Vender "Hot Dogs"

Cuak Cuak

Pato foril
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27 Mar 2010
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Siempre que veo en las calles de EEUU los carritos de hot dogs me pregunto por qué este tipo de negocio no se ha implantado en España...

33.jpg


Un puesto de perritos calientes en una plaza o calle transitada sería una máquina de ingresar dinero. De eso no me cabe duda... Tenemos el cine americano haciendo publicidad de este tipo de negocio desde hace décadas. Por menos de 3000 euros te puedes hacer con uno de estos carritos:

Hotdogcarts.com FAST SHIPPING, LOW PRICES, FINANCIAL INDEPENDENCE, CALL 1-877-507-5789

¿Por qué en España no se han implantado estos negocios? Dudo que sea porque a nadie se le haya ocurrido, porque cuando vas por Nueva York una de las primeras cosas que se te ocurre es eso...

¿Es cosa de nuestro Ministerio de Sanidad?

¿Alguien sabe algo?
 
Me imagino que a los cinco minutos estás en el calabozo si te pillan con eso en una calle transitada. Imagino que sólo lo puedes hacer en mercadillos o cosas así, o en algunos sitios específicos según el ayuntamiento de turno. Me extraña que no esté todo lleno de carritos ambulantes de comida.
Salu2.
 
Esos puestos son bastante comunes en Holanda. Y aquí en UK lo que se llevan son kebaps, crepes y heladitos. También me he preguntado alguna vez por qué en España no son tan populares, pero supongo que habrá alguna ley al respecto (bien sanitaria, bien de venta ambulante).

De todas maneras, no sé si me fiaría en España. Aquí todos los restaurantes y puestos ambulantes tienen un rating de calidad visible, y aunque el puesto de kebaps que tengo al lado de casa tiene el máximo (más que cualquiera de los restaurantes normales que hay en el pueblo)... Me sigue dando mal rollo comprar ahí :p

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Imagino que si eres amigo del concejal de urbanismo y estas dispuesto a soltarle una buena ración de perritos no tendrás problemas. Si lo que quieres es montar un negocio sin que una parte vaya a la comision local del partido politico de turno entonces habrá mil leyes municipales que prohiben la venta ambulante...
 
Yo el otro día vi uno que habían puesto dentro de un carrefour cerca de la sección de comestibles,
(que es como si fuera una calle transitada:rolleye:) y la gente se los llevaban de dos en dos.

Yo antes si veía a gente con sus carritos de helados o de pipas y golosinas, pero si ahora solo se ven en las ferias es porque esta prohibido.

De mientras los chinos vendiendo bocadillos que esconden en las papeleras....
 
yo creo que es por falta de iniciativa ....puede que te pidan muchas licencias pero tiene que poderse...

puede que te pidan tanta pasta como para un restaurante corriente y no compense...
 
Esa idea la barajé hace años pero para las madrugadas en las zonas de marcha de Madrid...

En Huertas, Bilbao, Malasaña, Arguelles, etc desde la madrugada del jueves al sábado debe dar para vivir muy holgadamente...

Además es un negocio que daba pasta:

En los seven eleven los tenían -trabajé en uno- y el coste del panecillo y la salchicha no llegaba a las 10 calas, y se vendían a casi 200 junto con un refresco de grifo en 1992...

Así que incidían mucho en su venta, logícamente...

El único problema es la infraestructura necesaria -luz- porque vas a estar en la calle y los permisos que te deben proporcionar, porque la inversión inicial incluso sin tener un duro sería abordable...

Empiezas en una zona currando tú y luego vas ampliando el negocio a otras creando empleo y todo, jejeje y dejando de currar que es lo que interesa a la larga y a la corta...

El único handicap que le encuentro es el mal tiempo -frio, lluvia- que lo debe hacer muy duro aunque rentable...
 
Esa idea la barajé hace años pero para las madrugadas en las zonas de marcha de Madrid...

En Huertas, Bilbao, Malasaña, Arguelles, etc desde la madrugada del jueves al sábado debe dar para vivir muy holgadamente...

