esforzado
Madmaxista
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el derecho de admisión es la facultad de excluir puntualmente a un individuo concreto del local abierto al público que regentas...
no puedes ampararte en él para excluir a un colectivo... no entra por derecho de admisión si en tu bar no quieres veganos, o catalanes, o gaies, o jovenlandeses...
además, como la carga de la prueba está invertida en asuntos de discriminación, si echas a un iluso de tu bar por estar siempre liándola, y él afirma que le echas por ser lgtb, es a ti a quien toca demostrar que tenías un motivo válido para aplicar el derecho de admisión...
resumen: el derecho de admisión no es lo que tú piensas...