La rocambolesca historia del presidente de la comunidad de vecinos que cobra más que Yolanda Díaz

david53

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  • Una vecina de la exclusiva urbanización Torre Bermeja (Estepona) le ha denunciado
Una vecina de la exclusiva urbanización Torre Bermeja, ubicada en la Milla de Oro de Estepona (Málaga), ha denunciado ante el juez al presidente de la comunidad de propietarios por asignarse un sueldo con cargo a los presupuestos comunitarios de 86.700 euros y por exonerarse de pagar las cuotas de comunidad, que ascienden a una media de 6.000 euros anuales. La paga de este presidente es mayor que el salario base de la vicepresidenta segunda del Gobierno, Yolanda Díaz, que asciende a 84.600 euros.

Ambas decisiones fueron aprobadas en la junta de propietarios el pasado 29 de junio. Al encuentro sólo asistieron presencialmente 20 de los 109 comuneros de la urbanización, la mayoría de ellos son extranjeros, y otros 40 delegaron su voto en el presidente. "Muchos vecinos no residen allí y desconocen el día a día de lo que ocurre en la comunidad", explica a este periódico David Valadez, abogado que representa a la denunciante. En esa junta también se aprobó una partida presupuestaria de 17.500 euros anuales para un administrador y 45.000 euros anuales para dos administrativos.

En cuanto al estratosférico sueldo del presidente de la comunidad, el letrado entiende que el acuerdo es nulo porque "infringe los estatus comunitarios" que determinan claramente que el cargo de presidente es gratuito. La Ley de Propiedad sí que contempla alguna gratificación puntual, pero nunca un sueldo.


"Se pretende enmascarar la atribución de un elevadísimo sueldo al presidente bajo la denominación de Administración Gerente de la Urbanización. Una figura que no viene contemplada en los estatutos y cuya creación jamás ha sido aprobada por la comunidad de propietarios", explica David Valadez. Pero la cosa no queda aquí, el presidente de la comunidad tenía fijada una asignación de 84.000 euros anuales en 2023, pero reclamó actualizarla al IPC. "Todo esto es kafkiano", denuncia el letrado.

En cuanto a la exención del pago de las cuotas de comunidad, Valadez argumenta que también es contrario a los estatutos comunitarios. En concreto, en el artículo 16 se indica expresamente que cada propietario debe "contribuir, con arreglo a la cuota establecida, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble". En ningún apartado "se establece la posibilidad de que pueda determinarse una exención de las cuotas a ningún comunero", concluye.

 
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