Además es un negocio que daba pasta:

En los seven eleven los tenían -trabajé en uno- y el coste del panecillo y la salchicha no llegaba a las 10 calas, y se vendían a casi 200 junto con un refresco de grifo en 1992...

Así que incidían mucho en su venta, logícamente...

El único problema es la infraestructura necesaria -luz- porque vas a estar en la calle y los permisos que te deben proporcionar, porque la inversión inicial incluso sin tener un duro sería abordable...

Empiezas en una zona currando tú y luego vas ampliando el negocio a otras creando empleo y todo, jejeje y dejando de currar que es lo que interesa a la larga y a la corta...

El único handicap que le encuentro es el mal tiempo -frio, lluvia- que lo debe hacer muy duro aunque rentable...


Pues fijate tu, que ese ha sido uno de los proyectos que he acariciado durante tantisimi tiempo.

Lastimosamente, aquí practicamente te piden permiso casi hasta para respirar.

En USA ¿ como se proveen de electricidad ? digo los carritos. :D
 
En Málaga hay puestos de estos, pero de patatas rellenas.

Tal vez tenga que ver también con costumbres sociales, es decir, la gente por la calle se come un donut o un helado, pero lo de comerte una salchicha llena de salsas, cebolla pochada y grasas goteando al tiempo que andas no les debe hacer gracia.
 
Pues para instalarlo en cualquiera de las zonas de botellón que tanto abundan hoy en día, igual no era mala idea. :pienso:
 
Pillo sitio..
El año pasado estuve barajando esta idea para implantar una furgoneta-cocina,para vender comida y bebidas en la zona del campus de la facultad.
 
El que quiera puede ponerse a ello. En mi zona al menos no funcionan salvo en concentraciones especiales (rallys, fiestas, conciertos, etc.) Se trata de que haya suficiente clientela y poca competencia. Suelen ser puestos de hamburguesas y perritos montados en una autocaravana (no habeis visto 'la camioneta').

Imagino que en Manhattan el metro cuadrado saldrá por tal pico que, para el volumen de gente que mueven, apenas habrá oferta gastronómica de ese tipo. Pero aquí hay hamburgueserías, cervecerías, cafeterías, y chiringuitos varios en cada esquina. Y las normativas municipales no te suelen permitir poner el chiringuito delante de un establecimiento del ramo.


Para Madrid (cancelado de otro foro):

1º Solicitud de inscripción en el Registro General de comerciantes ambulantes de Madrid
- Se presentará la solicitud de inscripción, en impreso oficial, y la documentación correspondiente en:

Dirección General de Comercio
Servicio de Promoción y Ordenación del Comercio
Tfno: 91 580 22 94 / 09
C/ Príncipe de Vergara, nº 132, 3ª planta
28002 MADRID

La inscripción en el Registro tendrá carácter obligatorio para ejercer la actividad comercial de venta ambulante, para optar por las subvenciones que se convoquen por <st1:personName w:st="on" ProductID="la Dirección General">la Dirección General</st1:personName> de Comercio y Consumo y para solicitar la correspondiente autorización comercial.

2º Recogida del carnet profesional de comerciate ambulante
- Realizada la inscripción, "la Dirección General">la Dirección General de Comercio y Consumo expedirá un Carné Profesional de Comerciante Ambulante. El Carné Profesional tendrá una vigencia de cuatro años durante la cual podrá solicitarse la autorización municipal correspondiente.

3º Solicitud de autorización municipal para el ejercicio de la Venta Ambulante
A continuación se especifica la documentación necesaria, plazos y requisitos previos para los municipios de Madrid y Getafe. Para el resto de municipios, deberá consultar con el ayuntamiento correspondiente, ya que pueden existir diferencias con la información aquí recogida.
En "la Guíade direcciones físicas y web de todos los ayuntamientos de la Comunidad">la Comunidad de Madrid.

