Gatoo_
amagatos
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Ese caso no tenía nada que ver con éste.Claro, como en los ERE y mira si al final ha pinchado y cortado.
En el juicio de los ERE se admitió recurso en el Tribunal Constitucional porque había que dirimir si las propias resoluciones legislativas del gobierno de Andalucía suponían en sí mismas un delito de malversación, y ahí sí tiene mano el Tribunal Constitucional porque es competente para interpretar una ley o decreto.
En el caso de Begoña Gómez lo que hay es tráfico de influencias y apropiación indebida contra ella como ciudadana sin ningún cargo político, y si resulta condenada irá detrás Pedro Sánchez porque es evidente que las influencias vinieron dadas por ser presidente del gobierno.
No hay leyes ni decretos que valorar, y por lo tanto el Constitucional no pincha ni corta a menos que haya violación de derechos fundamentales.