JuanJoseRuiz
Madmaxista
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Si efectivamente es residente fiscal en Portugal, no hay infracción alguna. Trabajar en España, pero vivir en Portugal es algo que puede hacer cualquiera. El criterio es dónde vives durante 6 o más meses=residencia fiscal. Yo he defraudado unos cuantos años, pero a la inversa. Trabajo en Gibraltar, residencia en España, no presentación de declaración en España. Motivo=no me salía de los narices, es difícil de detectar y YA SE TRIBUTA EN GIBRALTAR (pero en España hay que tributar también para ver si hacienda rebaña algún resto). A lo que voy, hay que ver si este sujeto vivía de verdad en Portugal o no. Más injusta es la ley Beckham y todos callados como pilinguis (ponerle el ojo ciego a trabajadores extranjeros de alto perfil).
pero no es el trabajar en si en un sitio o pais porque la fiscalidad no es solo de las rentas del trabajo . el escandalo con este es que esta cobrando de nuestros impuestos de remeros y pagando si paga algo en portugal..