No es así. La libertad o la prisión provisional no se acuerdan ni por la pasta, ni por falta de convencimiento de lo que se ha sentenciado en primera instancia. Porque, además, la decisión la toma ese mismo órgano que dictó la sentencia.
Uno de los criterios para acordar la prisión provisional es la duración de la posible pena que pueda imponerse al acusado. Los 5 años de prisión son una cifra (orientativa) a partir de la cual se considera que hay mayor riesgo de sustraerse de la acción de la justicia. A Alves le pedían 8 o 9 años, si no recuerdo mal, por lo que el riesgo era alto, y se unían otros factores.
Ahora ya hay una sentencia que condena a 4 años y medio, con lo que está por debajo de aquel listón.
Se le une la circunstancia de que la ley no permite que la prisión provisional se mantenga más allá de la mitad de una condena no firme, a la espera de resolución de sus recursos, con lo que por huevones lo tendrían que soltar a los 2 años y 3 meses (es decir, como ya ha cumplido 14 meses, dentro de otros 13). Es poco probable que alguien que va a salir sí o sí en 13 meses se fugue si lo sueltan antes. Es menos probable a que lo haga alguien a quien se piden 9 años, por eso el riesgo era muy superior al principio del proceso que ahora.
Naturalmente sigue habiendo riesgo de fuga, no deja de ser un extranjero de un país con difícil extradición y alta capacidad económica, por eso uno de los magistrados estaba en contra de la decisión. Pero la prisión provisional no es un castigo por adelantado, tiene que adoptarse restrictivamente.
A un Pepe Pérez en circunstancias similares, condena no firme de 4 años y medio, 1 año y pico cumplido, sin antecedentes y con arraigo en España, probablemente lo pondrían en libertad con una fianza de cuatro duros.