Documentación
Solicitud de autorización municipal en la que se haga constar:
- Nombre y apellidos del solicitante o denominación social si es persona jurídica.
- N.I.F/C.I.F., D.N.I. o pasaporte o tarjeta de residencia para ciudadanos comunitarios o permiso de residencia y trabajo para no comunitarios.
- Domicilio.
- Descripción precisa de los artículos que pretende vender.
- Descripción detallada de las instalaciones o sistemas de venta.
- Nº de metros que precisa ocupar.
- Declaración jurada de no haber sido sancionado por comisión de falta muy grave en el ejercicio de su actividad en los dos años anteriores.
- Modalidad del comercio ambulante para la que se solicita la autorización.
- Documentos acreditativos de la identidad del solicitante.
- Certificado de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social

- Copias de los contratos de trabajo que acrediten la relación laboral de las personas que vayan a desarrollar la actividad en nombre del titular, sea éste persona física o jurídica.
- En la caso de venta de productos alimenticios, estar en posesión del Carné de Manipulador.
- Documentación acreditativa de la suscripción de seguro de responsabilidad civil, que cubra cualquier clase de riesgo derivado del ejercicio de la actividad comercial. Si bien dicha suscripción no tendrá carácter obligatorio, se considerará como un criterio preferente a la hora de autorizar los puestos.
- Fotocopia del Carné Profesional de Comerciante Ambulante o certificado de la solicitud de inscripción en el Registro.
- Copia del alta correspondiente en el epígrafe fiscal del I.A.E. y del último recibo pagado de este impuesto, caso de disponer de los mismos en la fecha de la solicitud.
- Declaración jurada de no haber sido sancionado por comisión de falta muy grave en el ejercicio de su actividad en los dos años anteriores.

Nota: Todas las copias de los documentos se acompañarán de sus respectivos originales, para su cotejo y compulsa.eación de Empresas de IMADE 2.006, aparece el listado con teléfonos

Plazos
El plazo para la presentación de las solicitudes de autorización municipal comenzará el 1 de noviembre y terminará el 31 de enero de cada año.

Las autorizaciones tendrán una duración de un año natural prorrogable por idénticos períodos, salvo denuncia expresa de alguna de las partes o modificación de cualquiera de las circunstancias que motivaron la autorización. Tiempo medio No disponible.

Requisitos previos
- N.I.F Provisional.
- Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas.
- Declaración de inicio de actividad.
- Inscripción de la Empresa en la Seguridad Social.

- Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
- Comunicación de Altas de los Trabajadores.
- Escritura de constitución de la Sociedad inscrita en el Registro Mercantil.
- Escritura de constitución de la Sociedad inscrita en el Registro de Cooperativas.
- Autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, por los conceptos de transmisiones patrimoniales onerosas y operaciones societarias.
- Sellado de contratos de trabajo.
- Carné de Manipulador de Alimentos.
- Fotocopia del Carné Profesional de Comerciante Ambulante o certificado de la solicitud de inscripción en el Registro de Comerciantes Ambulantes



4º Comuicación de apertura de centros de trabajo

Organismo: CONSEJERIA DE TRABAJO
Sección: Dirección General de Trabajo\Servicio de Relaciones Laborales

Tramitación
1º Presentación del Impreso de Comunicación de Apertura de Centros de Trabajo en el Servicio de Relaciones Laborales.
2º Se entregará al interesado en el mismo momento uno de los cuatro ejemplares fechado y firmado.

Documentación:- Impreso oficial de Comunicación de Apertura de Centro de Trabajo
Plazos: Dentro de los 30 DÍAS SIGUIENTES a la fecha de inicio de la actividad (artículo 2º de la Orden de 6 de mayo de 1988).
Tiempo medio: Es inmediato.
Requisitos previos: Alta en la Seguridad Social.
 
pero para surtir a los de huertas no necesitas ni carrito ...te preparas una nevera portatil o una mochila grande y si no vives muy lejos los llevas y los vendes...china style...

te pintas dos rayas en los ojos y pronuncias las rs como eles y mandarin de shangai tu...
 
Última edición:
Hace un tiempo que ya no me paso por allá arriba, pero cuando vivía allí lo normal eran los fish and chips de toda la vida, como cambian las cosas :ouch::ouch::ouch:

Fish & chips hay en cada esquina, 50-50 con kebaps más o menos. Pero aún no he visto ninguno ambulante, la verdad. No sé si irá por zonas la cosa...

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