Vale. Pues cuéntale cómo.
Si va por ley anterior, al vencer los 8 años se hace un nuevo contrato (si interesa) y es como si saliese por primera vez al mercado la vivienda.
No tiene porqué tener en consideración ni el precio anterior ni nada en particular , como si pide 1200 euros o 300, lo que le parezca. Si quiere seguir con los mismos inquilinos el actualizar conforme al ipc sería lo cortés, pero no es obligatorio. En ese caso sería la segunda opción que dice el Op.