a mi me progenitora le ha llegado una demanda del juzgado,16 0 17 años despues

Libro en llamas, no hay quien se lea eso macho
 
ha llegado directamente una carta del juzgado,avisando que ha presentando reclamacion por esos 400, : pagamos directamente?mi progenitora tiene una pension pequeña,o presentamos disconformidad alegando algo?ellos no han mandado ninguna copia del supuesto contrato que firmo mi progenitora con ellos,ni firma,ni nada,podriamos alegar eso?o alegar prescripcion de los hechos?has gracias,y saludos a todos.

Como ya han apuntado otros conforeros, da la impresión de que ha iniciado un procedimiento monitorio (petición) en el que si no se presenta escrito de oposición por parte de tu progenitora (alegando prescripción, inexistencia de la deuda u otras razones) acabará despachándose ejecución.

El escrito puede presentarse firmado por tu progenitora sin necesidad de intervención de abogado y procurador (art. 25 y 31 de la LEC)
 
La gran mayoría de los delitos no se pueden perseguir de forma indefinida, ya que prescriben a partir de un momento determinado por la ley. En este artículo se explica cuándo prescriben los delitos y las reglas que hay que tener en cuenta respecto a la prescripción.
Esto no va de delitos (Derecho Penal), sino de deudas entre particulares que se rigen por el Código Civil.

Por cierto, leyendo el título y viendo cómo va la Justicia en España en un primer momento pensé que te había llegado ahora una notificación de un caso de hace 16 años.
 
Pillo sitio por si un día hace falta.


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A ver, seguramente, si te ha llegado del juzgado será un monitorio. Como la mayoria de gente no sabe de que va el tema, paga y adios. El monitorio es simplemente que alguien va al juzgado y dice que le debes dinero. En ese caso, lo que haces tu es contestar al juzgado diciendo que no sabes quien es esa gente, que si eso ha pasado hace tanto tiempo ha prescrito puesto que no lo han reclamado y bla bla bla

Si es el caso y sigues el consejo de "ni caso" el juzgado entiende que, al no decir nada, reconoces que esa deuda es cierta y entonces si que tienes un problema

Por favor, si alguien os viene con algo que no es cierto os oponéis siempre


esto!
 
1) colegio de abogados de tú zona y solicitud de abogado de ofico ¿tiene reconocida la demencia senil o una minsuvalia? Si es asi se lo conceden seguro

2) Pregunta a un abogado o a un organismo de consumo. Un abogado suelen ser unos 50 €

3) Si es monitorio, busca por internet modelos de contestación



Si te sirve de algo yo tuve un litigio hace años con una compañía de teléfonos porque se habían hecho la picha un lio me querían cobrar 120 o 140 € de mas en la factura.

Me queje y le dije que o me arreglaban ese cobro de mas o no le pagaba nada de la factura (subía cerca de 300 € porque era de mi empresa y había varios teléfonos).

Después de pasar por varios latinos no me quisieron descontar lo que no era mio, por lo que no les pague ni un euro. Ya me había dado de baja.

En fin, el caso es que al cabo de unos años me empezaron a llamar reclamándome la deuda, ya no era la compañía, si no que era una empresa de recobros.

Me mandaron alguna carta tipo de que em iban a denunciar, me llamaban de vez en cuando, hasta que una vez me harte y les dije:

¿de dónde me llaman? ¿de parte de la compañia ......? ¿saben que eso que me reclaman ya está arreglado hace años y tengo toda la documentación acreditativa (mentira)? Compruébenlo. Si me siguen llamando intentando cobrarme algo que ya esta arreglado les denunciare ante consumo, pónganme un juicio, nos vemos allí y después os denunciare a consumo por practicas de acoso ilegales".

Bueno mas o menos le conteste algo asi.........mano de santo.

Los que te reclaman no tienen nada, solo un listado, con un nombre, un teléfono y un numero. A la que les plantes cara, dejan de intentarlo y siguen buscando a otro pardillo.
 
Seguramente se ha vendido la deuda a un tercero, como hacen las operadoras de telefonía y tantos otros. Se venden a un mafiosillo por una fracción del nominal y este se pone a mandar cartas a lo loco a ver si alguien pica.
Xcto, yo no haría ni caso.
 
En el procedimiento monitorio no vale la notificación por edictos, salvo en deudas de comunidad de propietarios.
No es necesaria tanta disquisición sobre lo que es o lo que pueda ser, ya lo dic e el OP: es un monitorio de una compañía usurera que ha comprado la deuda de unas enciclopedias que copró la progenitora hace una pila de años, y no pagó.
Hay que presentar oposición, porque si no se hace nada (ni pagar ni oponerse) se va a despachar ejecución. Y en ese momento ya no se va a poder discutir si la deuda ha prescrito, ni si hubo incumplimiento del contrato, etc.
Habiendo oposición, lo más probable es que la usurera ya ni comparezca al juicio verbal. En realidad, están usando los juzgados como agente de reclamación de cobros, pero no tienen más documentación que una escritura en la que compran fallidos a otra empresa. Al ser deudas de menos de 2000 €, meten el monitorio y si hay oposición no tienen riesgo de costas, con lo que ni se molestan en ir. Si de 100 monitorios hay 20 en los que no hay opoisición, ya tienen vía libre para la ejecución judicial en esos 20... Esos paquetes de deuda indocumentada y posiblemente prescrita se venden "al peso", muchas veces entre 1-4% del valor nominal de esas deudas. En ocasiones no se recupera ni eso, y en otras suena la flauta y se pilla a un despistado con pasta.
Lo que diga la letra de la ley será lo que sea, yo me limito a decir el caso que conozco. Que será distinto porque el importe era de más de 2000€. Lo que digo es que en España los pleitos están para que los leguleyos se lucren, no para el ciudadano.
 
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