seguridad y sugiere "un elemento físico de separación, de fácil limpieza y desinfección, que asegure la protección del personal", así como "marcadores de distancia cuando sea necesario para evitar aglomeraciones". También recomienda "disponer de grifería de accionamiento no manual (por pedal o sensores)" y evitar "las toallas de manos, incluso las de uso individual".
Frente a bares y restaurantes, la principal diferencia pasa por contemplar la posibilidad de que acudan clientes de grupos de riesgo: "Cuando por el tipo de tratamiento terapéutico a recibir sea necesaria la consulta médica previa, si el médico detecta sintomatología compatible con el bichito-19, no permitirá el acceso a las instalaciones. En el resto de servicios de carácter lúdico o de bienestar, se registrará una declaración responsable de los clientes que acredite sus incompatibilidades para recibir los tratamientos".

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Esta precaución se extiende a los servicios que puede ofrecer el balneario, con los que debe tener en cuenta "la existencia de estudios científicos que den cuenta del mayor o menor riesgo de contagio". La zona seca tendrá entonces que estar "a una temperatura entre 23 y 26ºC", y en la húmeda "se determinarán las directrices y recomendaciones a aplicar de acuerdo a los resultados del informe científico solicitado sobre comportamiento del el bichito-19 en el agua de piscinas tanto exteriores como cubiertas".
En lo que se refiere a los 'campings', el ministerio repite la mayor parte de consejos e incide en la comunicación con los turistas: "El establecimiento enviará al cliente con reserva, previo a su llegada, la normativa y directrices adoptadas", explica. "En el caso de clientes sin reserva, se entregará documento informativo sobre la prevención del contagio de el bichito-19, así como de las medidas sanitarias adoptadas por el 'camping' a su llegada al establecimiento".
En ese apartado, el ministerio contempla además la llegada de turistas de otros países, para lo que apunta a que la información "debe encontrarse en al menos una lengua extranjera". El material de protección, sin embargo, queda otra vez condicionado a las distancias de seguridad: "Las actividades de animación deben diseñarse y planificarse de tal forma que permitan controlar los aforos y respetar la distancia mínima de seguridad entre personas. En caso contrario, se debe utilizar mascarilla".
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